recordáis si era obligatorio presentarse al oral en el caso de aprobar la primera parte?
conocéis a alguien que aprobando la primera parte, no se presentara y no le hayan excluido de la bolsa?
muchas gracias
No me presenté a las oposiciones del año pasado, pero hasta donde yo sé es como dices.
De todas formas, mira la convocatoria, ahí tiene que venir indicado.
Yo me presenté, la verdad no te puedo asegurar que era obligatorio, pero si te puedo decir que una amiga fue, y cuando le tocó les dijo que no iba a hacerlo porque ni se lo había mirado. No le pasó nada, sigue de interina. Al menos hizo acto de presencia.
Yo creo que lo mejor es presentarse y decir eso, que no lo vas a hacer porque no te lo has preparado. Te ponen un cero y listo. Mejor eso que arriesgarse a no presentarse.
: sisi_1983 02 July, 2015, 18:39:02 +02:00
recordáis si era obligatorio presentarse al oral en el caso de aprobar la primera parte?
conocéis a alguien que aprobando la primera parte, no se presentara y no le hayan excluido de la bolsa?
muchas gracias
Un compañero aprobó el tema+prácticas pero no se presentó al oral porque no se lo había preparado (sin comentarios). Este año ha trabajado con vacante.
: sisi_1983 02 July, 2015, 18:39:02 +02:00
recordáis si era obligatorio presentarse al oral en el caso de aprobar la primera parte?
conocéis a alguien que aprobando la primera parte, no se presentara y no le hayan excluido de la bolsa?
muchas gracias
Pero si el 2do examen (el oral) es mas faciñ que el 1° ¿no?
muchas gracias potnia, entonces tu compañero no llegó ni a ir a las 8 para decir que no lo hacía no?
Creo que no, pero eso ya no te lo puedo asegurar...
Lee bien la convocatoria, pero ante la duda, lo mejor es presentarse a las 8 y después decir que no lo vas a hacer, si lo tienes tan claro.
Lo hemos comentado en otro hilo. Estaba yo equivocado, no viene en la convocatoria de oposiciones, sino en la orden que regula las bolsas de interinos.
: Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se
regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de
dicho personal.Dos.
El artículo 5 de la Orden de 8 de junio de 2011 queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 5. Permanencia en las bolsas de trabajo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, en la redacción
dada por el Decreto 311/2012, de 26 de junio, el personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer
en la misma tras la realización de un nuevo procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente,
si participa en dicho procedimiento realizando, al menos, la primera prueba del mismo.»
De todas formas, repitiendo lo que decía otro compañero en el hilo, ¿estás segura de querer guiarte por lo que digan un puñado de desconocidos en Internet? Yo tengo que suponer que lo que te he copiado es la información correcta, pero no sé si hay algo más que no he visto o se tienen en cuenta otros condicionantes.
Yo haría lo que dice Estela1, me presentaría y diría que no lo hago. En otras circunstancias te diría que lo intentases, pero vistas las plazas...
muchas gracias. es mi marido el que se presenta y al final ha asistido a recoger el justificante de haberse presentado. no confiamos mucho en la consejeria. lo mejor era ir para no arriesgarse dadas las circunstancias..