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Servicios para los profesionales de la docencia: intercambios, permutas, alquileres.... => INTERCAMBIOS Y PERMUTAS => : MontseGR 09 August, 2015, 12:23:12 +02:00

: Renuncar al destino asignado
: MontseGR 09 August, 2015, 12:23:12 +02:00
Hola, alguien sabe qué pasa si se renuncia al destino asignado a través del anexo II?

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/destinos_provisionales/Destinos_provisionales_15_16/res06075015/1438847090302_anexo_ii_renuncia_destino_adjudicado.pdf (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/destinos_provisionales/Destinos_provisionales_15_16/res06075015/1438847090302_anexo_ii_renuncia_destino_adjudicado.pdf)

Es decir, te sacan de la bolsa y ya no te llaman más este curso?

¿Te dejan sin asignar hasta septiembre?

¿Te sacan de vacantes y te meten en sustituciones?

Gracias de antemano a cualquiera que lo sepa.
Un saludo
: Re:Renuncar al destino asignado
: fran5 09 August, 2015, 14:26:36 +02:00
Creo que no te llaman mas durante este próximo curso pero que slguien te informe mejor.

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: Re:Renuncar al destino asignado
: MontseGR 09 August, 2015, 19:51:42 +02:00
¿no creo no?
A ver, si renuncias por alguno de los motivos del articulo 14 de la orden de 8 de junio de 2011.

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/117/2 (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/117/2)

se supone que está justificada la renuncia.

Por lo que te deberian de poder llamar en septiembre.

O estoy equivocada.
Por ejemplo, el punto b del articulo pone lo siguiente

Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad, en el momento de la oferta.

No creo que por eso ya no te llamen más, no?
: Re:Renuncar al destino asignado
: MontseGR 09 August, 2015, 19:56:26 +02:00
Ya creo que encontré la respuesta.
Viene en la mísma orden en el siguiente artículo

Artículo 15. Efectos de las excepciones a las exclusiones de las bolsas.

1. Las personas a que se refiere el artículo 14 permanecerán en las bolsas de trabajo en la situación de no disponibles. Quienes se encuentren afectados por las situaciones recogidas en los párrafos a), b), c) y e) de dicho artículo no podrán obtener destino ni realizar sustituciones mientras persistan las circunstancias a que se refieren los mismos. En los demás supuestos de dicho artículo, no se podrá obtener destino ni realizar sustituciones durante el curso académico correspondiente.

Gracias.