Si has gastado los cuatro días por enfermedad dentro del curso escolar en los que no te descuentan nada, te quitan sueldo también si dentro del mismo curso pides algún día de asuntos propios de los que se suelen pedir a finales de junio. Gracias. alguien está puesto en este tema. Gracias otra vez
Creo que son cosas independientes.
No, no tienen Nada que ver unos días con otros.
Eso sí, estos de asuntos propios han de ser días donde no haya claustros y similares.
Saludos,
Cita de: jeguso en 10 Junio, 2016, 16:16:01 PM
Si has gastado los cuatro días por enfermedad dentro del curso escolar en los que no te descuentan nada, te quitan sueldo también si dentro del mismo curso pides algún día de asuntos propios de los que se suelen pedir a finales de junio. Gracias. alguien está puesto en este tema. Gracias otra vez
Ok, muchísimas gracias compañeros
Una aclaración (y que alguien me corrija si soy yo el equivocado): los 4 días que puedes faltar por enfermedad sin que te quiten sueldo no son por curso escolar, sino por año natural.
Cita de: andjifer en 11 Junio, 2016, 08:15:13 AM
Una aclaración (y que alguien me corrija si soy yo el equivocado): los 4 días que puedes faltar por enfermedad sin que te quiten sueldo no son por curso escolar, sino por año natural.
En educación son por curso no por año natural.
Saludos.
Pero los dias q podemos pedir en días no lectivos te los concede la directora, a mí me los ha denegado rotundamente argumentando q puede haber una reclamacion o por si llega inspección. Me lo explicó como si yo fuera absolutamente imprescindible, a pesar de decirle q era por oposición y q me desplazo todos los días 100 km, q me concediera al menos uno. Me dijo q no. No le entregue ni siquiera la solicitud formal.
La normativa al respecto se puede consultar en:
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/normativa/-/normativas/detalle/circular-de-5-de-mayo-de-2014-de-la-direccion-general-de-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-2 (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/normativa/-/normativas/detalle/circular-de-5-de-mayo-de-2014-de-la-direccion-general-de-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-2)
10. PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS.
Dadas las características especiales del calendario y la jornada escolar, los permisos por asuntos particulares retribuidos a que se refiere el artículo 48.k) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,en la redacción dada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, podrá disfrutarlos el personal docente en los períodos no lectivos del referido calendario escolar.
En tales períodos, las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos podrán conceder hasta un máximo de cuatro días en cada curso académico, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima del Acuerdo de 9 de julio de 2013. El permiso, cuyo disfrute estará condicionado a las necesidades del servicio educativo, será, en todo caso, proporcional al período trabajado en el correspondiente curso académico. Las personas titulares de las direccionesde los centros o responsables de los servicios educativos podrán denegar el disfrute de este permiso en los días en que los centros tengan programadas actividades relacionadas con la evaluación del alumnado o con la preparación del curso académico.
En las aclaraciones
El disfrute de este permiso, incluido en el apartado II.2.10 de la Circular, estará siempre subordinado no sólo a lo establecido en dicho apartado, sino a las necesidades del servicio educativo.
Así, y por analogía con otros permisos retribuidos —como los incluidos en el apartado II.2.9—, las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios educativos arbitrarán las medidas oportunas para que el servicio educativo, incluidas las tareas de eval
uación y de preparación del curso, no resulte afectado.
En mi opinión: la normativa permite un gran nivel de artibrariedad en la concesión de este permiso ya que lo vincula a las necesidades del servicio y entre ellas cita "la preparación del curso". En gran medida lo hace pivotar del criterio personal del director. La cuestión es al menos solicitarlo y no regalar estos días.
Cita de: respublica en 11 Junio, 2016, 08:20:00 AM
Cita de: andjifer en 11 Junio, 2016, 08:15:13 AM
Una aclaración (y que alguien me corrija si soy yo el equivocado): los 4 días que puedes faltar por enfermedad sin que te quiten sueldo no son por curso escolar, sino por año natural.
En educación son por curso no por año natural.
Saludos.
OK, muchas gracias!! Alguien me había afirmado lo contrario, pero sin duda me fío mucho más de ti.
Entiendo por tanto que también los interinos podemos solicitarlos ¿Es así?
Cita de: Erinea en 11 Junio, 2016, 19:47:18 PM
Entiendo por tanto que también los interinos podemos solicitarlos ¿Es así?
Sí claro, sólo faltaría ya eso. Xd. Un saludo.
Cita de: gerry846 en 11 Junio, 2016, 09:05:30 AM
Pero los dias q podemos pedir en días no lectivos te los concede la directora, a mí me los ha denegado rotundamente argumentando q puede haber una reclamacion o por si llega inspección. Me lo explicó como si yo fuera absolutamente imprescindible, a pesar de decirle q era por oposición y q me desplazo todos los días 100 km, q me concediera al menos uno. Me dijo q no. No le entregue ni siquiera la solicitud formal.
Tenía entendido que los interinos no podían solicitar esos días, pero parce ser que sí.
De todas formas los interinos deberían tener 5 días, a fin poder empalmar dos fines de semana para estudiar, y que estos no fueran a criterio de la dirección del centro, aunque luego tuvieran que compensarlos de alguna forma.
Y me desplazaré 700km para hacer el examen y tampoco m dan el lunes libre.
Cita de: gerry846 en 11 Junio, 2016, 09:05:30 AM
Pero los dias q podemos pedir en días no lectivos te los concede la directora, a mí me los ha denegado rotundamente argumentando q puede haber una reclamacion o por si llega inspección. Me lo explicó como si yo fuera absolutamente imprescindible, a pesar de decirle q era por oposición y q me desplazo todos los días 100 km, q me concediera al menos uno. Me dijo q no. No le entregue ni siquiera la solicitud formal.
Yo la hubiera presentado formalmente y que te lo hubiera denegado por escrito (seguramente lo hubiera hecho, pero bueno... al menos queda constancia de que has solicitado algo a lo que crees tener derecho y te han dicho que no)
Yo he solicitado dos de los tres días que se pueden... Estoy a la espera de que me contesten
Cita de: Loanna en 12 Junio, 2016, 11:50:03 AM
Yo he solicitado dos de los tres días que se pueden... Estoy a la espera de que me contesten
cuántos tenemos en total, 3 o 4?
Tengo entendido que depende del tiempo que lleves trabajado en el instituto hasta un máximo de tres. Pero tendría q mirar la legislación porque no te lo puedo asegurar al 100%
Me rectifico, son 4. Lo acabo de buscar: http://www.adideandalucia.es/normas/circulares/Circular6febrero2013LicenciasPermisos.pdf (http://www.adideandalucia.es/normas/circulares/Circular6febrero2013LicenciasPermisos.pdf)
Pero esos días han de ser no lectivos. Osea, que la semana que viene no pueden cogerse. No entiendo muy bien el porqué de solicitarlos después del examen. O se me escapa algo?
Bueno, yo personalmente los he pedido para dedicarme en cuerpo y alma a hacer los últimos retoques de la programación, preparar materiales para las Unidades Didácticas y estudiar. Además de dejarlo todo impreso y listo.
Cada cual se organiza como puede... A mí me vienen de perlas esos dos días (si finalmente me los conceden)
No es mala idea, porque aunque son días más tranquilos, mucho más lo es quedarse en casa. Seguro que te los conceden. Suerte!
Loanna si no te los conceden... vete alc entro, te encierras en el departamento hasta que tengas que estar y te vas a casa... al menos no es la mañana perdida por completo.
Sí, desde luego es lo que voy a hacer. Esos días solo se va a echar la firma y sacar fotocopias y, sinceramente, a mí me hace falta tiempo para estudiar así que tengo clara cuál será mi función esos días, vaya o no al instituto.
Como el director no os los justifique por motivos personales de conciliación no os los conceden. A mi me dijeron en Delegación que los interinos no tenemos días de asuntos propios ni sin retribución.
Cita de: Delacroix en 12 Junio, 2016, 19:46:31 PM
Como el director no os los justifique por motivos personales de conciliación no os los conceden. A mi me dijeron en Delegación que los interinos no tenemos días de asuntos propios ni sin retribución.
Sí que los tenemos.
Yo en septiempbre disfrute de uno.
Dos compañeros han puesto ya la normativa de aplicación, que además todos deberíamos saber al dedillo porque son nuestros derechos.
Antes no teníamos permisos retribuidos pero ahora sí con dos condiciones, que sean fuera del período lectivo y que la dirección quiera y no hay que alegar ningún motivo, salvo el de carácter personal.
Saludos.
Cita de: respublica en 12 Junio, 2016, 20:54:38 PM
Dos compañeros han puesto ya la normativa de aplicación, que además todos deberíamos saber al dedillo porque son nuestros derechos.
Antes no teníamos permisos retribuidos pero ahora sí con dos condiciones, que sean fuera del período lectivo y que la dirección quiera y no hay que alegar ningún motivo, salvo el de carácter personal.
Saludos.
Pero el papel de "permisos, licencias y reducciones de jornada" que hay que rellenar, pide elegir un fundamento y un concepto, y en ningún concepto viene eso... Que elegís?
Cita de: Ygriega en 20 Junio, 2016, 11:05:35 AM
Cita de: respublica en 12 Junio, 2016, 20:54:38 PM
Dos compañeros han puesto ya la normativa de aplicación, que además todos deberíamos saber al dedillo porque son nuestros derechos.
Antes no teníamos permisos retribuidos pero ahora sí con dos condiciones, que sean fuera del período lectivo y que la dirección quiera y no hay que alegar ningún motivo, salvo el de carácter personal.
Saludos.
En donde pone "otros" y a mano,añades, permiso por asuntos particulares sin retribución.
Pero el papel de "permisos, licencias y reducciones de jornada" que hay que rellenar, pide elegir un fundamento y un concepto, y en ningún concepto viene eso... Que elegís?
Cita de: Gaditafeminista en 20 Junio, 2016, 12:56:28 PM
Cita de: Ygriega en 20 Junio, 2016, 11:05:35 AM
Cita de: respublica en 12 Junio, 2016, 20:54:38 PM
Dos compañeros han puesto ya la normativa de aplicación, que además todos deberíamos saber al dedillo porque son nuestros derechos.
Antes no teníamos permisos retribuidos pero ahora sí con dos condiciones, que sean fuera del período lectivo y que la dirección quiera y no hay que alegar ningún motivo, salvo el de carácter personal.
Saludos.
En donde pone "otros" y a mano,añades, permiso por asuntos particulares sin retribución.
Pero el papel de "permisos, licencias y reducciones de jornada" que hay que rellenar, pide elegir un fundamento y un concepto, y en ningún concepto viene eso... Que elegís?
Sin retribución? No sería permiso por asuntos particulares CON retribución.?
A mí me han concedido dos días y me han denegado un tercero aludiendo a que ese día hay etcp. ¿Es eso normal? Obviamente yo no tengo que asistir a dicha reunión y tampoco debería afectarme en nada lo que en ella se hable. anaid4
Podemos disfrutar de esos días retribuídos, tanto funcionarios como interinos, siempre y cuando el director/a del centro nos conceda el permiso por escrito. Y, siempre en horario no lectivo, ya sea en septiembre o en junio.
Ya lo he pedido: DENEGADO. >:(
Yo queria pedirme 28 y 30....ya que el 27 es la entreg de nitas y el 29 es el claustro.....veremos a ver.......mañana os cuento
Cita de: jomalo72 en 20 Junio, 2016, 16:08:13 PMYo queria pedirme 28 y 30....ya que el 27 es la entreg de nitas y el 29 es el claustro.....veremos a ver.......mañana os cuento
SI el 27 es la entrega de notas, entonces el 30 (el día siguiente a haber expirado el plazo) es la resolución de las reclamaciones...
Yo lo comenté el curso pasado y el director no tenía ni idea, pero me dijo que sí los debía conceder él sería que no.
Este año lo he vuelto a comentar en el claustro ya que todo el mundo hablaba y nadie decía nada, y se HA LIADO UNA QUE NI OS CUENTO. Ahora se ha pasado un papel diciendo que podemos solicitar el 24 o 30, pero visto lo visto en el claustro, insinuando que se aplicaría para todo la normativa (represalias en toda regla) yo ni los voy a pedir, que se los quede la dirección y que les vaya bonito.
Mi director me ha dicho que sí y ha mandado el documento a delegación, dice que hay que esperar la respuesta de delegación, ¿es cierto? ¿Delegación puede denegarlo después de que el director dé el visto bueno?
Gracias!
Cita de: Loanna en 21 Junio, 2016, 15:20:29 PMMi director me ha dicho que sí y ha mandado el documento a delegación, dice que hay que esperar la respuesta de delegación, ¿es cierto? ¿Delegación puede denegarlo después de que el director dé el visto bueno?
El permiso lo concede el director, nol delegación.
Yo me he pedido el 28 y me lo han dado....el 29 tengo el claustro asi que el 30 va a ir..........rita. solo hay consej escolar
Cita de: Ygriega en 20 Junio, 2016, 11:05:35 AM
Cita de: respublica en 12 Junio, 2016, 20:54:38 PM
Dos compañeros han puesto ya la normativa de aplicación, que además todos deberíamos saber al dedillo porque son nuestros derechos.
Antes no teníamos permisos retribuidos pero ahora sí con dos condiciones, que sean fuera del período lectivo y que la dirección quiera y no hay que alegar ningún motivo, salvo el de carácter personal.
Saludos.
Pero el papel de "permisos, licencias y reducciones de jornada" que hay que rellenar, pide elegir un fundamento y un concepto, y en ningún concepto viene eso... Que elegís?
Se rellena el anexo l y en otros pones el concepto y abajo lis días o periodo que solicitas