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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : rantanplan 20 April, 2016, 15:57:07 +02:00

: Ley de Formación Profesional de Andalucía
: rantanplan 20 April, 2016, 15:57:07 +02:00
Acabo de ver que el lunes fue publicado en BOJA el anuncio por el que se somete a información publica la Ley de Formación Profesional de Andalucía. No la he leído aún (esta tarde me pondré a mirarla), aunque sí un borrador que hubo de ella (o eso creo recordar) el año pasado y que dio pie a una jornada. Cuando la tenga leída, procuraré actualizar el hilo con mis comentarios al respecto. Animo a los compañeros de FP a que hagan otro tanto.

Enlace a las novedades de la página de la consejería (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/contenidos/-/contenidos/detalle/publicada-la-resolucion-por-la-que-se-somete-a-informacion-publica-el-anteproyecto-de-ley-de-1).

Enlace directo al documento. (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/494a5096-048d-410c-b310-ec7dfaf3b4ea)
: Re:Ley de Formación Profesional de Andalucía
: rantanplan 23 April, 2016, 23:36:03 +02:00
Le he hecho una primera lectura al anteproyecto y, efectivamente, es un nuevo borrador de otro que proporcionaron hace año y medio o poco menos y del que se celebraron algunas reuniones para recabar información. Del vistazo, no muy exhaustivo, que le he echado, me han llamado la atención algunos aspectos.                                                                                                               
                                                                                                                                           
: Re:Ley de Formación Profesional de Andalucía
: Mariscal de Campo 09 June, 2016, 08:30:27 +02:00
Gracias por el análisis de la normativa amigo.

A parte de si hay dinero o no para crear los centros integrados o ciclos nuevos para mayores de 24, y de la política de amiguismo que puede conllevar el nombramiento a dedo de los futuros directores de centros integrados, aquí el meollo desde mi punto de vista está en ver como se va a articular la fusión entre FPI y FPO. Varias cuestiones me planteo: ¿Educación va a controlar la FPO o como me temo sencillamente la FPO se va a servir del nombre de Educación para dar más seriedad a la desastrosa y negligente gestión que han tenido hasta la fecha?. Ahí está el meollo, las corruptelas las pueden hacer igual en su centro privado que en uno publico. Es muy posible que la unión solo se quiere para apaciguar bajo el paraguas de estabilidad y seriedad en la formación que hasta el momento da nuestra consejería. Otra cuestión ¿que cambia para nosotros con esta unión?. Y una última: ¿si se crean ciclos de superior en la Universidad ¿con que profesorado contará, con nosotros o con los que maneje la universidad?.

Salu2.
: Re:Ley de Formación Profesional de Andalucía
: rantanplan 09 June, 2016, 11:54:10 +02:00
: Mariscal de Campo  09 June, 2016, 08:30:27 +02:00¿Educación va a controlar la FPO o como me temo sencillamente la FPO se va a servir del nombre de Educación para dar más seriedad a la desastrosa y negligente gestión que han tenido hasta la fecha?. Ahí está el meollo, las corruptelas las pueden hacer igual en su centro privado que en uno publico. Es muy posible que la unión solo se quiere para apaciguar bajo el paraguas de estabilidad y seriedad en la formación que hasta el momento da nuestra consejería.

Yo entiendo que más bien será hacer responsable a la Consejería de Educación en vez de a la Consejería de Empleo. Los cursos los van a poder seguir dándolos sindicatos ayuntamientos, preparadores acreditados, etc. A mí me parece más bien una manera de abaratar costes, ahora que ya no hay dinero: por cuatro perras gordas montan el mismo curso que antes.

: Mariscal de Campo  09 June, 2016, 08:30:27 +02:00Y una última: ¿si se crean ciclos de superior en la Universidad ¿con que profesorado contará, con nosotros o con los que maneje la universidad?

Buena pregunta. el título VI de la ley trata sobre profesores y personal formador, pero no sé muy bien cómo interpretarlo:

El artículo 41 trata sobre el profesorado dependiente de la Consejería competente en materia de educación. En el 41.1 se menta a los profesores que pertenecen a los cuerpos 590 y 591 y dice que estos podrán dar clase en los "centros públicos integrados de FP". Entiendo que una universidad impartiendo ciclos superiores entra dentro de esta categoría. El 41.4 habilita que puedan cubrirse puestos con interinos. El artículo 42 no viene a cuento porque trata la FPO y el 43 habla de los profesionales cualificados de los que se podrá echar mano cuando no haya profesorado.

No hay más. ¿Puede usar la Universidad sus propios profesores? Pues no sé. No se mentan en ningún momento, pero es que tampoco se mentan los profesores de centros privados. Estos últimos profesores, ¿son dependientes de la Consejería? No lo sé muy bien, porque son supervisados por la Consejería (a través de los inspectores) y les paga, pero su contratación y cese no depende de ella. Por su parte, los profesores universitarios no sé si dependen de la Consejería a través de la universidad o si tampoco.
: Re:Ley de Formación Profesional de Andalucía
: mipropiocorreo2001 09 June, 2016, 13:34:53 +02:00
Sinceramente, pienso que todo seguirá igual, con meros cambios cosméticos.
Y si, creo que se intentará usar a Educación para dar algo más de entidad, seriedad, buena fama,  o como se quiera decir, porque creo que todo esto solo trata de cubrir una cosa: que vuelvan los dineros de Europa. Recordad lo que hace unos meses destapó una interventora de la Junta: se llevan 2 años sin recibir ni un duro de Europa ante la incredulidad de ésta de que los fondos no serán malversados (cosillas del escándalo de los ERE y de los cursos de formación).
Y punto, ese es el fin de esta nueva ley. O por lo menos eso creo yo
: Re:Ley de Formación Profesional de Andalucía
: respublica 09 June, 2016, 13:39:22 +02:00
Algunas cuestiones planteadas anteriormente:

- Los centros integrados de FP ya existen desde 2009, unos provienen de educación y otros de empleo. En ellos sólo se imparte FP, todas las enseñanzas de una familia profesional tanto de educación (FPI) en todos los niveles, como de cursos para el empleo (FPE). Estos puestos se convocan como puestos específicos y también aparecen en el CGT y en destinos provisionales.

- El profesorado que puede impartir en FP del sistema educativo es exclusivamente el que aparece en la norma del correspondiente título, tanto para centros públicos (especialidades) como privados (titulaciones), sean concertados o no.

- Ni el profesorado universitario público ni el de centros docentes privados, sean o no concertados, es personal dependiente de la consejería de educación.

- Parece que la consejería pretende impartir cursos de FPE en los IES con personal laboral contratado y supervisado por profesorado del IES.


Saludos.
: Re:Ley de Formación Profesional de Andalucía
: josepotato 09 June, 2016, 14:49:58 +02:00
                                                                                                                         
La novedad es integrar la FPE. No está mal: el problema es que se acuerden de nosotros cuando ya no hay ni un duro. En Andalucía, además, tienen amplia experiencia de lo que es dilapidar el dinero en cursos de formación.       

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