Buenas!!, tengo una duda a ver si me lo puede aclarar algún forero o del sindicato. Y es como quedara al final la orden que modifica a la de 8 de junio de 2011, en la nueva mesa técnica de 22 de junio, en su artículo 14 apartado 3, se indica que no se tendrá en cuenta el tiempo de servicio a los que ingresen en una bolsa tras una expulsión ( a los aspirantes a interinidad de otras comunidades si se les va a tener en cuenta), en un borrador anterior de abril de 2016 se eliminaba ese apartado y se indicaba que la admón. educativa si iba a considerar el tiempo de servicio al personal expulsado y que reingresara nuevamente en la bolsa. Gracias
Esta es la que quieren firmar ahora los sindicatos que a todo el que venga de fuera se les reconozca tiempos de servicio, habiendo ingresado en La Bolsa andaluza, tanto si han sido expulsados de otras comunidades o si se quedaron sin trabajo, Esta resolución está haciendo mucho daño a interinos que perdimos nuestros tiempos de servicio y volvimos a reingresar posteriormente en la Consejeria de educación.
Palo y zanahoria
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El tiempo de servicio que se tenga en otra administración educativa pública, se cuenta cuando se tenga tiempo de servicio en Andalucía, no antes.
En cuanto a los expulsados, entiendo pues la normativa no dice lo contrario que le pasará exactamente lo mismo. Una vez vuelvan a tener tiempo de servicio, no antes podrá solicitar que se añada, si no sería discriminación.
De todas formas hay que esperar a la normativa definitiva.
Saludos