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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : Gaditano31 08 December, 2016, 12:31:45 +01:00

: Cobrar las vacaciones de navidad
: Gaditano31 08 December, 2016, 12:31:45 +01:00
Hola compañeros, es la primera vez que me han llamado para trabajar, estoy haciendo una sustitución y llevo más de un mes en el ies. Ante la llegada de las vacaciones de navidad, me surge la duda de si para cobrarlas es necesario haber trabajado previamente durante "X tiempo" o simplemente si te pilla de alta durante las vacaciones ya las cobraría...

Espero que podáis aclararme esta dudilla.  anaidpreocupados anaidpreocupados anaidpreocupados

Un saludo.
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: hispalense22 08 December, 2016, 13:05:35 +01:00
Si estás trabajando 5 días antes del comienzo de las vacaciones...te corresponde cobrarlas enteras (y te cuenta el TS) ;)
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: Conchir 08 December, 2016, 13:15:22 +01:00
Si estás dado de alta en Navidad, el tiempo de servicio te cuenta para todo. Si cesas los 5 días antes, cobras la Navidad entera, te cuenta el tiempo de servicio para la bolsa, pero no para cobrar verano.
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: hispalense22 08 December, 2016, 13:19:59 +01:00
Cierto, se me olvidó comentar ese matiz
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: Delacroix 08 December, 2016, 15:51:20 +01:00
Y una pregunta que se me ocurre aunque no tenga mucho que ver. A mi me van prorrogando el contrato en función de las bajas de la compañera a la que sustituyo, ¿me podrían dar de baja el día de inicio de las vacaciones y volverme a dar de alta cuando empiece el 2 trimestre?
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: elpeke 08 December, 2016, 16:22:48 +01:00
: Delacroix  08 December, 2016, 15:51:20 +01:00
Y una pregunta que se me ocurre aunque no tenga mucho que ver. A mi me van prorrogando el contrato en función de las bajas de la compañera a la que sustituyo, ¿me podrían dar de baja el día de inicio de las vacaciones y volverme a dar de alta cuando empiece el 2 trimestre?

Lee el artículo 22 de la orden de interinos (8 de junio de 2011).
Es justamente como acaba de decir la compañera más arriba.

Saludos
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: respublica 08 December, 2016, 16:36:19 +01:00


: Delacroix  08 December, 2016, 15:51:20 +01:00
Y una pregunta que se me ocurre aunque no tenga mucho que ver. A mi me van prorrogando el contrato en función de las bajas de la compañera a la que sustituyo, ¿me podrían dar de baja el día de inicio de las vacaciones y volverme a dar de alta cuando empiece el 2 trimestre?

Te podrían dar de baja el día de inicio de las vacaciones si la persona a la que sustituyes fuese dada de alta y se incorporase ese día pero si luego recayera y no llegara a incorporarse tras las vacaciones, llamarían al que corresponda según su posición en la bolsa, en la que estarías tú.

Lo que (aún) no puede hacer la administración es cesarte y volverte a contratar luego sin el alta del titular sólo para ahorrar costes, que es justo lo que hacen muchos centros educativos privados.

Los que piden más eficiencia en el gasto público seguro que ya habrán pensado en ello.


Saludos.

: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: lupenteam 08 December, 2016, 20:43:45 +01:00
En algunas delegaciones si el titular se da de alta durante las vacaciones y después recae y no llega a incorporarse dejan al mismo sustituto, al menos eso me dijeron a mi el año pasado en Jaén.
: Re:Cobrar las vacaciones de navidad
: Delacroix 08 December, 2016, 21:04:22 +01:00
: respublica  08 December, 2016, 16:36:19 +01:00


: Delacroix  08 December, 2016, 15:51:20 +01:00
Y una pregunta que se me ocurre aunque no tenga mucho que ver. A mi me van prorrogando el contrato en función de las bajas de la compañera a la que sustituyo, ¿me podrían dar de baja el día de inicio de las vacaciones y volverme a dar de alta cuando empiece el 2 trimestre?

Te podrían dar de baja el día de inicio de las vacaciones si la persona a la que sustituyes fuese dada de alta y se incorporase ese día pero si luego recayera y no llegara a incorporarse tras las vacaciones, llamarían al que corresponda según su posición en la bolsa, en la que estarías tú.

Lo que (aún) no puede hacer la administración es cesarte y volverte a contratar luego sin el alta del titular sólo para ahorrar costes, que es justo lo que hacen muchos centros educativos privados.

Los que piden más eficiencia en el gasto público seguro que ya habrán pensado en ello.


Saludos.

A todo este embrollo me refería. En el caso que propongo si me cesan de esa manera lo normal es volver a bolsa pero claro, al estar las bolsas cerradas hasta después de navidad podría darse el caso que comentas de que el titular no se incorpora y vuelven a llamar al que estaba. Muy poca transparencia en ese sentido.