Buenos días!
Quería preguntaros una cosilla. Me caso en octubre y quisiera saber si los 15 días que me pertenecen me los tengo que coger justo después de la boda o uedo cogerlos más adelante. Es decir, me caso un sábado y yo me incorporaría ela lunes, dejando esos días para otra ocasión.
Gracias
Puedes cogerlos más adelante, dentro de este año.
Pero no en periodos de evaluaciones.
Puedes consultarlo en la Circular de 6 de febrero de 2013. Copio:
Circular de 6 de febrero de 2013:
"Los quince días de duración del permiso se han de entender naturales, y deben ser consecutivos, y disfrutarse bien desde el día en que se celebre el matrimonio o se constituya la pareja de hecho, bien dentro del año natural correspondiente al hecho causante, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
En el supuesto de diferirse el permiso a un período distinto posterior al de la celebración del matrimonio o a la constitución de pareja de hecho, dentro del año natural correspondiente, las necesidades del servicio no permitirán su disfrute cuando coincida, en todo o en parte, con las siguientes fechas:
a) los diez días lectivos inmediatamente anteriores y posteriores a las vacaciones del alumnado de Navidad y Semana Santa.
b) los diez días lectivos inmediatamente anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del mes de junio.
c) el mes de septiembre. "