ForoUSTEA de maestros/as y profesores/as que les gusta la educación

Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : Gorbi 04 November, 2015, 17:45:32 +01:00

: denuncia de horarios y visita de inspección
: Gorbi 04 November, 2015, 17:45:32 +01:00
Hola,

Resulta que en mi centro, algunos compañeros hemos denunciado los horarios y vamos a recibir visita de inspección.

Si esto mismo ha ocurrido en alguno de vuestros centros me gustaría saber vuestras experiencias.

Gracias  anaidpreocupados
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 04 November, 2015, 18:43:08 +01:00
: Gorbi  04 November, 2015, 17:45:32 +01:00Si esto mismo ha ocurrido en alguno de vuestros centros me gustaría saber vuestras experiencias.

Hola, Gorbi. En mi centro, que yo sepa, sólo lo he reclamado yo. Mañana a las 12:00, recibo al inspector, así que mañana mismo por la tarde puedo contarte con qué talante vino y qué me ha contado: así ya vais sobreaviso. Lo que es evidente es que si pretenden reunirse con los reclamantes en vez de rechazar por escrito la reclamación es porque saben que no pueden rechazarla de ninguna forma: los horarios no se ajustan a la orden del 20 de agosto de 2010 y son conscientes de ello. En mi caso, la trapacería consistió en quitar dos de las tres horas de tutoría que el artículo 9.3 dice expresamente que deben incluirse en el horario regular para el desempeño de las labores del tutor de postobligatoria. Además, me preocupé yo mismo de cumplimentar mi propio horario en Séneca, con lo cual no se puede argüir un olvido o equivocación: el horario que rellené yo tenía 27 horas de horario regular y le hicieron desaparecer 2.

Lo dicho, ya te cuento mañana.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Gorbi 04 November, 2015, 19:26:51 +01:00
Gracias, yo también os contaré
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: aire 04 November, 2015, 22:15:52 +01:00
pues yo lo he denunciado, pero de momento no sé nada...
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Tutor 05 November, 2015, 00:05:23 +01:00
La cosa se pone muy interesante. A ver qué te dicen en la reunión, si estáis sindicatos no estaría de más que hubiera un representante sindical en la reunión.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 05 November, 2015, 09:50:26 +01:00
: Tutor  05 November, 2015, 00:05:23 +01:00
La cosa se pone muy interesante. A ver qué te dicen en la reunión, si estáis sindicatos no estaría de más que hubiera un representante sindical en la reunión.

No, no estoy sindicado. No obstante, estoy tranquilo: la sartén la tengo yo por el mango, porque no soy el que está incumpliendo la ley a sabiendas (lo cual tiene un nombre muy feo). Y, como además me he leído concienzudamente la orden autonómica, la nacional y el real decreto-ley de Rajoy, sé perfectamente lo que se ajusta a ley y lo que no. Además, no pienso cerrarme en banda: estoy dispuesto a asumir esas dos horas de más, siempre que en mi horario quede reflejado el hecho (y la irregularidad) y, por tanto, se registren 27 horas y quede constancia de que la enmienda del artículo 13.2 por parte de la Junta, no sirve para nada. Por tanto, para el año que viene la normativa debe estar ya corregida.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 05 November, 2015, 15:39:38 +01:00
Pues ya tengo noticias y son bastante buenas.

La descripción corta de la reunión es que me da la razón inspección y me retiran dos horas de guardia para que se pueda cumplir la orden de 20 de agosto, y además por lo que me ha parecido entender, se le retirarán a todos los tutores (todos están en mi misma situación) y, si no hay posibilidad, de cubrir las guardias (el ratio 1 profesor cada 8 horas de guardia), las dirección deberá remitir un escrito a la inspección educativa haciendo constar el hecho para que se remedie. Ahora bien, no he podido hablar con mi director para confirmar que todo esto será así y no son milongas del inspector para camelarme.. Mañana le preguntaré,

La descripción larga es algo más complicada. Según me djio mi director antes de la reunión el inspector de zona y el jefe de inspección estaban que se los llevaban los diablos por cómo había redactado el escrito. No por la argumentación, que estaba bien fundamentada, sino por la mala baba con la que acabé esponiendo las razones de la reclamación. Para que juzguéis eran estas (no copio la fundamentación legal):

g) Que en virtud de lo expuesto en los puntos e) y f), mi horario personal puede componerse únicamente haciendo constar más de 26 horas en el horario regular, y que, en consecuencia, yo mismo rellené mi horario reflejando 27 (aun contraviniendo el enmendado artículo 13.2 de la orden de 20 de agosto, que fija el horario regular en un máximo de 25 horas), con el propósito de que mi asignación de horas se corrigiese, de modo que pudiera ajustarse a derecho.
h) Que tal contratiempo se comunicó verbalmente al equipo de dirección.
i) Que la dirección del centro se limitó, a modo de trampantojo, a hacer desaparecer del horario dos horas de tutoría (las dedicadas a las labores administrativas y a la atención personalizada del alumno y de su familia), a fin de que a vista del ojo distraído o perezoso parezca conforme a ley el disputado horario.
j)  Que supervisado el renco horario por la perspicacísima inspección, se dio por buena la industria; y se devolvió el horario tan mutilado como se remitió.
Por cuyas justísimas e impepinables razones
SOLICITO:

Que tras la consideración de este escrito, se le conmine a la dirección del centro a restituir las distraídas dos horas de tutoría y se recomponga el resto a fin de que se me asigne un horario personal ajustado a derecho.

El caso es que en la reunión el inspector me manifestó que la reclamación era justa y debía aceptarse, pero que las formas le rusultaban absolutamente i
napropiadas. Le he argüido que yo he trabajado en el sector privado (ingeniería) antes de ser profesor y que uno de los cánceres de nuestro sistema labo
ral es firmar 40 horas y que le hagan al trabajador cumplir 60, como sufrí; y que, sabiendo esto y que la Administración está para atajar estas trapacerías y no para practicarlas, el hecho de que estuvieran intentado que trabajara 27 y firmara 25 me parecía de todo punto intolerable. Que, además, había
entendido, quizás equivocadamente, que esto lo estaba amparando y no combatiendo la inspección; y que esa era la causa de que me hubiera dirigido a ello
s como me dirigí. Me ha desmentido que esas hayan sido jamás las intenciones de la inspección; y yo, que no me lo creo, he fingido creérmelo, viendo que
parecía mejor ser crédulo esta vez. En consecuencia, me he disculpado personalmente por haber dudado de las rectas intenciones de la inspección; y le h
e prometido que redactaré un escrito de desagravio para dejar por escrito lo que le decía en persona. Me ha parecido esto más conveniente que mostrar cerrazón y dudar de su palabra. Si además las cosas, acaban como parece, con más motivo.

De todos modos, mañana hablaré con mi director. Si lo que me ha dicho a mí, no se corresponde con lo que le ha dicho a él, entonces en vez de mandar el
escrito, pediré volver a hablar con él por teléfono o en persona.

Y eso es todo.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: mmarfc 05 November, 2015, 17:06:36 +01:00
Ole por ti. Espero q el equipo directivo te apoye y no crea, como el mio, q es algo personal contra ellos

Enviado desde mi SM-G920F mediante Tapatalk

: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Gorbi 05 November, 2015, 17:49:27 +01:00
Felicidades.

Al final no han venido a mi centro.

Os diré algo en cuanto tenga novedades
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 05 November, 2015, 18:21:17 +01:00
: mmarfc  05 November, 2015, 17:06:36 +01:00
Ole por ti. Espero q el equipo directivo te apoye y no crea, como el mio, q es algo personal contra ellos

El director, la primera vez que hablé con él sobre el asunto, me descolocó un poco, porque me repetió las mismas absurdeces que le dirían previamente en algunas reuniones de inspectores y directores. Sin embargo, debió de pensárselo mejor y el resto de veces que hemos hablado se ha mostrado de acuerdo. De hecho, cuando puse la reclamación, me pareció cortés dársela primero a leer, lo hizo y me criticó el tono final con que acababa; pero le argumenté por qué era ese y no otro. No creo, pues, que vaya a tener ningún problema con ellos ni que piensen que lo hago con ánimos de ponerles en problemas.

Otra cosa que debería decir es que también me ha sorprendido gratamente el talante del inspector. Con independencia de cómo haya actuado hasta ahora (yo sólo puedo conjeturar cómo lo ha hecho y no lo sé fehacientemente), me ha dado la razón en todo lo que decía e incluso ha criticado el modo en que la Administración ha llevado esto: desde la forma de colarlo de tapadillo en la disposición final sobre una orden referente a profesores de religión hasta la ejecución final, que ha resultado en una orden fallida. Incluso me ha permitido criticarle la nula comunicación directa que hay entre la inspección y los claustros. De hecho, yo he achacado el tono de mi reclamación a no haber recabado de él mismo la información y haberme basado en conjeturas. Por eso me ha parecido cortés hacerle oír lo que quería escuchar, y decirle que con sumo gusto escribiría en esta ocasión otro escrito disculpando el haber pensado que la inspección amparaba cualquier acción contraria a la ley.

Me permito responderte aquí lo que me pregustas por privado, por si a alguien también le satisface la duda:

Buenas. La reclamación sobre horarios fue solo tuya o a nivel de claustro?

Fue mía y sobre mi horario, exclusivamente. De hecho, ha sido la única que hubo en mi centro. Imagino que la orientadora también habría reclamado, si hubiera estado en mi situación; pero su horario, en principio, no era reclamable.

Ahora bien, si a un tutor le quita dos horas, se la tiene que quitar a todos; más si no lo hace a regañadientes, sino porque es su deber cumplir y hacer cumplir la ley, que fue, esto último, lo que textualmente lo que me dijo. De ahí, que mañana quiera confirmar con el director que va a quitar las horas de guardia a todos y preguntarle si, como a mí, le ha dicho el inspector que envíe un informe en caso de que no haya suficiente personal para cumplir las exigencias en la ratio de las guardias.

O habéis hecho las dos?

En esta historia, desgraciadamente, los que menos hemos estado a la altura hemos sido los profesores. La semana pasada hubo claustro ordinario para presentar las cuentas del ejercicio pasado y la orientadora me pidio que, pues ella no podía asistir, informara a todos los profesores de que dejaba en el corcho de la sala de profesores una solicitud para instar a la Consejería a modificar la fallida normativa en el sentido de hacer lectivas las guardias. Creo que lo habían redactado en su sindicato, pero lo cierto es que no aparecía membrete ninguno y la petición me parecía pertinente (salvo un par de correcciones que admitió). Una semana después el papel sigue pinchado con tres firmas (de setenta y pico posibles), y dos ya te imaginas a quiénes pertenecen.

Yo reclamé y dirección me falseó igual q a ti el  horario a 25 h a costa de reunión de dpto de 15min y 45 min de tutoria administrativa.

Los 45 minutos de tutoría administrativa no se ajustan a la ley: es una hora según el artículo 9.2, si eres tutor de obligatoria, o 9.3, si eres tutor de postobligatoria. Sobre los 15 minutos de reunión de departamento, yo ya no estoy tan seguro de que sea contrario a la ley, más allá de que una reunión de 15 minutos sea, sencillamente, ridícula; y establecer tal duración más parezca más fraude que otra cosa. Sé que algunos sindicatos mentan la orden nacional para afirmar que debe durar una hora, pero es que el establecer la duración de una reunión de departamento puede ser considerado ordenación del centro y, por tanto, competencia autonómica exclusiva. O sea, que este último particular puede entrar dentro de un conflicto de competencias y, por tanto, sólo resoluble ante un tribunal competente.

Estoy planteando una reclamación nueva conjunta del claustro, puro la gente recula mucho. Yo voy a seguir. Aunque mi inspector creo q es mucho más irresponsable que el tuyo.

En cualquier caso, sigue. Por satisfacción gremial lo suyo es que no te vieras solo, pero en cualquier caso, sigue: es una cuestión de dignidad.

Enhorabuena por el resultado.

Ya me enteraré mañana fehacientemente. Saludos.

: Gorbi  05 November, 2015, 17:49:27 +01:00
Felicidades.

Al final no han venido a mi centro.

Os diré algo en cuanto tenga novedades

Las esperamos. El consejo que puedo darte, después de mi reunión de hoy, es que apliques el principio de reciprocidad y, si viene de buenas, vayas de buenas. En este caso, la razón la tienes tú: tú lo sabes y el inspector también, así que valete de ello; y, si se atiene a razones, en vez de cantarle las cuarenta, muéstrate receptivo.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: albay 05 November, 2015, 21:16:25 +01:00
sio2 tengo una pregunta ¿cuántas horas de guardia tenéis los tutores en ese centro? Es que no me salen las cuentas. ¿Podrías desglosar tu horario el que tenías al principio, el que te redujeron y el que te va a quedar finalmente? Muchas gracias.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 05 November, 2015, 21:33:52 +01:00
: albay  05 November, 2015, 21:16:25 +01:00sio2 tengo una pregunta ¿cuántas horas de guardia tenéis los tutores en ese centro? Es que no me salen las cuentas. ¿Podrías desglosar tu horario el que tenías al principio, el que te redujeron y el que te va a quedar finalmente? Muchas gracias.

Sí, por supuesto. En mi centro los tutores tenemos (teníamos) las mismas guardias que siempre: 3.

El desglose de mi horario real (sin cambalaches) de profesor-tutor de postobligatoria, y que yo registré en Séneca, era el siguiente

20 horas lectivas de docencia directa.
3 horas de tutoría (administrativa, de entrevistas con los padres y de atención personalizada a alumnos y a su familia)
1 hora de reunión de departamento.
3 horas de guardia.

Esto hace un total de 27 horas. Todos los tutores de mi centro están en esta misma situación, aunque el desglose varíe para los tutores de secundaria obligatoria (creo que tienen una hora lectiva menos y una hora de tutoría más).

En mi caso y, supongo que en el caso del resto, la trapacería consistíó en eliminar la tutoría administrativa y la de atención personalizada. Así se cuadraba el horario a 25 horas:

20 horas lectivas de docencia directa.
1 horas de tutoría de entrevistas con los padres.
1 hora de reunión de departamento.
3 horas de guardia.

El inspector me ha dicho que la única forma de que el horario cuadre a 25 y cumpla la orden del 20 de agosto de 2010 es que dejara de ser tutor (inviable a estas alturas) o que se me quitaran dos horas de guardia para poder asignarme las dos horas de tutoría que faltan. Por lo tanto, el horario resultante ha quedado así

20 horas de docencia directa.
3 horas de tutoría.
1 hora de departamento.
1 hora de guardia.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: albay 05 November, 2015, 21:39:48 +01:00
Muchísimas gracias.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Epsilon 06 November, 2015, 08:36:26 +01:00
Muchas gracias por la información, compañero.

¿En qué lugar está tu Centro?

Supongo que lo de hacer lo mismo con los horarios de todos los tutores, se aplicará a los de tu Centro, porque por aquí nadie nos ha dicho nada.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 06 November, 2015, 09:04:29 +01:00
: Epsilon  06 November, 2015, 08:36:26 +01:00
Muchas gracias por la información, compañero.

¿En qué lugar está tu Centro?

En la provincia de Jaén.

: Epsilon  06 November, 2015, 08:36:26 +01:00Supongo que lo de hacer lo mismo con los horarios de todos los tutores, se aplicará a los de tu Centro, porque por aquí nadie nos ha dicho nada.

Obviamente. Esta es la conclusión que yo extraje de mi conversación con el inspector (el director no estuvo presente en ella). No pude quedarme luego para preguntar qué instrucciones le había dado a él exactamente, pero hoy le preguntaré y os confirmaré o no mis conclusiones. Me interesa saber también si le mentó el remitirle el informe sobre la imposibilidad de cumplir el cupo de guardias.

Supongo que la táctica habrá sido:

a) La Consejería manda instrucciones a los centros de que no pongan a nadie más de 25 horas.
b) La inspección se pone de perfil; y, a lo más, habla de boquilla.
c) Las direcciones hacen cien mil cambalaches irregulares para cumplir lo que es imposible.
d) La inspección sigue de perfil y si cuela, cuela.
e) En cuanto hay reclamaciones, no tienen más remedio que ponerse muy dignos y deshacer los desaguisados.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 06 November, 2015, 12:37:58 +01:00
Ya he hablado con mi director: confirmado todo lo que me habían dicho a mí, esto es, que se quitan guardias a todos los profesores tutores, y se remite un informe en caso de que el personal disponible para guardias sea insuficiente.

O sea, que definitivamente sí son buenas noticias...

Bueno, en realidad, todo no son buenas: la semana que entra nos han puesto un claustro extraordinario para informar del hecho. :P
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: franxx 06 November, 2015, 16:03:13 +01:00
: sio2  06 November, 2015, 12:37:58 +01:00
Bueno, en realidad, todo no son buenas: la semana que entra nos han puesto un claustro extraordinario para informar del hecho. :P

Y seguramente volverá a generarse un horario nuevo con las nuevas condiciones...
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Gorbi 07 November, 2015, 18:53:49 +01:00
Al final no hemos recibido visita.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: superpedro666 09 November, 2015, 13:46:38 +01:00
En mi IES hay esta semana un claustro extraordinario para informar del problema q hay con las guardias, soy de un instituto de Cazorla

Enviado desde mi HUAWEI GRA-L09 mediante Tapatalk

: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Batnam 09 November, 2015, 16:03:52 +01:00
Yo pienso reclamar mi horario también, pero estoy esperando a tener el horario definitivo en mis manos.
Mañana tenemos claustro y hablaremos de este tema.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: manualvarez 09 November, 2015, 21:12:01 +01:00
Buenas tardes a todos.
Estoy decidido a reclamar mi horario. El año pasado también lo hice.
Hice dos escritos al director de mi centro, que tengo que decir que me contestó, para posteriormente enviar una reclamación al inspector del centro por correo certificado a la delegación de Málaga, pero obtuve la callada por respuesta por su parte, con lo que tuve que cumplir un horario ilegal durante todo el curso. Este año no quiero que me pase lo mismo, por lo que me gustaría que me dijérais, sio2 o Gorbi, cómo habéis tramitado la denuncia para que los inspectores vengan a hablar con vosotros y hacerlo yo de la misma manera.
Muchas gracias de antemano.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 09 November, 2015, 21:29:40 +01:00
: manualvarez  09 November, 2015, 21:12:01 +01:00Hice dos escritos al director de mi centro, que tengo que decir que me contestó, para posteriormente enviar una reclamación al inspector del centro por correo certificado a la delegación de Málaga, pero obtuve la callada por respuesta por su parte, con lo que tuve que cumplir un horario ilegal durante todo el curso. Este año no quiero que me pase lo mismo, por lo que me gustaría que me dijérais, sio2 o Gorbi, cómo habéis tramitado la denuncia para que los inspectores vengan a hablar con vosotros y hacerlo yo de la misma manera.

Pues sospecho, por lo que cuentas, que por el mismo procedimiento que tú (o muy parecido): yo envié un escrito con registro de salida del centro al servicio provincial de inspección. Eso sí, fundamenté muy detalladamente en qué basaba la reclamación y, cada vez que hacía una afirmación, indicaba en qué artículo de qué orden me basaba para hacerla. Y muy importante: absolutamente todos los argumentos se basaban en la normativa andaluza para no dar pie a conflictos de competencias y que me salieran por peteneras.

Si lo deseas, puedo enviarte por mensaje privado el texto de la reclamación, para que veas cómo redacté el escrito: dependiendo de cuál sea la irregularidad que han cometido contigo, los argumentos te servirán más o menos.

También nos puedes indicar tu horario y te podemos comentar lo que nos parece y en qué debes basarte para reclamar: yo, al menos, me he leído muy concienzudamente todas las órdenes y decretos al respecto.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Angiolillo 09 November, 2015, 22:41:54 +01:00
Guardo este hilo en favoritos porque puede ayudar a más de un docente en el futuro. Personas como tú son las que hacen falta en los claustros. Te felicito por tu lucha y agradezco que la compartas con nosotros.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: LGH 09 November, 2015, 23:37:56 +01:00
Hola:

Yo también tengo un problema con mi horario. No me habían contemplado hora tutoría administrativa (soy tutora) y para no sobrepasar las 25 horas el director (sin decirme nada) ha sustituido en mi horario en Séneca la hora de reunión de departamento por dicha hora.
Él dice que la hora de reunión de departamento no es obligatoria. ¿Alguien puede decirme en qué normativa está regulada? ¿O es cierto que no es obligatoria? Porque no la encuentro, pero en todos los centros existe, con lo que entiendo que debe estar recogida en algún sitio.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 10 November, 2015, 11:39:01 +01:00
: LGH  09 November, 2015, 23:37:56 +01:00
Yo también tengo un problema con mi horario. No me habían contemplado hora tutoría administrativa (soy tutora) y para no sobrepasar las 25 horas el director (sin decirme nada) ha sustituido en mi horario en Séneca la hora de reunión de departamento por dicha hora.

Yo, como tutor de postobligatoria y suponiendo una reunión de departamento semanal, me ponía en 27. Así que no me cuadra que tu desfase sea sólo de una hora. ¿Puedes desglosar cuál es la composición de tu horario? Es por si te han escamoteado algo más.

: LGH  09 November, 2015, 23:37:56 +01:00Él dice que la hora de reunión de departamento no es obligatoria. ¿Alguien puede decirme en qué normativa está regulada? ¿O es cierto que no es obligatoria?

La normativa es la orden de 20 de agosto de 2010 que puedes consultar aquí (http://juntadeandalucia.es/boja/2010/169/1), que complementa el decreto 327/2010 (http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/139/2) Básate en ellas para argumentar, porque de ese modo tus argumentos son incontestables.

Dicha normativa no establece ni la duración ni la regularidad de esas reuniones, argumento en que se basa tu director (y tu inspector) para decirte lo que te dice. Por lo tanto, teóricamente, podrían no celebrarse. Otra cosa es que eso sea lógico.

El artículo 8.2 de la orden de 20 de agosto dice textualmente esto:

La jefatura de estudios elaborará el plan de reuniones a lo largo del curso académico de cada uno de los órganos de coordinación docente existentes en el instituto. Dicho plan se realizará atendiendo a los criterios pedagógicos establecidos en el proyecto educativo y a las características del órgano de coordinación de que se trate. Sin perjuicio del plan de reuniones establecido, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los mismos.

Y es en ese artículo en el que se basa la administración para decir que no forman parte del horario regular, ya que el jefe de estudios puede determinar que se celebren cada 15 días o cada mes, por ejemplo. Sin embargo, esto no es cierto. Y no es cierto porque el artículo 12.4 afirma que las reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente (los departamentos lo son según el artículo 82.1 del decreto 327) deben formar parte del horario regular. Por tanto, si se incluyen en el plan de reuniones, tales reuniones de departamento deben ser semanales y con una duración que sí puede establecer el jefe de estudios.

El problema está en el segundo resaltado: pueden no celebrarse periódicamente y realizarse sólo reuniones extraordinarias (p.e. una inicial para el reparto y una final de balance o ante una reclamación de notas). Lo que sí que no pueden decirte es que el departamento se reúne cada cierto tiempo y que ese cierto tiempo no es cada semana.

Por cierto, que esto también es aplicable para las reuniones de equipo docente (que también son órganos de coordinación docente): si existe un plan de reuniones periódico, las reuniones deben ser semanales y formar parte del horario regular. Eso de que se reunan los equipos educativos cada mes, sin estar en el horario regular, no es legal.

Por último, la orden nacional de 29 de junio de 1994 dice que las reuniones son semanales de una hora de duración, pero creo que en este caso no es aplicable, porque es plausible pensar que la ordenación de los departamentos, forma parte de la ordenación de los centros educativos y eso es competencia exclusiva de la Comunidad (artículo 52 del Estatuto de Autonomía), así que lo que diga una normativa nacional al respecto no pinta nada. Es mi opinión, a menos que un tribunal competente argumento algo en sentido contrario.

En definitiva, que si te dicen que pasan las reuniones al horario irregular porque se van a celebrar con periodicidad no semanal, di que eso es ilegal, que lo es. En cambio, si te dicen que no hay plan de reuniones, entonces te lo tienes que comer con patatas.

Todo esto es mi opinión, por supuesto.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 10 November, 2015, 12:06:38 +01:00
Una aclaración sobre lo último que he afirmado. Reunión extraordinaria, es en principio. una reunión necesaria como consecuencia de una situación que no se preveía. Está, claro, que el reparto de horas o una reunión final de balance del departamento son reuniones ordinarias, no extraordinarias. Extraordinaria, en cambio, sería la reunión de un departamento como consecuencia de una reclamación de notas.

Desde este punto de vista, si el instituto prevé que las horas de departamento se repartan en reunión de departamento o que el jefe de departamento tenga que entregar una memoria, eso exige un plan de reuniones ordinarias y, por tanto, semanal.

Posiblemente escudarse en que en el instituto sólo hay reuniones extraordinarias de departamento para no incluirlas en el horario regular, sería un fraude de ley, pero claro, habría que litigar por ello.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: manualvarez 10 November, 2015, 16:38:23 +01:00
Buenas tardes a todos y muchas gracias por vuestros comentarios.

Os cuento un poco más qué ha sucedido en mi centro. En el claustro de entrega de horarios en septiembre el director de mi centro dijo que habían eliminado las tutorías de atención a alumnos a los tutores de bachillerato porque él nunca había visto que un alumno bajase a hablar con el tutor. Comentó además que se había consultado con el servicio de inspección y que le habían dado el visto bueno. Resulta que hace un par de semanas el inspector se dio una vuelta por el centro y revisó los horarios. Cuando vio que a los tutores le habían quitado esa hora le comentó que se la debía devolver, por lo que tendría que quitarle una hora de guardia. Como ahora no hay profesores de guardia suficientes por cada tramo horario a mí y a otros compañeros nos ha metido una guardia más. Así que ahora tengo 20 horas lectivas, 4,5 horas de guardia y 0,5 reuniones de departamento semanal.

Como tenemos 0,5 horas semanales de reunión de departamento a mis compañeros tutores les ha metido 1,5 horas de guardia, algo que yo creo que es ilegal también.

Es cierto que mi horario no entra en conflicto con la ley andaluza, porque creo que la Junta ha sido tan sibilina, que ha legislado de tal manera que quede tan abierto que los Directores puedan hacer lo que les de la gana con los horarios y así tapar la falta de profesorado en los centros. Pero el caso es que nuestra ley debe estar supeditada a una ley de orden superior y esa es la Orden de 29 de junio de 1994. Allí se establece la obligatoriedad de que el horario regular del profesorado sea de 25 horas, que debe haber una hora de reunión de departamento semanal y de una a tres guardias. Ésta es la Orden por la que la Junta ha tenido que modificar la Orden de 20 de agosto de 2010 y establecer como máximo 25 horas. El director de mi centro nos mandó por correo electrónico la ley del 94 y cuando le comenté que él mismo me había dado los argumentos me dice que esa ley no funciona en Andalucía, por cierto que era el mismo argumento cuando el año pasado le reclamé un horario de 27,5 horas semanales.

Yo voy a reclamar al inspector del centro y luego enviaré un recurso de alzada al Delegado de Educación. Si ellos creen que mi horario es legal les pediré que me lo den por escrito, porque con la Junta de Andalucía las palabras se las lleva el viento.

Por si os interesa os dejo un enlace para que os descarguéis un archivo donde USTEA explica cómo se tienen que elaborar los horarios. https://www.dropbox.com/s/nhpy4k1q28t6dap/ACLARACIONES_PARA_CUMPLIMENTAR_EL_HORARIO_REGULAR.pdf?dl=0 (https://www.dropbox.com/s/nhpy4k1q28t6dap/ACLARACIONES_PARA_CUMPLIMENTAR_EL_HORARIO_REGULAR.pdf?dl=0)

Muchas gracias a todos.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 10 November, 2015, 17:13:47 +01:00
: manualvarez  10 November, 2015, 16:38:23 +01:00Pero el caso es que nuestra ley debe estar supeditada a una ley de orden superior y esa es la Orden de 29 de junio de 1994. Allí se establece la obligatoriedad de que el horario regular del profesorado sea de 25 horas, que debe haber una hora de reunión de departamento semanal y de una a tres guardias. Ésta es la Orden por la que la Junta ha tenido que modificar la Orden de 20 de agosto de 2010 y establecer como máximo 25 horas.

Yo ya he hecho referencia a esa orden en mi comentario anterior. La orden andaluza no está supeditada completamente a esa orden y no lo está, porque hay algunos aspectos de la educación que son de competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma. Así que todo lo que pone la orden no es aplicable: algunas disposiciones lo serán, otras no, y otras podrá ser discutible. Cuando razones sobre el asunto y discutas, ten presente esto

Por ejemplo, es competencia compartida el desarrollo de los derechos y deberes del funcionario docente, de ahí que como en esa orden pone que nuestro horario regular es de 25 horas, la Junta haya acabado plegándose a ello. En cambio, yo no veo tan claro que establecer la duración y periodicidad de las reuniones de departamento sea competencia compartida, porque la ordenación de los centros educativos es competencia exclusiva. Es más, la mera existencia del departamento didáctico es consecuencia de que la Junta, en su ejercicio de la competencia exclusiva, los establece en el decreto 327/2010. Como, por mor de este decreto, existen también las áreas de competencias (que no se si existen en otras comunidades y que obviamente no existían en 1994). Así que a mí se me hace diifícil pensar que decidir sobre las reuniones de departamento no sea cosa exclusiva de la Junta, cuando la propia existencia de los departamentos lo es.

En cambio, en lo referente al límite en el número de guardias no me atrevería a discutir contigo: el apartado 81 de esa orden (que es el que lo afirma) hace referencia al horario del profesor y, por tanto, podría pensarse que es exactamente el mismo caso que el de las 25 horas. Pero, claro, en la norma andaluza no está traspuesta esta disposición y, por tanto, inspección educativa puede lavarse las manos y esperar a que un tribunal competente decida si eso en particular es aplicable o no.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Gominola 10 November, 2015, 18:07:15 +01:00
¿Y los que estamos a 21 horas lectivas tendríamos que tener 24 ó 25 horas de horario regular?
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 10 November, 2015, 18:41:23 +01:00
: Gominola  10 November, 2015, 18:07:15 +01:00¿Y los que estamos a 21 horas lectivas tendríamos que tener 24 ó 25 horas de horario regular?

25 horas, sin duda. Lo explico:

La compensación de dos horas complementarias por cada hora lectiva de más (sobre 18, no sobre 20) la establece el apartado 77 de la orden nacional:

[...]La parte del horario comprendido entre los 18 y 21 períodos lectivos se compensará con las horas complementarias establecidas por la Jefatura de estudios, a razón de dos horas complementarias por cada período lectivo.

Ahora bien, esa disposición está derogada por el Real Decreto-Ley 14/2012 de 20 de abril de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-5337), o sea, el famoso decreto que nos subió de 18 a 20 horas el horario lectivo. A nuestra jornada lectiva dedica el artículo 3. El 3.1 es el que nos sube la parte lectiva y el 3.2, menos conocido, el que deja sin efecto ese apartado 77:

El régimen de compensación con horas complementarias será como máximo de una hora complementaria por cada período lectivo, y únicamente podrá computarse a partir de los mínimos a los que se refiere el apartado anterior.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: manualvarez 11 November, 2015, 16:46:28 +01:00
Buenas tardes a todos.

Con respecto a lo que preguntaba Gominola sobre si los que tienen 21 horas lectivas deben tener 24 ó 25 de horario regular.

Es cierta la explicación que da sio2 sobre la nueva redacción de las horas lectivas, pero yo pienso que el Real Decreto de racionalización del gasto público establece en el artículo 3.2 lo siguiente: "El régimen de compensación con horas complementarias será como máximo de una hora complementaria por cada período lectivo, y únicamente podrá computarse a partir de los mínimos a los que se refiere el apartado anterior", ésta debe venir recogida en el horario regular como CHL y por lo tanto es una hora menos de permanencia en el centro, porque los mínimos son 20 lectivas, el que tenga 21 deberá tener una hora de compensación y por tanto 24 de permanencia.

Este caso también lo he hablado yo con el director de mi centro donde hay un compañero en esta situación. Él me dice que el compañero tiene que estar en el centro aunque no tenga que hacer nada. Su argumento es que en vez de tener 25 de horario regular tiene 24 y 6 de horario no regular, pero si esa hora debe cumplirla todas las semanas no hay compensación de hora y además se salta la normativa donde dice que el horario no regular es de 5 horas.

Espero haber ayudado, un saludo.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Gominola 11 November, 2015, 17:15:23 +01:00
Gracias sio2 y manualvarez por vuestras respuestas!
Manualvarez, ¿donde viene que el horario no regular es de 5 horas?
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: sio2 11 November, 2015, 17:55:18 +01:00
: manualvarez  11 November, 2015, 16:46:28 +01:00Es cierta la explicación que da sio2 sobre la nueva redacción de las horas lectivas, pero yo pienso que el Real Decreto de racionalización del gasto público establece en el artículo 3.2 lo siguiente: "El régimen de compensación con horas complementarias será como máximo de una hora complementaria por cada período lectivo, y únicamente podrá computarse a partir de los mínimos a los que se refiere el apartado anterior", ésta debe venir recogida en el horario regular como CHL y por lo tanto es una hora menos de permanencia en el centro, porque los mínimos son 20 lectivas, el que tenga 21 deberá tener una hora de compensación y por tanto 24 de permanencia..

Lo que yo entiendo (que precisamente porque es lo que yo entiendo he procurado citar la normativa) es lo siguiente:

Antes:

Por cada hora lectiva sobre las 18, 1 hora lectiva equivale a 2 horas complementarias. Por tanto, si hago veintiuna horas lectivas, tengo tres horas lectivas sobre las 18. Como cada hora lectiva sobre el mínimo equivale a dos complementarias, resulta que es como si estuviera haciendo 18+2*3=24. Por lo tanto, sólo se me puede asignar, una hora complementaria más.

Ahora:

Por cada hora lectiva sobre las 20, el régimen de compensación es que 1 hora lectiva equivale a 1 hora complementaria. Por tanto, si hago veintiuna horas lectivas, hago 1 hora lectiva sobre el mínimo, pero como ahora la compensación es 1:1, pues me quedo como estoy.

Lo único que se me ocurre es que tú consideres que la compensación es +1, es decir, por cada hora lectiva añado una complementaria más con lo que volvería a dar el ratio 2:1, que había antes, sólo que contado a partir de 20 en vez de 18. Y entonces sí, serían 24 y no 25.

Lo que ocurre es que aplicando esa segunda interpretación a la antigua redacción el ratio sería 3:1; y si se hicieran 21 horas lectivas, eso equivaldría a
18+3*3=27. Pero sólo puede haber 25 horas lectivas, con lo cual ningún profesor jamás habría podido estar a 21 horas lectivas, porque se habría sobrepasado el límite del horario regular.

También es cierto que con mi interpretación, la compensación actual es que, simplemente, no hay compensación
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: albay 11 November, 2015, 18:02:21 +01:00
: sio2  11 November, 2015, 17:55:18 +01:00
: manualvarez  11 November, 2015, 16:46:28 +01:00Es cierta la explicación que da sio2 sobre la nueva redacción de las horas lectivas, pero yo pienso que el Real Decreto de racionalización del gasto público establece en el artículo 3.2 lo siguiente: "El régimen de compensación con horas complementarias será como máximo de una hora complementaria por cada período lectivo, y únicamente podrá computarse a partir de los mínimos a los que se refiere el apartado anterior", ésta debe venir recogida en el horario regular como CHL y por lo tanto es una hora menos de permanencia en el centro, porque los mínimos son 20 lectivas, el que tenga 21 deberá tener una hora de compensación y por tanto 24 de permanencia..

Lo que yo entiendo (que precisamente porque es lo que yo entiendo he procurado citar la normativa) es lo siguiente:

Antes:

Por cada hora lectiva sobre las 18, 1 hora lectiva equivale a 2 horas complementarias. Por tanto, si hago veintiuna horas lectivas, tengo tres horas lectivas sobre las 18. Como cada hora lectiva sobre el mínimo equivale a dos complementarias, resulta que es como si estuviera haciendo 18+2*3=24. Por lo tanto, sólo se me puede asignar, una hora complementaria más.

Ahora:

Por cada hora lectiva sobre las 20, el régimen de compensación es que 1 hora lectiva equivale a 1 hora complementaria. Por tanto, si hago veintiuna horas lectivas, hago 1 hora lectiva sobre el mínimo, pero como ahora la compensación es 1:1, pues me quedo como estoy.

Lo único que se me ocurre es que tú consideres que la compensación es +1, es decir, por cada hora lectiva añado una complementaria más con lo que volvería a dar el ratio 2:1, que había antes, sólo que contado a partir de 20 en vez de 18. Y entonces sí, serían 24 y no 25.

Lo que ocurre es que aplicando esa segunda interpretación a la antigua redacción el ratio sería 3:1; y si se hicieran 21 horas lectivas, eso equivaldría a
18+3*3=27. Pero sólo puede haber 25 horas lectivas, con lo cual ningún profesor jamás habría podido estar a 21 horas lectivas, porque se habría sobrepasado el límite del horario regular.

También es cierto que con mi interpretación, la compensación actual es que, simplemente, no hay compensación

Lioso de entender, pero deduzco que al final todos a 25, hagan 20 o 21. Por lógica el de 21 tendrá una guardia menos que es lo que se suele hacer en los centros hoy día. No sé si compensa.
: Re:denuncia de horarios y visita de inspección
: Gominola 12 November, 2015, 17:16:59 +01:00
Yo estoy a 21 horas lectivas. En años anteriores "me han compesado" con una hora menos. En este curso no. Por eso quería saber si eso es reclamable o no