Buenos días a todos.
Pido información, porque este es el primer año que trabajo como interina, y todavía hay muchas cosas donde me pierdo.
Hace 4 semanas comencé una sustitución en un IES por baja maternal. Ayer, volviendo con mis compañeros a casa, me enteré de que, en teoría, estoy obligada a dejar preparado los exámenes de Septiembre para el alumnado que suspenda la asignatura. Mi duda es si debo realizarlos yo porque mi dificultad se presenta en que la chica a la que sustituyo no usó libro de texto (de hecho hay grupos que ni tienen), sino que fue repartiendo fotocopias, haciendo esquemas y resúmenes en clase y, obviamente, estuvieron viendo un material que desconozco y que no sé si se ciñe o no a la programación. Por lo tanto, ¿la realización de esos exámenes debe ser mía o, en este caso, competencia del departamento?
Mil gracias de antemano.
Yo en tu lugar me pondría en contacto con el o la titular y se lo comentaría... siempre lo he hecho así. Si no quieres puedes buscar los examenes que hicieran en su momento de recuperación y sacar el examen de ahí.
No me había dado cuenta de lo de la baja maternal :o
Gracias Aizoa! Entonces entiendo que estoy en obligación de hacerlo. A ver si la titular me ayuda un poco!
No tienes obligación alguna de hacer un trabajo por adelantado. Tú acabarás tu contrato el 30 de junio y te irás al paro tras los días de vacaciones que te correspondan. ¿Desde cuándo hay que hacer el trabajo por adelantado?
Que tú quieras dejarlo puesto, vale. Que te vendan la burra de que tienes la obligación de hacerlo, no cuela.
: jmcala 03 June, 2017, 13:23:12 +02:00
No tienes obligación alguna de hacer un trabajo por adelantado. Tú acabarás tu contrato el 30 de junio y te irás al paro tras los días de vacaciones que te correspondan. ¿Desde cuándo hay que hacer el trabajo por adelantado?
Que tú quieras dejarlo puesto, vale. Que te vendan la burra de que tienes la obligación de hacerlo, no cuela.
Eso pensaba yo, pero me comentan que debo hacerlo ya que la titular no se habrá incorporado en septiembre... Y no quiero que llegue la última semana y tenga que hacer todo con prisas y agobios.
Que la titular no se haya incorporado es problema de la Administración. Si te garantizasen tu puesto hasta que se incorporase la titular sí que tendrías esa obligación. Como la Administración trampea y prescinde de ti antes... Que se busquen la vida.
Totalmente de acuerdo contigo. Mil gracias por tu consejo!
El año pasado estuve en la misma situación. Yo sí que los dejé todos preparados, fotocopias incluidas.
Este año lo volveré a hacer.
No sé si estoy "obligado" o no, pero me parece lo más correcto pensando en mis alumnos y compañeros de departamento.
Obligación no tienes pero ten en cuenta que si te dan vacante informatizada tienes que ir en septiembre a realizar los exámenes y si que tendrás que ponerlos tú. Para mi es más fácil ponerlos ahora que en septiembre.
Vacante no tendré porque acabo de entrar pero sí los dejaré puestos. Mi problema era que la titular no es muy colaborativa conmigo y se me presentaban muchas dudas a la hora de hacer los exámenes. Gracias a todos por vuestros consejos!
Mi director me ha dicho que si me dan vacante en julio tengo que ir a hacer los examenes. El problema es que yo ahora estoy connuna sustitucion así que creo que no me corresponde. ¿Que hago?¿A donde llamo o donde consulto legislacion que me aclare el asunto?
Me sorprende que los sindicatos no tomen cartas en el asunto.
Imaginemos que te dan otro puesto en verano a cuatrocientos kilómetros de donde estás ahora. Tu nombramiento será desde el 1 de septiembre en ese centro, ¿verdad? Pues está claro y diáfano que tienes que estar en tu centro de destino ese día.
Luego sacan una orden, de la que afirmo que es ilegal, y pretenden que tú, como trabajador, te desplaces esos cuatrocientos kilómetros para hacer un trabajo. ¿Quién se hace cargo de los gastos que ello supone? Ahí está la ilegalidad y no entiendo cómo ningún sindicato ha denunciado esto. No puede ser el trabajador el que corra con los gastos. Eso lo prohíbe la ley.
La solución que le veo es informar a la empresa por escrito de que sólo se irá al otro centro cuando ésta aboné los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención. Es más, que adelante un fondo de previsión de gastos que permita al trabajador poder cumplir "la orden".