ForoUSTEA de maestros/as y profesores/as que les gusta la educación

Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : monosuperfleh 11 January, 2017, 00:53:23 +01:00

: Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: monosuperfleh 11 January, 2017, 00:53:23 +01:00
Hola compañeros, me gustaría hacerlos una pregunta que muchos de nosotros tenemos y realmente nadie sabe contestarme correctamente.

Si me pido un día de asuntos propios sin retribución económica coincidiendo con el Viernes antes de un puente o justo con el día lectivo después del puente... ¿Es verdad que también me quitan el sueldo de los días del puente?
Es que me parece una barbaridad.... ¿Es eso cierto?

Un saludo y gracias.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: Falber 11 January, 2017, 08:11:48 +01:00
Asi es, si te pides días de permiso sin sueldo antes o después de un fin de smena o festivo, te quitan todos los días. Yo pedí un viernes y me quitaron el fin de semana completo.

En cierto modo lo veo un poco lógico, pues sino mucha gente se tomaría muchos viernes o lunes libres, perdiendo solo ese día de sueldo.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: nana16 11 January, 2017, 13:17:43 +01:00
Pues yo este curso he solicitado un día sin empleo y sueldo justo antes del puente de la Constitución y solo me han quitado los haberes de dicho día. Cuando llamé a preguntar a la Delegación me aclararon que cuando es un único día no hay problema. Te recomiendo hagas lo mismo y te resuelvan tus dudas. Yo lo hice en la de Almería.
Un saludo
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: rantanplan 11 January, 2017, 13:45:28 +01:00
La referencia es la ciruclar sobre permisos (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/9c5077aa-3430-46a0-b2dc-d824728d3b99) y a menos que alguien diga que ha habido una modificación posterior, dice lo siguiente:

8. PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES SIN RETRIBUCIÓN

[...]

El cómputo de días que se han de contabilizar en un permiso por asuntos particulares sin retribución será el comprendido entre el primer día en que deje de prestarse servicios y el día de la efectiva incorporación. Excepcionalmente, en el supuesto de que se solicite un solo día, el permiso se limitará a ese día.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: Corichi 11 January, 2017, 13:51:33 +01:00
: monosuperfleh  11 January, 2017, 00:53:23 +01:00
Hola compañeros, me gustaría hacerlos una pregunta que muchos de nosotros tenemos y realmente nadie sabe contestarme correctamente.

Si me pido un día de asuntos propios sin retribución económica coincidiendo con el Viernes antes de un puente o justo con el día lectivo después del puente... ¿Es verdad que también me quitan el sueldo de los días del puente?
Es que me parece una barbaridad.... ¿Es eso cierto?

Un saludo y gracias.

Como te han comentado si solo pides un día solo te quitan eses día, si fuera jueves y viernes te quitarían el fin de semana también.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: monosuperfleh 11 January, 2017, 20:42:18 +01:00
Muchas gracias compañeros, ya me queda claro ;)
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: Yolalo 12 January, 2017, 09:38:26 +01:00
Me surgen varias dudas, que espero me podais aclarar. La primera, puedo coger tres días libres sin sueldo seguidos? La segunda, tengo que justificar por qué cojo esos días? Y la tercera duda,  como los días serían miércoles, jueves y viernes o jueves, viernes y lunes, me quitan el fin de semana también de uno u otro modo, verdad? Muchas gracias. Un saludo.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: Farfanus 12 January, 2017, 11:51:33 +01:00
: Yolalo  12 January, 2017, 09:38:26 +01:00
Me surgen varias dudas, que espero me podais aclarar. La primera, puedo coger tres días libres sin sueldo seguidos? La segunda, tengo que justificar por qué cojo esos días? Y la tercera duda,  como los días serían miércoles, jueves y viernes o jueves, viernes y lunes, me quitan el fin de semana también de uno u otro modo, verdad? Muchas gracias. Un saludo.

Puedes coger hasta tres meses cada dos años, distribuidos como te plazca, y no tienes por qué justificar tu petición. Lo único es que lo concede la delegación con el visto bueno previo del director.
Yo los pido directamente a través de secretaría sin tener que decirle nada al director y nunca me han puesto pegas.
Y si te pides más de un día seguido coincidiendo con fin de semana, te lo descuentan también efectivamente. Para que no te quitasen el fin de semana tendrías que pedírtelo entre martes y jueves. La excepción es cuando te pides sólo el viernes o sólo el lunes.

Saludos.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: opo5 12 January, 2017, 14:04:35 +01:00
¿Cuánto tiempo antes hay que pedirlos? Gracias

Enviado desde mi SM-N910F mediante Tapatalk

: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: Yolalo 12 January, 2017, 15:20:15 +01:00
Muchas gracias.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: elpeke 12 January, 2017, 16:09:31 +01:00
: Farfanus  12 January, 2017, 11:51:33 +01:00
: Yolalo  12 January, 2017, 09:38:26 +01:00
Me surgen varias dudas, que espero me podais aclarar. La primera, puedo coger tres días libres sin sueldo seguidos? La segunda, tengo que justificar por qué cojo esos días? Y la tercera duda,  como los días serían miércoles, jueves y viernes o jueves, viernes y lunes, me quitan el fin de semana también de uno u otro modo, verdad? Muchas gracias. Un saludo.

Puedes coger hasta tres meses cada dos años, distribuidos como te plazca, y no tienes por qué justificar tu petición. Lo único es que lo concede la delegación con el visto bueno previo del director.
Yo los pido directamente a través de secretaría sin tener que decirle nada al director y nunca me han puesto pegas.
Y si te pides más de un día seguido coincidiendo con fin de semana, te lo descuentan también efectivamente. Para que no te quitasen el fin de semana tendrías que pedírtelo entre martes y jueves. La excepción es cuando te pides sólo el viernes o sólo el lunes.

Saludos.

Sin decirle nada al director¿ eso es imposible,,,, la solicitud ha de ir acompañada del informe positivo de la dirección indicando que las necesidades educativas estarán cubiertas en tu ausencia....
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: Farfanus 12 January, 2017, 17:29:06 +01:00
: elpeke  12 January, 2017, 16:09:31 +01:00
: Farfanus  12 January, 2017, 11:51:33 +01:00
: Yolalo  12 January, 2017, 09:38:26 +01:00
Me surgen varias dudas, que espero me podais aclarar. La primera, puedo coger tres días libres sin sueldo seguidos? La segunda, tengo que justificar por qué cojo esos días? Y la tercera duda,  como los días serían miércoles, jueves y viernes o jueves, viernes y lunes, me quitan el fin de semana también de uno u otro modo, verdad? Muchas gracias. Un saludo.

Puedes coger hasta tres meses cada dos años, distribuidos como te plazca, y no tienes por qué justificar tu petición. Lo único es que lo concede la delegación con el visto bueno previo del director.
Yo los pido directamente a través de secretaría sin tener que decirle nada al director y nunca me han puesto pegas.
Y si te pides más de un día seguido coincidiendo con fin de semana, te lo descuentan también efectivamente. Para que no te quitasen el fin de semana tendrías que pedírtelo entre martes y jueves. La excepción es cuando te pides sólo el viernes o sólo el lunes.

Saludos.

Sin decirle nada al director¿ eso es imposible,,,, la solicitud ha de ir acompañada del informe positivo de la dirección indicando que las necesidades educativas estarán cubiertas en tu ausencia....

Yo este año llevo pedidos tres días sueltos tal y como he explicado.

Un saludo.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: elpeke 12 January, 2017, 18:02:47 +01:00
: Farfanus  12 January, 2017, 17:29:06 +01:00
: elpeke  12 January, 2017, 16:09:31 +01:00
: Farfanus  12 January, 2017, 11:51:33 +01:00
: Yolalo  12 January, 2017, 09:38:26 +01:00
Me surgen varias dudas, que espero me podais aclarar. La primera, puedo coger tres días libres sin sueldo seguidos? La segunda, tengo que justificar por qué cojo esos días? Y la tercera duda,  como los días serían miércoles, jueves y viernes o jueves, viernes y lunes, me quitan el fin de semana también de uno u otro modo, verdad? Muchas gracias. Un saludo.

Puedes coger hasta tres meses cada dos años, distribuidos como te plazca, y no tienes por qué justificar tu petición. Lo único es que lo concede la delegación con el visto bueno previo del director.
Yo los pido directamente a través de secretaría sin tener que decirle nada al director y nunca me han puesto pegas.
Y si te pides más de un día seguido coincidiendo con fin de semana, te lo descuentan también efectivamente. Para que no te quitasen el fin de semana tendrías que pedírtelo entre martes y jueves. La excepción es cuando te pides sólo el viernes o sólo el lunes.

Saludos.

Sin decirle nada al director¿ eso es imposible,,,, la solicitud ha de ir acompañada del informe positivo de la dirección indicando que las necesidades educativas estarán cubiertas en tu ausencia....

Yo este año llevo pedidos tres días sueltos tal y como he explicado.

Un saludo.

Pues no sé que delegación será, pero créeme que es necesario este informe.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: jmcala 13 January, 2017, 15:19:49 +01:00
¿A santo de qué descuentan el domingo, que nunca es lectivo? Con la entrada en vigor del RD correspondiente, en el que los sábados han dejado de ser hábiles, ¿cómo se justifica que descuenten ese día de trabajo que no puede ser laboral?

Me parece a mí que los sindicatos tienen ahí un filón para poder lucirse.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: pink panther 13 January, 2017, 15:31:58 +01:00
Pero los interinos no pueden,¿no?..

Enviado desde mi SM-A500FU mediante Tapatalk

: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: elpeke 13 January, 2017, 17:09:05 +01:00
: pink panther  13 January, 2017, 15:31:58 +01:00
Pero los interinos no pueden,¿no?..

Enviado desde mi SM-A500FU mediante Tapatalk

Los interinos no
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: pink panther 13 January, 2017, 19:09:01 +01:00
Vale.Gracias.

Enviado desde mi SM-A500FU mediante Tapatalk

: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: anaaguper 14 January, 2017, 12:58:13 +01:00
Y los funcionarios en práctica pueden?gracias
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: jmcala 15 January, 2017, 11:33:04 +01:00
Creo que sí. Los funcionarios pueden porque se supone que tienen una relación continua con la Administración.

A los interinos no se les permite porque no se da esa premisa en teoría. Luego sabemos que no es así en la práctica.
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: respublica 15 January, 2017, 13:50:34 +01:00
: jmcala  15 January, 2017, 11:33:04 +01:00
Creo que sí. Los funcionarios pueden porque se supone que tienen una relación continua con la Administración.

A los interinos no se les permite porque no se da esa premisa en teoría. Luego sabemos que no es así en la práctica.

Los funcionarios pueden porque así lo recoge la normativa y los interinos y laborales temporales no pueden por el mismo motivo, sin que la administración se moleste en explicar sus motivos. Y si cambian la normativa, como reclaman los sindicatos, sí se podrá.

Eso es todo.


Saludos.

: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: respublica 15 January, 2017, 14:01:23 +01:00
: jmcala  13 January, 2017, 15:19:49 +01:00
¿A santo de qué descuentan el domingo, que nunca es lectivo? Con la entrada en vigor del RD correspondiente, en el que los sábados han dejado de ser hábiles, ¿cómo se justifica que descuenten ese día de trabajo que no puede ser laboral?

Me parece a mí que los sindicatos tienen ahí un filón para poder lucirse.

Según la normativa, que ya se ha referenciado y debiera conocerla todo implicado, se descuenta desde el primer día del permiso hasta el último.

No se descuentan los días intermedios no lectivos de navidad, semana santa, semana blanca o mes de julio y sólo estos porque así se recoge en las aclaraciones a la Circular de permisos. No tiene nada que ver por tanto con que sean días hábiles o no.


Saludos.

: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: jmcala 15 January, 2017, 14:06:27 +01:00
La normativa la conozco. Que esté en la normativa, para mí, no le da la cualidad de justo o lógico.

Y planteaba algo que me parece de justicia. Si no tengo que trabajar los sábados y los domingos, ¿por qué me los descuentan?
: Re:Día de asuntos propios sin retribución economica en un puente
: respublica 15 January, 2017, 14:24:37 +01:00
: jmcala  15 January, 2017, 14:06:27 +01:00
La normativa la conozco. Que esté en la normativa, para mí, no le da la cualidad de justo o lógico.

Y planteaba algo que me parece de justicia. Si no tengo que trabajar los sábados y los domingos, ¿por qué me los descuentan?

Cada vez hay más contratos de lunes a viernes en los que el empresario aplica su lógica de que él no tiene que pagar unos días en los que el trabajador no trabaja y el gobierno e inspección miran para otro lado. Yo mismo he trabajado en centros docentes privados en los que durante los periodos no lectivos no te hacían contrato.

Lo que quiero decir con ello es que el concepto de lógica o lo que es injusto es algo subjetivo y ajeno a los procedimientos administrativos o de relaciones laborales sujetos a negociación colectiva.

Si los trabajadores presionáramos a nuestra empresa para mejorar nuestras condiciones exigiendo lo que para nosotros es de justicia podríamos conseguirlo pero mientras tanto estamos sujetos a lo que ella establezca, que en nuestro caso es la Circular de permisos.

Si nuestros representantes plantearán movilizaciones para conseguir este asunto y que también los interinos podamos solicitarlo ¿cuánto seguimiento tendrían de nuestra parte? La administración sabe de sobra la respuesta y por eso no lo cambia.


Saludos.