Se que de la movilidad se ha hablado mucho, pero creo no haber leído sobre mi caso.
Yo cesé en 2015 el 25 de junio y pedí mi demanda. Cobré los dos meses íntegros de verano y el 1 de septiembre me incorporé con vacante.
Se que los requisitos son estar inscrito, y demostrar movilidad. Obviamente no tengo nada de julio y agosto ya que la prorroga la pasé en casa. Si tengo contrato desde el 1 de septiembre.
Me han requerido que presente los papeles oportunos, y claro, no se si me corresponde o no ya que entiendo que el 1 de julio no tengi contrato de alquiler. Pero es que, en este caso, yo que he estado parado e inscrito, y como yo miles de compañeros que empalmemos desde el 1 de enero hasta junio o mayo y despúes cobremos dos meses de verano y vacante, no tenemos derecho a esta deducción?? No se si a alguien le ha pasado esto y como se resolvió. Cuando me digan os comento también.
Gracias de antemano.