Hola a todos. Hace unos días que ha nacido mi hijo. Ha sido por cesárea y mi mujer no está recuperada, ni siquiera le han quitado los puntos.
Como el bebé llora sin parar, sobre todo por la noche, he pensado pedir un par de meses sin sueldo para cuidarlos a los dos, pero no sé cómo podría hacerlo, qué tipo de permiso tendría que pedir y cuándo tendría que notificarlo, si tengo que esperar...
El problema es que mi baja por paternidad acaba el lunes 2 (el 3 vuelvo al trabajo), y quisiera estar el máximo de tiempo con mi familia. No sé si este tipo de permisos tienes que pedirlos con mucha antelación o no.
Agradezco cualquier tipo de ayuda que me podáis brindar.
Yo me he pedido otras veces permisos sin retribución y se piden con 15 días de antelación. Hablalo con el Centro o con delegación pero supongo que alguna solución te darán.
O sea, que en principio no debería haber problemas en que me den el permiso, ¿no?
Intentaré que no tarden en dármelo, justificando que la madre sin tiene los puntos, o que el bebé tiene cólico del lactante.
Gracias por tu respuesta, Corichi
Hola.
Yo también me pedí dos meses sin sueldo después de finalizar mi baja maternal. Los solicité con 15 días de antelación.
No me pusieron ningún problema.
Cuando lo vayas a solicitar justifica bien tu caso exponiendo los problemas que tenéis.
Suerte y enhorabuena.
Gracia, cinerea, voy a hacerlo como dices. Como es situación sobrevenida, que no he podido prever, voy a intentar que tenga efecto inmediato. En cuanto sepa algo lo comento por si es de ayuda para alguien más.
Un saludo.
La baja por maternidad lo puede pedir tambien el padre, informate de ese punto.
Efectivamente, si tu mujer no trabaja, te puedes pedir el tiempo de baja por maternidad que le corresponde, o la podéis compartir. También puedes pedirte tú el mes de lactancia, que lo puedes acumular a los 15 días de paternidad.
Mi mujer es maestra, así que la baja por lactancia la ha cogido ella.
Finalmente esta mañana he estado en la Delegación y he pedido el permiso sin retribución por asuntos personales. Me quedaré sin sueldo unas semanas, pero así me quedo más tranquilo de que puedo cuidar a ambos.
Gracias a todos corazonpan corazonpan
Hola compañeros/as; esto que comentais es de aplicación también para interinos? Puede valer para cuidar a familiares mayores. Gracias.
Mirate la Circular sobre permisos
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/circ05052014/1423591024247_circular_actualizada_10_febrero_2015.pdf (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/circ05052014/1423591024247_circular_actualizada_10_febrero_2015.pdf)
Gracias, parece que si. Para que le sirva al resto y se ahorre leerlo, los unicos que no se pueden beneficiar de medias jornadas son los interinos sustitutos.