ForoUSTEA de maestros/as y profesores/as que les gusta la educación

Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Foro general - Enseñanza => : david3142001 07 April, 2017, 19:31:36 +02:00

: ¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: david3142001 07 April, 2017, 19:31:36 +02:00
Llevo de provisional desde 2010, en la profesión desde 2003. ¿Por qué tengo menos derechos que otros compañeros? ¿Por no saber inglés? Queridos sindicatos, ¿por qué no habéis luchado también por nosotros? Indignado.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: jmcala 08 April, 2017, 09:52:20 +02:00
Porque ya participáis en la colocación de efectivos.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: rox4ever 08 April, 2017, 12:27:09 +02:00
Mensaje polémico de este año por el Concursillo en 3, 2, 1...
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: mestizo 10 April, 2017, 00:30:17 +02:00
: david3142001  07 April, 2017, 19:31:36 +02:00
Llevo de provisional desde 2010, en la profesión desde 2003. ¿Por qué tengo menos derechos que otros compañeros? ¿Por no saber inglés? Queridos sindicatos, ¿por qué no habéis luchado también por nosotros? Indignado.

Como no soy provisional no sé cómo va eso, pero siempre pensé que el que saca la plaza en una oposición, estaba un año de prácticas en el centro que le adjudicaran, y al siguiente año ya obtenía un destino definitivo.

¿Cómo es posible que esta persona lleve de provisional 7 años?

Se supone que si en unas oposiciones y para una especialidad la  administración oferta 100 plazas es porque esas plazas van a ser ocupadas, después del año de prácticas, por los 100 docentes que han sacado la plaza.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: mapa 10 April, 2017, 07:29:57 +02:00
Depende de las especialidades. Por ejemplo, de los que aprobaron en matemáticas en el 2010, aún quedarán unos 200 o más por colocar después del concurso de traslados actual. Lo ideal sería, como dices, que no se estuviese más de 1 año de provisional-prácticas, pero en la práctica no es así pues, aunque haya plazas muchas veces no se consolidan y, por tanto, no pueden ser ocupados por funcionarios con plaza propia.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: rantanplan 10 April, 2017, 10:45:15 +02:00
: mestizo  10 April, 2017, 00:30:17 +02:00¿Cómo es posible que esta persona lleve de provisional 7 años?

En informática llevan 10 años: hay por colocar funcionarios que sacaron plaza en el procedimiento del 2006. Y eso que este año le han dado un achuchón sacando 18 plazas. Pero aún quedan unos cuantos más el grueso de los 50 que aprobaran en 2008.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: theedge 10 April, 2017, 17:51:11 +02:00
Hola a tod@s!

Pues todo lo que decís es bien cierto, pero la respuesta a la pregunta ya está dada. Los provisionales participan en la colocación de efectivos, lo que no podían hacerlo hasta el año pasado eran los definitivos, ahí precisamente estaba la injusticia. Evidentemente lo que cambia es el orden de adjudicación de destinos, que va desde los reingresados , pasando por los definitivos (por escalafón), provisionales, comisiones de servicio y por último interinos. Las verdad es que en la mayoría de los casos no fue para tanto como se esperaba, aunque claro los que más perdieron fueron una vez más los interinos.

El tema de los idiomas es "harina de otro costal". Nunca está de más saberlos y haber pasado unos años preparándolos, si ahora suponen un beneficio (cada vez menos la verdad), es porque hay quien se ha formado más en ese aspecto.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: david3142001 22 April, 2017, 10:25:00 +02:00
Porque ya participamos en la colocación de efectivos? Solo nos faltaría que no pudiésemos participar en la colocación de efectivos!

Que los que saben inglés se lo merecen porque han pasado tiempo preparándose? He perdido la cuenta de los cursos que he hecho para formarme como profesor, he empleado mucho tiempo en ello, aún así me sigue costando que los alumnos me entiendan en español, lo más lógico era prepararme para explicarles en inglés?

Mi tema es que no sé porque a los provisionales no se nos dan los mismos derechos que a los definitivos, teniendo la misma oposición. Sospecho que en los sindicatos de enseñanza, no hay muchos provisionales, o ninguno y que esa es la respuesta.

Otro tema es la continuidad del profesorado en los centros. Nos preocupan los alumnos? Jajajajajajajajj!
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: mapa 24 April, 2017, 17:17:59 +02:00
David, el llamado concursillo es el procedimiento por el que una persona que tiene puesto definitivo puede participar en la colocación de efectivos puestos que no sean específicos, por lo que concurren 2 cosas: los provisionales no tienen puesto definitivo y ya deben participar en la colocación de efectivos, por lo tanto no necesitan echar ninguna instancia para participar en la misma pues es su obligación. No es que se discrimine (al menos en ese sentido) a los provisionales, sino que ya participan por obligación.
Otra cosa distinta es que  uno piense que es justo o no (ahí no me voy a meter) el orden de elección de los mismos.
Con respecto a lo del inglés. Yo también llevo muchos años formándome (y los que seguiré) y me ha dado tiempo a formarme también en inglés. Pero la participación en la colocación de efectivos es por la especialidad que tiene, no por el puesto que tienes, así que creo que deberían poder participar por su especialidad y, como el resto, pedir puestos específicos para los que están formados.  Lo que no vería lógico es que por estar más formado que otros tengas menos opciones para elegir puestos.

: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: rantanplan 25 April, 2017, 12:11:05 +02:00
: mapa  24 April, 2017, 17:17:59 +02:00Pero la participación en la colocación de efectivos es por la especialidad que tiene, no por el puesto que tienes, así que creo que deberían poder participar por su especialidad y, como el resto, pedir puestos específicos para los que están formados.  Lo que no vería lógico es que por estar más formado que otros tengas menos opciones para elegir puestos.

Lo que creamos justo o injusto es absolutamente irrelevante. Según la ley (o sea, la orden), las personas que participan a consecuencia de haber obtenido una comisión de servicios por conciliación, sólo pueden hacerlo para puestos de las mismas características de su puesto definitivo, no para puestos que sean de su especialidad. Pero la convocatoria del año pasado lo contravenía y permitía participar en puestos de las mismas características. La próxima convocatoria, a saber: dependerá de si se ciñen a la orden o no; y si alguien reclama o no, claro.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: mapa 25 April, 2017, 13:59:19 +02:00
Rantamplán, por curiosidad, ¿En qué ley o decreto está escrito lo del que hay que optar por puesto de las mismas características?.  (No lo pongo en duda, sólo quiero leerlo)
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: rantanplan 25 April, 2017, 14:45:20 +02:00
: mapa  25 April, 2017, 13:59:19 +02:00Rantamplán, por curiosidad, ¿En qué ley o decreto está escrito lo del que hay que optar por puesto de las mismas características?.  (No lo pongo en duda, sólo quiero leerlo)

En la orden que regula el procedimiento de colocación de efectivos (24 de mayo de 2011), en su redacción de 18 de junio de 2016:

«Artículo 13. Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza beneficiario de una comisión de servicio.

[...]

5. Para concurrir al procedimiento de adjudicación de destinos provisionales a que se refiere el presente Capítulo, el personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral deberá cumplir el requisito de haber participado en el concurso de traslados cuyos efectos de toma de posesión coincidan con los del correspondiente procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, salvo que la normativa vigente en la materia le hubiera impedido su participación.
A los efectos de lo establecido en el párrafo anterior, la participación en los concursos de traslados habrá de ser efectiva, no admitiéndose cuando se hayan solicitado puestos, centros o localidades incompatibles con el cuerpo y la especialidad de la persona solicitante o cuando se haya renunciado al procedimiento.

El personal a que se refiere este apartado solo podrá solicitar puestos de trabajo de las mismas características del puesto de su destino definitivo en cualquier centro, zona, servicio educativo o localidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre que las localidades o los centros solicitados no pertenezcan al municipio del centro de destino definitivo. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos, si cumple los requisitos que para su desempeño se establezcan en las convocatorias.

Por último, quien participe y obtenga destino provisional durante seis cursos académicos consecutivos por esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtener una nueva comisión de servicio ni, en consecuencia, participar en este procedimiento, por este colectivo, hasta no haber mediado una convocatoria sin participar.»
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: mapa 25 April, 2017, 15:48:32 +02:00
Ok,gracias.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: theedge 25 April, 2017, 17:57:26 +02:00
Bueno puedes participar por tu especialidad y por puestos específicos. Incluso por francés lengua extranjera si estás habilitado, en mi caso es así. Y tengo definitivo por PT e hice concursillo por PT y por Francés. y de hecho la plaza que ocupo es por Francés. Así que hay excepciones a la norma también.

Saludos.
: Re:¿Por qué los provisionales no tenemos derecho a concursillo?
: rantanplan 25 April, 2017, 21:31:38 +02:00
: theedge  25 April, 2017, 17:57:26 +02:00Bueno puedes participar por tu especialidad y por puestos específicos. Incluso por francés lengua extranjera si estás habilitado, en mi caso es así. Y tengo definitivo por PT e hice concursillo por PT y por Francés. y de hecho la plaza que ocupo es por Francés. Así que hay excepciones a la norma también

Las excepciones vienen también expresadas en el párrafo citado: Asimismo, podrá solicitar puestos específicos, si cumple los requisitos que para su desempeño se establezcan en las convocatorias. Pero eso sólo obra en un sentido, no en el contrario. Y, en cualquier caso, siempre se pueden pedir puestos específicos sin acogerse a la comisión por conciliación: la diferencia es que no se tiene preferencia sobre los provisionales.