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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : polpo82 13 November, 2017, 09:45:50 +01:00

: Duda sobre licencias y permisos
: polpo82 13 November, 2017, 09:45:50 +01:00
Buenos días,

Como futuro padre, ¿tengo derecho a ausentarme del centro para acompañar a mi mujer a una ecografía (20 semanas)?

Gracias por vuestra ayuda.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 13 November, 2017, 09:50:11 +01:00
: polpo82  13 November, 2017, 09:45:50 +01:00
Buenos días,

Como futuro padre, ¿tengo derecho a ausentarme del centro para acompañar a mi mujer a una ecografía (20 semanas)?

Gracias por vuestra ayuda.

Sí.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: polpo82 13 November, 2017, 09:56:49 +01:00
Gracias por tu respuesta, albay.
¿Me puedes indicar a qué fundamento legal debo acogerme?

Saludos
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 13 November, 2017, 11:31:31 +01:00
: polpo82  13 November, 2017, 09:56:49 +01:00
Gracias por tu respuesta, albay.
¿Me puedes indicar a qué fundamento legal debo acogerme?

Saludos

El de asistencia a un deber inexcusable de carácter personal.
La única pega que te pueden poner es que las ecografías deben pedirse en horario de tarde, pero por una vez no pasa nada.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: polpo82 13 November, 2017, 14:57:38 +01:00
Muchísimas gracias por la aclaración, albay.
En la Seguridad Social no dan citas por la tarde y esta sería mi única ausencia al respecto. Espero que no haya problemas, mañana hablaré con la Jefa de Estudios.

Saludos
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: zocter 13 November, 2017, 15:08:09 +01:00
Yo he sido padre, legalmente no corresponde. Eso me han dicho a mi dos directores diferentes. Que te quieran hacer el favor, ya no entro....Pero permiso como tal no existe.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: polpo82 13 November, 2017, 19:11:13 +01:00
Gracias por el matiz Zocter, ¿a ti te hicieron el favor?
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 13 November, 2017, 19:24:32 +01:00
10. POR TIEMPO INDISPENSABLE PARA EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER INEXCUSABLE DE CARÁCTER PÚBLICO O PERSONAL Y POR DEBERES RELACIONADOS CON LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL


Este permiso existe sí o sí. Otra cosa es que la directiva de tu centro lo quiera aplicar, pero su negativa puede traer consecuencias. Eso sí, las ecografías pueden pedirse por la tarde como bien ha dicho otro compañero.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

En su apartado f:

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.


Como veis no especifica sexo del trabajador, por lo cual se entiende que para ambos, porque si fuera solo para las mujeres, lo indicaría.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: zocter 14 November, 2017, 09:23:53 +01:00
: albay  13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

En su apartado f:

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.


Como veis no especifica sexo del trabajador, por lo cual se entiende que para ambos, porque si fuera solo para las mujeres, lo indicaría.
Los examenes prenatales y el parto es de una mujer. Yo digo, de todos modos, lo que me dijeron. Y ese director, iba a tener un hijo y no pudo ir a la Eco tampoco.

@polpo82, yo me lo perdí.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 14 November, 2017, 10:01:49 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 09:23:53 +01:00
: albay  13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

En su apartado f:

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.


Como veis no especifica sexo del trabajador, por lo cual se entiende que para ambos, porque si fuera solo para las mujeres, lo indicaría.
Los examenes prenatales y el parto es de una mujer. Yo digo, de todos modos, lo que me dijeron. Y ese director, iba a tener un hijo y no pudo ir a la Eco tampoco.

@polpo82, yo me lo perdí.

Pues o te mintió o está mal informado. Y el hijo lo llevará la mujer, pero es de los dos ¿o no? El Estatuto lo deja claro a lo no especificar el sexo del trabajador. Luego queremos igualdad de sexos.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: zocter 14 November, 2017, 10:54:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 10:01:49 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 09:23:53 +01:00
: albay  13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

En su apartado f:

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.


Como veis no especifica sexo del trabajador, por lo cual se entiende que para ambos, porque si fuera solo para las mujeres, lo indicaría.
Los examenes prenatales y el parto es de una mujer. Yo digo, de todos modos, lo que me dijeron. Y ese director, iba a tener un hijo y no pudo ir a la Eco tampoco.

@polpo82, yo me lo perdí.

Pues o te mintió o está mal informado. Y el hijo lo llevará la mujer, pero es de los dos ¿o no? El Estatuto lo deja claro a lo no especificar el sexo del trabajador. Luego queremos igualdad de sexos.
Pues nada, si lo dices, así será. Yo sólo remito mi experiencia y lo que me han dicho dos directivas diferentes y con las que tenía un trato bastante bueno.

De todos modos no se para que dices entonces "La única pega que te pueden poner es que las ecografías deben pedirse en horario de tarde, pero por una vez no pasa nada.".... Si corresponde, corresponde. Si no corresponde, no corresponde.... A una madre no le van a poner "pegas".

: Re:Duda sobre licencias y permisos
: rantanplan 14 November, 2017, 11:19:30 +01:00
: albay  13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

Lo cierto es que leyendo el texto no tengo yo tan clara la respuesta (posiblemente habría que ver si ha habido alguna sentencia al respecto), pero el caso es que lo que diga el Estatuto de los Trabajadores, para nuestro caso, es absolutamente irrelevante. Mirando en el Estatuto Básico del Empleado Público dice lo siguiente:

Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
[...]

e) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las funcionarias embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

Así que me parece claro que no hay derecho, al menos, en el caso del empleado público. Otra cosa es que el director le dé permiso y lo justifique de algún modo, a fin de cuentas, es algo en lo que todos querríamos estar presentes.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 14 November, 2017, 11:41:55 +01:00
El Estatuto de los Trabajadores es ley de superior rango a la del funcionario público, pero sí, habría que ver si hay alguna sentencia a favor.

: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 14 November, 2017, 11:43:56 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 10:54:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 10:01:49 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 09:23:53 +01:00
: albay  13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

En su apartado f:

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.


Como veis no especifica sexo del trabajador, por lo cual se entiende que para ambos, porque si fuera solo para las mujeres, lo indicaría.
Los examenes prenatales y el parto es de una mujer. Yo digo, de todos modos, lo que me dijeron. Y ese director, iba a tener un hijo y no pudo ir a la Eco tampoco.

@polpo82, yo me lo perdí.

Pues o te mintió o está mal informado. Y el hijo lo llevará la mujer, pero es de los dos ¿o no? El Estatuto lo deja claro a lo no especificar el sexo del trabajador. Luego queremos igualdad de sexos.
Pues nada, si lo dices, así será. Yo sólo remito mi experiencia y lo que me han dicho dos directivas diferentes y con las que tenía un trato bastante bueno.

De todos modos no se para que dices entonces "La única pega que te pueden poner es que las ecografías deben pedirse en horario de tarde, pero por una vez no pasa nada.".... Si corresponde, corresponde. Si no corresponde, no corresponde.... A una madre no le van a poner "pegas".

Hay ciertas gestiones que estamos acostumbrados a hacer en horario de mañana, pero debemos saber que tenemos obligación "en la medida de lo posible" de exigir horario de tarde. El ejemplo más claro es el de los notarios, que todos, tienen un día a la semana por la tarde. Por Notaría no se puede dar permiso. Lo mismo que ir al dentista, oculista, y las ecografías entrarían en este supuesto.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: zocter 14 November, 2017, 11:56:55 +01:00
: albay  14 November, 2017, 11:43:56 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 10:54:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 10:01:49 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 09:23:53 +01:00
: albay  13 November, 2017, 19:44:05 +01:00
Estatuto de los Trabajadores, art. 37.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

En su apartado f:

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.


Como veis no especifica sexo del trabajador, por lo cual se entiende que para ambos, porque si fuera solo para las mujeres, lo indicaría.
Los examenes prenatales y el parto es de una mujer. Yo digo, de todos modos, lo que me dijeron. Y ese director, iba a tener un hijo y no pudo ir a la Eco tampoco.

@polpo82, yo me lo perdí.

Pues o te mintió o está mal informado. Y el hijo lo llevará la mujer, pero es de los dos ¿o no? El Estatuto lo deja claro a lo no especificar el sexo del trabajador. Luego queremos igualdad de sexos.
Pues nada, si lo dices, así será. Yo sólo remito mi experiencia y lo que me han dicho dos directivas diferentes y con las que tenía un trato bastante bueno.

De todos modos no se para que dices entonces "La única pega que te pueden poner es que las ecografías deben pedirse en horario de tarde, pero por una vez no pasa nada.".... Si corresponde, corresponde. Si no corresponde, no corresponde.... A una madre no le van a poner "pegas".

Hay ciertas gestiones que estamos acostumbrados a hacer en horario de mañana, pero debemos saber que tenemos obligación "en la medida de lo posible" de exigir horario de tarde. El ejemplo más claro es el de los notarios, que todos, tienen un día a la semana por la tarde. Por Notaría no se puede dar permiso. Lo mismo que ir al dentista, oculista, y las ecografías entrarían en este supuesto.
Total, que no tienen que dar el permiso legalmente.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: rantanplan 14 November, 2017, 11:58:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 11:41:55 +01:00El Estatuto de los Trabajadores es ley de superior rango a la del funcionario público, pero sí, habría que ver si hay alguna sentencia a favor.

Yo me pierdo un poco en asuntos jurídicos, pero ambos textos son Reales Decretos Legislativos, así que veo que uno sea de superior rango.. Lo que sí tienen es distinto ámbito de aplicación. De hecho, en el de los Trabajdores dice lo siguiente:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

A los efectos de esta ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

3. Se excluyen del ámbito regulado por esta ley:

) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: polpo82 14 November, 2017, 13:39:05 +01:00
En mi centro han entendido la normativa según la lectura de albay y entendiendo que el hijo es de los 2. De hecho me han dicho que el justificante irá a nombre de la madre pero me servirá para justificar la falta.
Entiendo vuestra postura de pedir las citas por las tardes (que es lo que suelo hacer) pero en la Seguridad Social hay veces que no dan opción alguna.

Gracias albay, zocter y rantanplan por vuestra ayuda.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: zocter 14 November, 2017, 14:01:43 +01:00
De nada. Si tu centro te lo concede, nada más que decir. Eso sí, haz una copia del anexo i y listo.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 14 November, 2017, 14:34:01 +01:00
: zocter  14 November, 2017, 14:01:43 +01:00
De nada. Si tu centro te lo concede, nada más que decir. Eso sí, haz una copia del anexo i y listo.

Sería conveniente que esta información se divulgase por todos los centros, para que no sea arbitrio de la dirección de turno. Si queremos avanzar en igualdad entre hombres y mujeres y si tan de moda está la llamada Conciliación Familiar, está claro que esto es muy importante.
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: respublica 14 November, 2017, 15:32:11 +01:00
: rantanplan  14 November, 2017, 11:58:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 11:41:55 +01:00El Estatuto de los Trabajadores es ley de superior rango a la del funcionario público, pero sí, habría que ver si hay alguna sentencia a favor.

Yo me pierdo un poco en asuntos jurídicos, pero ambos textos son Reales Decretos Legislativos, así que veo que uno sea de superior rango.. Lo que sí tienen es distinto ámbito de aplicación. De hecho, en el de los Trabajdores dice lo siguiente:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

A los efectos de esta ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

3. Se excluyen del ámbito regulado por esta ley:

) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
El Estatuto de los Trabajadores para los funcionarios tiene carácter supletorio, es decir, que sólo se aplica si nuestro propio Estatuto Básico del Empleado Público no recoge algún aspecto.

Por tanto prevalece lo que establece el EBEP.


Saludos.

: Re:Duda sobre licencias y permisos
: albay 14 November, 2017, 16:53:54 +01:00
: respublica  14 November, 2017, 15:32:11 +01:00
: rantanplan  14 November, 2017, 11:58:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 11:41:55 +01:00El Estatuto de los Trabajadores es ley de superior rango a la del funcionario público, pero sí, habría que ver si hay alguna sentencia a favor.

Yo me pierdo un poco en asuntos jurídicos, pero ambos textos son Reales Decretos Legislativos, así que veo que uno sea de superior rango.. Lo que sí tienen es distinto ámbito de aplicación. De hecho, en el de los Trabajdores dice lo siguiente:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

A los efectos de esta ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

3. Se excluyen del ámbito regulado por esta ley:

) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
El Estatuto de los Trabajadores para los funcionarios tiene carácter supletorio, es decir, que sólo se aplica si nuestro propio Estatuto Básico del Empleado Público no recoge algún aspecto.

Por tanto prevalece lo que establece el EBEP.


Saludos.

¿Y cuál es tu opinión sobre el asunto de las ecografías prenatales?
: Re:Duda sobre licencias y permisos
: respublica 14 November, 2017, 17:07:03 +01:00
: albay  14 November, 2017, 16:53:54 +01:00
: respublica  14 November, 2017, 15:32:11 +01:00
: rantanplan  14 November, 2017, 11:58:50 +01:00
: albay  14 November, 2017, 11:41:55 +01:00El Estatuto de los Trabajadores es ley de superior rango a la del funcionario público, pero sí, habría que ver si hay alguna sentencia a favor.

Yo me pierdo un poco en asuntos jurídicos, pero ambos textos son Reales Decretos Legislativos, así que veo que uno sea de superior rango.. Lo que sí tienen es distinto ámbito de aplicación. De hecho, en el de los Trabajdores dice lo siguiente:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

A los efectos de esta ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

3. Se excluyen del ámbito regulado por esta ley:

) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
El Estatuto de los Trabajadores para los funcionarios tiene carácter supletorio, es decir, que sólo se aplica si nuestro propio Estatuto Básico del Empleado Público no recoge algún aspecto.

Por tanto prevalece lo que establece el EBEP.


Saludos.

¿Y cuál es tu opinión sobre el asunto de las ecografías prenatales?
Tengo que estudiar el caso cuando tenga ocasión.


Saludos.

: Re:Duda sobre licencias y permisos
: rantanplan 14 November, 2017, 17:30:54 +01:00
: respublica  14 November, 2017, 15:32:11 +01:00
La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.

El Estatuto de los Trabajadores para los funcionarios tiene carácter supletorio, es decir, que sólo se aplica si nuestro propio Estatuto Básico del Empleado Público no recoge algún aspecto.

Gracias por la aclaración: de hecho es lo que pone el final del párrafo que referí y que alegremente pasé por alto (ahora está remarcado también).

Esto, sin embargo, me trae a la cabeza otra discusión que hemos tenido en el foro sobre el tiempo mínimo de descanso entre dos jornadas laborales. El EBT establece 12 horas y el EBEP no dice nada al respecto. Por tanto, y en ausencia, de otra norma que pueda afectar a un colectivo determinado de trabajadores, ¿no debería aplicarse este tiempo mínimo también a los funcionarios. Recuerdo que tú mismo enlazaste a esta respuesta de CCOO (u otra parecida porque creo recordar que se refería también una normativa europea:

https://www.feandalucia.ccoo.es/plantilla.aspx?p=20&d=2740&s=4 (https://www.feandalucia.ccoo.es/plantilla.aspx?p=20&d=2740&s=4)

en que desecha lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. Como he visto que la respuesta es de 2012 y el EBT de 2015 he ido a mirar si en el anterior (1995) había ese caracter subsidiario que has subrayado y la coletilla al párrafo de marras también existe.