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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : toroloco 30 October, 2015, 13:49:21 +01:00

: Sobre sexenios
: toroloco 30 October, 2015, 13:49:21 +01:00
Supongamos que una persona cumple los requisitos para un sexenio el día 02-06-2015. La ORDEN de 28 de marzo de 2005, por la que se regula la promoción retributiva de los funcionarios y funcionarias docentes de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, y se determinan los requisitos que deben cumplir las actividades y su valoración,  (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2005/77/2) dice, en su apartado 3: 1. Los efectos económicos y administrativos correspondientes a la consolidación de cada estadio o sexenio, y la promoción al siguiente, se producirán una vez que el funcionario o

funcionaria docente cumpla los siguientes requisitos:

a) Estar en situación de servicio activo.

b) Acreditar seis años de normal desarrollo de su actividad docente.

c) Acreditar 60 horas de participación en las actividades previstas en la presente Orden. Estas 60 horas deben haber sido realizadas entre el primer y el último día del período de seis años correspondientes al sexenio que se desea consolidar. En ningún caso el exceso de horas de actividades sobre las 60 realizadas en el período de seis años correspondiente a un sexenio determinado será computable para completar las 60 horas de actividades de otro sexenio.

Si el día 02-06-2015 ya cumple los requisitos para el abono del sexenio, ¿Por qué se abona desde el primero de mes siguiente a su cumplimiento (como los trienios)? Desde el 02-06-2015 hasta el 30-06-2015 se cumplen los requisitos, entonces por qué esos días no se paga el sexenio.......

Gracias
: Re:Sobre sexenios
: Makako 03 November, 2015, 16:26:25 +01:00
   Hola! Eso sucede con los trienios también. Supongo que con los sexenios ocurre lo mismo, teniendo en cuenta que no tienen carácter retroactivo. Un saludo.
: Re:Sobre sexenios
: toroloco 03 November, 2015, 17:15:23 +01:00
Pero la orden de 28-03-2005 dice que los efectos económicos se producirán una vez que el funcionario o funcionaria docente cumpla los requisitos, luego, desde el mismo momento en que estés en servicio activo, acredites 6 años de actividad docente y cumplas los requisitos formativos deberían de pagarte más ¿no?, no hay que esperar veinte ni catorce ni doce días para que te lo empiecen a reconocer económicamente.

Lo de que no tiene caracter retroactivo no lo encuentro por ningún lado.

Gracias
: Re:Sobre sexenios
: bessonova 03 November, 2015, 17:26:32 +01:00
Ahora entiendo por qué no me lo han pagado este mes, yo lo cumplí el 02/10/15 y esperaba empezar a cobrarlos en esta nómina, no sabía que se empezaban a pagar a partir del mes siguiente.
: Re:Sobre sexenios
: toroloco 03 November, 2015, 19:08:43 +01:00
: bessonova  03 November, 2015, 17:26:32 +01:00
Ahora entiendo por qué no me lo han pagado este mes, yo lo cumplí el 02/10/15 y esperaba empezar a cobrarlos en esta nómina, no sabía que se empezaban a pagar a partir del mes siguiente.
Por eso mi pregunta, desde el día 02/10/15 hasta el 31/10/15 cumplías los requisitos y los efectoss económicos según la orden son desde ese día, lo más lógico es que te hubiesen pagado más durante ese intervalo de tiempo ¿no?.
: Re:Sobre sexenios
: Makako 09 November, 2015, 12:39:18 +01:00
   Hola.

   Claro, eso es lo que diría la lógica, pero a mi me dijeron cuando cobré el segundo trienio que de eso nada, que yo empezaría a cobrar desde el día uno del mes siguiente. A mi me parece ilógico, pero la chica que me atendió al teléfono insistió.

    De todos modos, en el reconocimiento de mi primer trienio aparece por un lado una fecha de "Efectos administrativos" y otra de "Efectos económicos" y, efectivamente, la segunda es el día 1 del mes siguiente al de la primera.

     Un saludo.
: Re:Sobre sexenios
: Makako 09 November, 2015, 12:44:06 +01:00
...lo cual no quiere decir que me parezca justo ni que sepa en qué normativa aparece que haya de ser así, puesto que a mi también me parece que es agravio comparativo que una persona que cumple su sexenio un día 28 solamente pierda dos días de cobro de un sexenio, pero para quien lo cumpla el día 2, la pérdida es de 26 días del cobro de un sexenio en su sueldo.
: Re:Sobre sexenios
: majona 09 November, 2015, 12:46:15 +01:00
A mí me lo han pagado desde la fecha efectiva. Si lo pagan en el mes siguiente, es porque la nómina ya está preparada con antelación y no han tenido en cuenta ese concepto que "cambia".

Luego, la revisan y lo incluyen como atrasos en la nómina del mes posterior.

Al menos, así ha sido en mi caso.
: Re:Sobre sexenios
: toroloco 09 November, 2015, 17:54:44 +01:00
: majona  09 November, 2015, 12:46:15 +01:00
A mí me lo han pagado desde la fecha efectiva. [/quot]

¿Con fecha efectiva te refieres a la fecha de reconocimiento?
: Re:Sobre sexenios
: majona 10 November, 2015, 19:32:48 +01:00
: toroloco  09 November, 2015, 17:54:44 +01:00
: majona  09 November, 2015, 12:46:15 +01:00
A mí me lo han pagado desde la fecha efectiva. [/quot]

¿Con fecha efectiva te refieres a la fecha de reconocimiento?

Sí.
Mi fecha de reconocimiento es 01/08/2014 y la fecha de vencimiento también es la misma (tal como aparece en el Portal docente).
No lo cobré en la nómina de agosto, pero en la de septiembre, venía el concepto del mes en curso y también en la columna de atrasos haciendo referencia al mismo concepto desde el 01/08/2014 al 31/08/2014.

En todo caso, puntualizo que hablo de trienio ¿es diferente su trato, en cuanto a fechas, respecto del sexenio?
anaid3
: Re:Sobre sexenios
: toroloco 10 November, 2015, 19:51:28 +01:00
: majona  10 November, 2015, 19:32:48 +01:00
: toroloco  09 November, 2015, 17:54:44 +01:00
: majona  09 November, 2015, 12:46:15 +01:00
A mí me lo han pagado desde la fecha efectiva. [/quot]

¿Con fecha efectiva te refieres a la fecha de reconocimiento?

Sí.
Mi fecha de reconocimiento es 01/08/2014 y la fecha de vencimiento también es la misma (tal como aparece en el Portal docente).
No lo cobré en la nómina de agosto, pero en la de septiembre, venía el concepto del mes en curso y también en la columna de atrasos haciendo referencia al mismo concepto desde el 01/08/2014 al 31/08/2014.

En todo caso, puntualizo que hablo de trienio ¿es diferente su trato, en cuanto a fechas, respecto del sexenio?
anaid3

Gracias.

A efectos de consolidación tienen el mismo tratamiento.