Vamos a ver si me entero de una vez:
Resulta que voy a ser padre y quiero saber si tengo derecho a las 4 semanas adicionales y cuándo y cómo.
Algunos me dicen que sin problema, que las solicite a continuación de la baja por paternidad y que, si la madre no trabaja para la Junta, me la concederán sin más.
Otros me dicen que debe entregarse un informe de la Seguridad Social indicando cómo será la baja por maternidad, de manera que sólo podrían solicitarse las 4 adicionales una vez acabada la baja de la madre.
Mi intención es complementar la baja por paternidad con las 4 adicionales y el permiso por habernos hecho pareja de hecho.
Sé que estamos mucho mejor que en otros sectores en este aspecto, pero es una puta vergüenza que en otros países se comprenda mejor el alboroto, bueno y malo, que supone tener un hijo. ¡Y gracias que ahora nos dan 1 mes a los padres!
El permiso de paternidad solo lo puedes iniciar en el momento que hace el bebé. Lo digo porque si quieres juntarlo con el permiso de pareja de hecho tendrá que ser este último el que muevas de fecha. Las 4 semanas adicionales se disfrutan cuando la madre termina su baja por maternidad. De ninguna manera vas a pillar las 4 adicionales seguidas del mes de paternidad.
: hybani 03 March, 2017, 22:07:42 +01:00
Vamos a ver si me entero de una vez:
Resulta que voy a ser padre y quiero saber si tengo derecho a las 4 semanas adicionales y cuándo y cómo.
Algunos me dicen que sin problema, que las solicite a continuación de la baja por paternidad y que, si la madre no trabaja para la Junta, me la concederán sin más.
Otros me dicen que debe entregarse un informe de la Seguridad Social indicando cómo será la baja por maternidad, de manera que sólo podrían solicitarse las 4 adicionales una vez acabada la baja de la madre.
Mi intención es complementar la baja por paternidad con las 4 adicionales y el permiso por habernos hecho pareja de hecho.
Sé que estamos mucho mejor que en otros sectores en este aspecto, pero es una puta vergüenza que en otros países se comprenda mejor el alboroto, bueno y malo, que supone tener un hijo. ¡Y gracias que ahora nos dan 1 mes a los padres!
Buenas.
Te recomendaría que directamente llames a tu delegación Provincial para hacer la consulta, si pudieras acercarte personalmente mucho mejor y posteriormente llamaría a la Consejería de Educación a RRHH o gabinete jurídico (Si puedes ir personalmente mejor que mejor) y contrastaría lo que te hayan dicho. Me fiaría más de la consulta realizada a la CEJA.
Ellos son los que mejor te pueden informar, pues son los que tienen que resolver o gestionar la resolución que firme el Delegado/a Provincial.
Eso hice yo cuando nació mi hijo... Pero ya ha llovido bastante.
Saludos
Gracias por vuestra ayuda!
Creo q si q es posible q unas todos esos permisos. El q es invariable es el de paternidad q lo tienes q pedir después de nacer tu hijo, si nace por la tarde comienza al día siguiente. Después del mes de paternidad podrás pedir las cuatro semanas adicionales si la madre no trabaja en junta. Si trabaja en junta tb lo puedes pedir pero ya no lo podrá pedir ella. A continuación podrás pedir el permiso por pareja de hecho si cumples las condiciones para ello. Enhorabuena y q todo vaya bien.
Hola. Sí, puedes pedir las semanas adicionales. Es necesario un documento de renuncia de las madre en el que renuncie a ellas y la vida laboral de ella. En cuanto a lo de acumular con los 15 días por pareja de hecho no hay problema. Tienes un año para pedirtelos desde la fecha de formalización, siempre y cuando no coincida con las semanas prevías a los períodos vacacionales (navidad, semana santa, verano). En la orden de permisos y licencias lo especifica.
Buenas noches a todos,
Me encuentro en tu misma situación pero soy interino. Mi mujer sale de cuentas para primeros de abril y trabaja para un centro privado donde le hacen trabajar la mitad de Julio. Este año le toca la segunda quincena.
Viendo la pregunta del compañero me entra la duda de que si yo también tengo tales derechos. ¿Qué permisos podría pedir? A parte de los 28 días, ¿podría pedir esas dos semanas de julio que mi mujer no trabaja?
¡Muchas gracias!
: TECNOUTRERA 03 March, 2017, 22:24:39 +01:00
: hybani 03 March, 2017, 22:07:42 +01:00
Vamos a ver si me entero de una vez:
Resulta que voy a ser padre y quiero saber si tengo derecho a las 4 semanas adicionales y cuándo y cómo.
Algunos me dicen que sin problema, que las solicite a continuación de la baja por paternidad y que, si la madre no trabaja para la Junta, me la concederán sin más.
Otros me dicen que debe entregarse un informe de la Seguridad Social indicando cómo será la baja por maternidad, de manera que sólo podrían solicitarse las 4 adicionales una vez acabada la baja de la madre.
Mi intención es complementar la baja por paternidad con las 4 adicionales y el permiso por habernos hecho pareja de hecho.
Sé que estamos mucho mejor que en otros sectores en este aspecto, pero es una puta vergüenza que en otros países se comprenda mejor el alboroto, bueno y malo, que supone tener un hijo. ¡Y gracias que ahora nos dan 1 mes a los padres!
Buenas.
Te recomendaría que directamente llames a tu delegación Provincial para hacer la consulta, si pudieras acercarte personalmente mucho mejor y posteriormente llamaría a la Consejería de Educación a RRHH o gabinete jurídico (Si puedes ir personalmente mejor que mejor) y contrastaría lo que te hayan dicho. Me fiaría más de la consulta realizada a la CEJA.
Ellos son los que mejor te pueden informar, pues son los que tienen que resolver o gestionar la resolución que firme el Delegado/a Provincial.
Eso hice yo cuando nació mi hijo... Pero ya ha llovido bastante.
Saludos
Estoy en una situación parecida a la del compañero y el secretario del centro me ha dicho que efectivamente esas 4 semanas adicionales sólo se pueden disfrutar tras la baja de maternidad, lo cual es un sinsentido. Es decir, si yo este año estoy en Cádiz y el año que viene (ojalá) estoy en Málaga, hago un papelito (todo en el mismo) para pedir un permiso de 4 semanas en abril o mayo y otras 4 semanas en septiembre (y ojo que no se las trague el mes de julio). Pero las 4 semanas de septiembre, que son de la delegación de Málaga me las habría aprobado la delegación de Cádiz.
En fin, mucha vuelta para lo de siempre, que para 4 semanas no van a llamar sustituto ahora y para 4 semanas en septiembre muchísimo menos aún. Resultado, se ahorran cerca de 5.000€.
Yo he mandado un correo para agotar vías y mañana llamaré de nuevo a delegación a ver si esta vez consigo contactar con alguien y me dan definitivamente los datos de primera mano.
Es que esta pensado para que el bebé este siempre con el padre o la madre, si se cogiera simultáneamente y los dos trabajan pues tendríais que dejarlo o en guardería o con algún familiar mucho antes. También esta pensado para que el padre se haga responsable de su hijo porque muchas veces si estan los dos de baja al mismo tiempo suele recaer la mayoría del cuidado sobre la madre.
Os cuento mi llamada. Es posible entrar por un resquicio legal y es lo que voy a hacer yo: solicitar mis 4 semanas de paternidad normales, mi mujer me cederá uno de sus 112 días y a continuación de ese día, ya sí cuenta como que estoy pidiendo las 4 semanas adicionales después de la baja de maternidad, ya que ese día era de maternidad, con lo cual se quedaría en 4 semanas + 1 día + 4 semanas.
No sé el caso de cada uno, pero para mí tener ese tiempo seguido es mucho mejor para poder sacar adelante a los churumbeles entre los dos (que no "ayudar" en casa, odio esa expresión, como si mi mujer fuera la que hace las cosas y yo la "ayudo").
Espero que a alguno le sirva, salu2!
Yo no entiendo lo de intercalar un día entre paternidad y adicionales. No hay por qué.
Llamé a otro sindicato y me explicaron que sin problema, que pida en el mismo Anexo I la paternidad y las adicionales. Es más, se debe hacer así.
En delegación intentan liarte para que no las pidas, porque les fastidia tener que pagar a dos. Llamé y me dijeron que tenía que entregar un informe de la Seguridad Social indicando cómo será la baja de mi mujer, una declaración jurada de ella diciendo que no se va a pedir las 4 adicionales (estúpido si ya están viendo que no trabaja para la JA) y el libro de familia.
Un compañero que las disfrutó me ha dicho que ni caso a delegación, que se entrega el anexo I y documentación suficiente para probar que tienes derecho según la circular y que te contesten por escrito denegándotela. Las palabritas por teléfono se las lleva el viento. Las notificaciones van al abogado.
Os cuento lo que yo haré en su momento y ya os relataré cómo me fue:
- Anexo I marcando paternidad y 4 semanaa adicionales.
- Libro de familia.
- Informe de la baja de ella de la Seguridad Social.
- Vida laboral de ella.
- Declaración jurada de ella.
- Contrato de ella y cualquier otro documento de empresa que justifique contrato laboral vigente.
- Páginas de la circular subrayaditas en amarillo.
Por cierto, no sé si lo dije, pero yo soy interino con vacante.
: hybani 16 March, 2017, 14:20:26 +01:00
Yo no entiendo lo de intercalar un día entre paternidad y adicionales. No hay por qué.
Llamé a otro sindicato y me explicaron que sin problema, que pida en el mismo Anexo I la paternidad y las adicionales. Es más, se debe hacer así.
En delegación intentan liarte para que no las pidas, porque les fastidia tener que pagar a dos. Llamé y me dijeron que tenía que entregar un informe de la Seguridad Social indicando cómo será la baja de mi mujer, una declaración jurada de ella diciendo que no se va a pedir las 4 adicionales (estúpido si ya están viendo que no trabaja para la JA) y el libro de familia.
Un compañero que las disfrutó me ha dicho que ni caso a delegación, que se entrega el anexo I y documentación suficiente para probar que tienes derecho según la circular y que te contesten por escrito denegándotela. Las palabritas por teléfono se las lleva el viento. Las notificaciones van al abogado.
Os cuento lo que yo haré en su momento y ya os relataré cómo me fue:
- Anexo I marcando paternidad y 4 semanaa adicionales.
- Libro de familia.
- Informe de la baja de ella de la Seguridad Social.
- Vida laboral de ella.
- Declaración jurada de ella.
- Contrato de ella y cualquier otro documento de empresa que justifique contrato laboral vigente.
- Páginas de la circular subrayaditas en amarillo.
Por cierto, no sé si lo dije, pero yo soy interino con vacante.
Podrías por favor poner el Link a la circular?
Gracias.
Es que no tengo claro si la mujer tiene que estar trabajando para esas 4 semanas adicionales y lo que pasa con el permiso si nace d agosto!
Aquí la tenéis.
Si nace en agosto, se pasa a septiembre. Míralo.
[archivo adjunto borrado por el administrador]
: hybani 16 March, 2017, 19:00:25 +01:00
Aquí la tenéis.
Si nace en agosto, se pasa a septiembre. Míralo.
Muchas gracias
No quiero liar a nadie, pero comento lo que me han dicho a mí desde la delegación de Cádiz y tras consultar con el jefe de recursos humanos, por teléfono todo, eso sí. Lo que pone en la página 29 de la circular más reciente, la que el compañero adjunta, respecto a las cuatro semanas adicionales es exactamente esto:
"- En todos los casos, el permiso deberá disfrutarse de forma ininterrumpida e inmediatamente posterior al permiso por parto o adopción o acogimiento."
Esa línea es a la que se pueden acoger para no admitir las 4 semanas adicionales sin intercalar ese día o una semana o cualquier periodo de tiempo que se le reste al permiso por parto o adopción o acogimiento, que es el que le corresponde a la madre.
Ese problema también me lo señaló un compañero de máxima confianza de CGT y de hecho él no llegó a ver posibilidad de saltarme esa restricción. El caso "normal" sería pedir las 4 semanas adicionales tras las 16 de la madre.
De ahí viene el tema de restar algún tiempo al permiso de la madre y poder cumplir con todas las líneas de la legislación. Si al compañero se lo admiten como quiere perfecto, como en este desgobierno funcionamos por delegaciones, pues cualquiera sabe, pero yo me voy a atener a lo que he consultado en la delegación que me corresponde. Aconsejo hacer lo mismo a todo el que tenga dudas tras leer todo esto.
Salu2!
Hoy me han concedido (por fin) las dichosas 4 semanas adicionales.
Mi hija nació a mediados de abril y solicité, cuando logré recopilar toda la documentación, los siguientes permisos:
- Permiso por paternidad (4 semanas). Adjunté Anexo I correspondiente y fotocopia del libro de familia.
- Permiso por parto (2 semanas que me cedió mi pareja). Adjunté Anexo I correspondiente, modelo "Opción de la madre, cediendo parte del descanso de maternidad por nacimiento, a favor del otro progenitor" (modelo de la Seguridad Social que se puede encontrar en Internet) con registro de entrada en la SS y una declaración jurada de mi pareja en la que me cede las 2 semanas (modelo libre y firmado por ella).
- Cuatro semanas adicionales por parto, adopción y acogimiento. Adjunté Anexo I correspondiente, certificado de la empresa de mi pareja en el que dice explícitamente que por su convenio no tienen 4 semanas adicionales (o que no se las va a coger ella) y un Informe (el de la baja médica de ella) en el aparecen la fecha de inicio y la de finalización de su baja.
Pues bien, mandé toda esta documentación al IES y a la semana o así me concedieron (se puede ver en los avisos de Séneca) el permiso por paternidad y las 2 semanas que me cedió mi pareja.
Un mes después, a punto de acabarse mi baja, llamé a delegación y una funcionaria me dice que no tengo derecho, que si en todo caso empezaría a disfrutar esas 4 semanas tras el alta de mi pareja, que si es lo que dice la famosa Circular (tan ambigua como cualquier otra ley de este país de pandereta), etc. A mí me sube la tensión, pues me veo alejado 300 y pico km de mi hija por la incompetencia de la Administración, y le digo que respondan por escrito a mi solicitud, que es lo que deben hacer como Administración. La tía me responde que hable con el Jefe de Servicio. A los 5 minutos me vuelve a llamar, me da la razón y me aclara que me lo conceden gracias a que INTERCALÉ DÍAS DE MATERNIDAD entre los dos permisos.
Así que chicos, ya sabéis, como dijo el compañero, y aunque sea una soberana tontería y una interpretación extremista de la Circular, HAY QUE INTERCALAR días de maternidad que os ceda vuestra pareja. Y pelear. Siempre pelear.
Este curso he pasado por varias etapas en mi interpretación de esta pu.. circular. Cuanto a más gente preguntaba, menos claro lo tenía.
Espero que mis quebraderos de cabeza le sirvan a alguien.
Me alegro hybani y seguro que les sirve a otros compañeros. Ahora a seguir disfrutando de tu peque :)