Hola, ¿sabe alguien en qué consiste lo del horario en relación con los hijos menores de 12 años? Tengo entendido que deben dejarte libre la primera o la última hora pero no se la norma que regula esto.
Gracias.
La circular de 5 de mayo de 2014, el punto 7: http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/normativa/-/normativas/detalle/circular-de-5-de-mayo-de-2014-de-la-direccion-general-de-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-2 (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/normativa/-/normativas/detalle/circular-de-5-de-mayo-de-2014-de-la-direccion-general-de-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-2)
Teóricamente consiste en esto:
Tener a su cargo hijos menores de doce años, un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, personas mayores o con discapacidad
que tengan reconocida la condición de dependientes. El derecho consiste en la posibilidad de flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia.
Pero depende de la "disponibilidad" del centro.
Hola, yo lo he solicitado este curso pero ayer acabó el plazo para hacerlo. Es del 1 al 5 de septiembre. Yo tal día como hoy me enteré el año pasado por lo que tampoco pude pedirlo. Que no se te olvide para el siguiente. Un saludo.