Hola,
Está corriendo un mensaje por whatssap que dice lo siguiente:
ANPE INFORMA: ACLARACIONES SOBRE ALGUNAS CUESTIONES DE LAS OPOSICONES 2016 DE ANDALUCÍA.
1. Referente a la participación del personal integrante de las Bolsas de Andalucía en la 1ª prueba, el criterio de la Consejería ha hecho llegar a los tribunales es el siguiente: El opositor deberá escribir sobre lo propuesto algún que otro folio durante un tiempo determnado. Es decir, no vale marcharse. Esta actuación se calificaría con un "0" y conllevaría la exclusión de las Bolsas de interinos. En cuanto a cuándo el opositor puede levantarse y abandonar el aula, se estará a lo que disponga el Tribunal.
2. Referente a la presentación de la programación didáctica de ante el tribunal por parte del opositor a que haya superado la 1ª prueba, La Consejería nos informa de que el Tribunal aceptará que lo pueda hacer otra persona en su nombre, siempre y cuando dicha persona presente una autorización y fotocopia del DNI del opositor.
¿Alguien sabe que hay de cierto en esto? ¿Dónde está publicado? ¿Si pueden hacerlo?, en el caso de que no sea un bulo...
Esto mismo ya lo hemos estado hablando en otro tema del foro (http://www.ustealdia.org/foro/index.php?topic=108572.msg1231534.msg#1231534)
Saludos.
: lixsi2 06 June, 2016, 21:56:10 +02:00
Hola,
Está corriendo un mensaje por whatssap que dice lo siguiente:
ANPE INFORMA: ACLARACIONES SOBRE ALGUNAS CUESTIONES DE LAS OPOSICONES 2016 DE ANDALUCÍA.
1. Referente a la participación del personal integrante de las Bolsas de Andalucía en la 1ª prueba, el criterio de la Consejería ha hecho llegar a los tribunales es el siguiente: El opositor deberá escribir sobre lo propuesto algún que otro folio durante un tiempo determnado. Es decir, no vale marcharse. Esta actuación se calificaría con un "0" y conllevaría la exclusión de las Bolsas de interinos. En cuanto a cuándo el opositor puede levantarse y abandonar el aula, se estará a lo que disponga el Tribunal.
2. Referente a la presentación de la programación didáctica de ante el tribunal por parte del opositor a que haya superado la 1ª prueba, La Consejería nos informa de que el Tribunal aceptará que lo pueda hacer otra persona en su nombre, siempre y cuando dicha persona presente una autorización y fotocopia del DNI del opositor.
¿Alguien sabe que hay de cierto en esto? ¿Dónde está publicado? ¿Si pueden hacerlo?, en el caso de que no sea un bulo...
Creo que ese mensaje que ha mandado Anpe es ambiguo y requeriría de aclaraciones.
El problema es que el decreto dice "realizar" el examen o ser expulsado de la bolsa. Mi consejo: haz el práctico y escribe algo de alguno de los temas. Así te evitas pensar en qué pasará.
Sacas poca nota, bueno pues ya te olvidas de interpretaciones.
Personalmente eso de Anpe me parece un "fake", pero mejor no arriesgarse con estos temas. Más aún con la frialdad y maldad con la que a veces la administración nos trata a los interinos.
Intentad hacer lo que se pueda. Suerte a los opositores!!