http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-11-25/supremo-sentencia-antiguedad-personal-laboral-madrid_1295028/ (http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-11-25/supremo-sentencia-antiguedad-personal-laboral-madrid_1295028/)
Antes de que se alarme todo el mundo con el título de la entrada en el foro deberíamos estudiar el alcance exacto de la noticia.
Aunque es verdad que el periodista habla de interinos, generalmente en la administración cuando se habla de laborales no se refiere a interinos, que son funcionarios que están haciendo labores de sustitución de un funcionario de carrera, sino de personal contratado de formal temporal y que no tiene carácter de funcionario.
: Leirado 26 November, 2016, 11:46:52 +01:00
http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-11-25/supremo-sentencia-antiguedad-personal-laboral-madrid_1295028/ (http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-11-25/supremo-sentencia-antiguedad-personal-laboral-madrid_1295028/)
Esta noticia habla del PERSONAL LABORAL. Nosotros somos funcionarios interinos.
: andaluz_jc 26 November, 2016, 18:47:39 +01:00
: Leirado 26 November, 2016, 11:46:52 +01:00
http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-11-25/supremo-sentencia-antiguedad-personal-laboral-madrid_1295028/ (http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-11-25/supremo-sentencia-antiguedad-personal-laboral-madrid_1295028/)
Esta noticia habla del PERSONAL LABORAL. Nosotros somos funcionarios interinos.
Pero los argumentos que defienden tanto unos como otros son los mismos ¿no? ¿o qué diferencia hay?