Soy interino desde octubre de 2017 y me gustaría saber cuando hay que realizar la petición de destinos del años próximo. Según tengo entendido se hace cuando cumplimentemos la solicitud del examen de oposiciones, pero como no la he realizado nunca no sé como se hace. Para el próximo año quiero pedir algunos centros de la provincia de Cordoba y Sevilla y dejar fuera una provincia. No sé si se puede.
Gracias por cualquier información.
Sí se puede, cuando salga la convocatoria verás que podrás pedir hasta 120 destinos (si no lo cambian). Aunque yo de ti no me quitaría ninguna provincia, el año después de oposiciones la bolsa va más lenta y aún más con toda la cantidad de plazas que salen. Es un consejo nada más, yo aún no me he quitado ninguna, le temo a la JA más que a una vara verde.
Buenas, Alguien sabe en qué momento se puede echar la petición de destino para modificar los que se han incluido en la matrícula de los oposiciones?
Muchas Gracias.
En principio, salvo que la convocatoria de colocación diga lo contrario, por algún cambio normativo que lo requiera, no se puede modificar.
Saludos
: bamiportillo1977 11 June, 2018, 12:57:52 +02:00
Buenas, Alguien sabe en qué momento se puede echar la petición de destino para modificar los que se han incluido en la matrícula de los oposiciones?
Muchas Gracias.
Se ha explicado en algún otro hilo. No se puede modificar.
Buenas,
¿Se sabe ya fecha estimada de cuando saldrá la colocación de efectivos? Me han dicho en delegación que está al caer...
: albay 11 June, 2018, 13:39:51 +02:00
: bamiportillo1977 11 June, 2018, 12:57:52 +02:00
Buenas, Alguien sabe en qué momento se puede echar la petición de destino para modificar los que se han incluido en la matrícula de los oposiciones?
Muchas Gracias.
Se ha explicado en algún otro hilo. No se puede modificar.
Pero los interinos que no han echado la matricula para las oposiciones por que no estaban obligados a hacerla para seguir en bolsa entiendo que tendrán un plazo como todos los años para echar los destinos ¿no? en ese caso entiendo que el reto que si han participado en la oposición también podrían volver a echarlo ¿no? ¿ sabéis en que hilo se ha hablado de esto?
Gracias.
Hola, una duda, si te pasa el plazo para rellenar los destinos , para los no opositores, te dejan las mismas provincias que solicitastes?, o hay algún cambio con respecto a la antigua solicitud de destinos que se relleno anteriormente?. Gracias.
: blomquist 12 June, 2018, 10:17:57 +02:00
Hola, una duda, si te pasa el plazo para rellenar los destinos , para los no opositores, te dejan las mismas provincias que solicitastes?, o hay algún cambio con respecto a la antigua solicitud de destinos que se relleno anteriormente?. Gracias.
Si eres interino/a y no rellenas la solicitud para la colocación de efectivos, el próximo curso no podrás trabajar. Te mantienen en La Bolsa pero inactivo, hasta que el siguiente curso lo vuelvas a echar. Si en dos cursos no lo echas, te sacan de la bolsa. Al menos así era antes, no sé si con la normativa que han sacado este curso eso ha cambiado.
La colocación no sale porque tiene que salir la orden que modifica orden 8 de junio de 2011 que regula las bolsas de interinos.
Saludos
Enviado desde mi HUAWEI MT7-L09 mediante Tapatalk
: FLAFLI 12 June, 2018, 11:40:23 +02:00
La colocación no sale porque tiene que salir la orden que modifica orden 8 de junio de 2011 que regula las bolsas de interinos.
Saludos
Enviado desde mi HUAWEI MT7-L09 mediante Tapatalk
Se sabe si en esa orden, se van a incluir en las bolsas bilingües, a todos los que tengan el b2 de idiomas y que ya tienen tiempo de servicio en la bolsa de la misma especialidad.
No es justo que teniendo el b2, C1...haya muchos compañeros que no estamos incluidos en la bilingüe de la especialidad. Solo si se tiene suerte entre una sustitución y otra, y casualmente, llaman de la bilingüe, aunque solo sea un día, automáticamente al curso siguiente ya se aparece en ambas bolsas y con todo el T.S.
Saludos
Entonces si eres interino y en la solicitud de las oposiciones te has equivocado al incluir o no incluir un destino. ¿No se podrá modificar en la petición de destinos que debería salir sobre estas fechas? Sin embargo los interinos que no se presentan a las oposiciones y que, por lo tanto no han solicitado destinos, ¿sí que podrán solicitar destino en esta colocación?.
Gracias!
Repito lo que puse en otro hilo.
Te cito lo que decía la Orden de Colocación de efectivos del año pasado, Base octava, punto 2, párrafo 2:
"Sin perjuicio de lo anterior, el personal participante en los procedimientos selectivos a que se refiere el apartado 1 de esta base ya ha debido presentar, en el plazo habilitado al efecto, el anexo correspondiente a la petición de destino, por lo que no podrá hacerlo al amparo de esta Resolución."
Te pego también la Orden por si quieres comprobarlo.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/ac8ab636-1f25-49f0-a21d-9a49b7a6e12e
Y por supuesto, me refiero a la del año pasado, pero supongo que la de este, será en los mismos términos.
La misma Orden más adelante decía en su Base 10, punto 2:
"No habrá de participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 29 y 31 de marzo de 2017, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes o se desee consignar una nueva relación de centros, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia, a la vista de la inclusión en los Anexos IV y VI de nuevos centros y puestos específicos, respectivamente. En estos casos se deberá participar en este procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, por lo que la solicitud presentada al amparo del referido procedimiento selectivo quedará anulada."
Por lo cual se permite para cambiar el número de provincias, para añadir centros de nueva creación o quitar los suprimidos (Anexo IV) o para pedir puestos específicos (Anexo VI). EXCLUSIVAMENTE.
Gracias!
: bamiportillo1977 12 June, 2018, 09:34:23 +02:00
: albay 11 June, 2018, 13:39:51 +02:00
: bamiportillo1977 11 June, 2018, 12:57:52 +02:00
Buenas, Alguien sabe en qué momento se puede echar la petición de destino para modificar los que se han incluido en la matrícula de los oposiciones?
Muchas Gracias.
Se ha explicado en algún otro hilo. No se puede modificar.
Pero los interinos que no han echado la matricula para las oposiciones por que no estaban obligados a hacerla para seguir en bolsa entiendo que tendrán un plazo como todos los años para echar los destinos ¿no? en ese caso entiendo que el reto que si han participado en la oposición también podrían volver a echarlo ¿no? ¿ sabéis en que hilo se ha hablado de esto?
Gracias.
Alguien puede dar luz a la duda de una compañera. ella es interina y no ha podido concurrir a las oposición ni puede trabajar el año que viene por estar en el extranjero, EE.UU. durante un año. Su idea es estar inactivo durante el próximo curso.
- Si no echa los destinos este año ¿la expulsan de la bolsa, la mantienen inactiva durante un año, el próximo año podría echar destinos?
- En que normativa está regulado estas situaciones.
GRACIAS por adelantado
Si no pide destinos la echan de la bolsa.
Un saludo
¿Los que nos presentamos a oposiciones la semana próxima y rellenamos lis códigos y centros debemos hacer algo?
Pues yo pregunté en sindicatos, porque si no saco plaza me gustaría renunciar a trabajar por un año y me dijeron que rellenara las peticiones en la oposición y que después en las peticiones podia renunciar
: albay 12 June, 2018, 13:02:07 +02:00
Repito lo que puse en otro hilo.
Te cito lo que decía la Orden de Colocación de efectivos del año pasado, Base octava, punto 2, párrafo 2:
"Sin perjuicio de lo anterior, el personal participante en los procedimientos selectivos a que se refiere el apartado 1 de esta base ya ha debido presentar, en el plazo habilitado al efecto, el anexo correspondiente a la petición de destino, por lo que no podrá hacerlo al amparo de esta Resolución."
Te pego también la Orden por si quieres comprobarlo.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/ac8ab636-1f25-49f0-a21d-9a49b7a6e12e
Y por supuesto, me refiero a la del año pasado, pero supongo que la de este, será en los mismos términos.
La misma Orden más adelante decía en su Base 10, punto 2:
"No habrá de participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 29 y 31 de marzo de 2017, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes o se desee consignar una nueva relación de centros, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia, a la vista de la inclusión en los Anexos IV y VI de nuevos centros y puestos específicos, respectivamente. En estos casos se deberá participar en este procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, por lo que la solicitud presentada al amparo del referido procedimiento selectivo quedará anulada."
Por lo cual se permite para cambiar el número de provincias, para añadir centros de nueva creación o quitar los suprimidos (Anexo IV) o para pedir puestos específicos (Anexo VI). EXCLUSIVAMENTE.
Lo que pone ahí es que PUEDES pedir destinos otra vez, volviendo a rellenar todo y quedando anulada la otra.
Pues con esto que comentais me estoy acoj...., a mi me lo consultation en sindicatos y me llamaron y me comentaron que podía renunciar un año, pudiendo realizarlo en la petición de destinos
: sidonie_ 12 June, 2018, 22:56:26 +02:00
: albay 12 June, 2018, 13:02:07 +02:00
Repito lo que puse en otro hilo.
Te cito lo que decía la Orden de Colocación de efectivos del año pasado, Base octava, punto 2, párrafo 2:
"Sin perjuicio de lo anterior, el personal participante en los procedimientos selectivos a que se refiere el apartado 1 de esta base ya ha debido presentar, en el plazo habilitado al efecto, el anexo correspondiente a la petición de destino, por lo que no podrá hacerlo al amparo de esta Resolución."
Te pego también la Orden por si quieres comprobarlo.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/ac8ab636-1f25-49f0-a21d-9a49b7a6e12e
Y por supuesto, me refiero a la del año pasado, pero supongo que la de este, será en los mismos términos.
La misma Orden más adelante decía en su Base 10, punto 2:
"No habrá de participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 29 y 31 de marzo de 2017, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes o se desee consignar una nueva relación de centros, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia, a la vista de la inclusión en los Anexos IV y VI de nuevos centros y puestos específicos, respectivamente. En estos casos se deberá participar en este procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, por lo que la solicitud presentada al amparo del referido procedimiento selectivo quedará anulada."
Por lo cual se permite para cambiar el número de provincias, para añadir centros de nueva creación o quitar los suprimidos (Anexo IV) o para pedir puestos específicos (Anexo VI). EXCLUSIVAMENTE.
Lo que pone ahí es que PUEDES pedir destinos otra vez, volviendo a rellenar todo y quedando anulada la otra.
Estupendo, si tú lo dices.
Entonces, los que hemos rellenado códigos para las oposiciones, podemos modificar cuando salgan las peticiones, no?
Enviado desde mi H60-L04 mediante Tapatalk
: sidonie_ 12 June, 2018, 22:56:26 +02:00
: albay 12 June, 2018, 13:02:07 +02:00
Repito lo que puse en otro hilo.
Te cito lo que decía la Orden de Colocación de efectivos del año pasado, Base octava, punto 2, párrafo 2:
"Sin perjuicio de lo anterior, el personal participante en los procedimientos selectivos a que se refiere el apartado 1 de esta base ya ha debido presentar, en el plazo habilitado al efecto, el anexo correspondiente a la petición de destino, por lo que no podrá hacerlo al amparo de esta Resolución."
Te pego también la Orden por si quieres comprobarlo.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/ac8ab636-1f25-49f0-a21d-9a49b7a6e12e
Y por supuesto, me refiero a la del año pasado, pero supongo que la de este, será en los mismos términos.
La misma Orden más adelante decía en su Base 10, punto 2:
"No habrá de participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 29 y 31 de marzo de 2017, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes o se desee consignar una nueva relación de centros, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia, a la vista de la inclusión en los Anexos IV y VI de nuevos centros y puestos específicos, respectivamente. En estos casos se deberá participar en este procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, por lo que la solicitud presentada al amparo del referido procedimiento selectivo quedará anulada."
Por lo cual se permite para cambiar el número de provincias, para añadir centros de nueva creación o quitar los suprimidos (Anexo IV) o para pedir puestos específicos (Anexo VI). EXCLUSIVAMENTE.
Lo que pone ahí es que PUEDES pedir destinos otra vez, volviendo a rellenar todo y quedando anulada la otra.
¿Donde podríamos consultar esto para que nos quede claro a todos?. Entiendo que este año es diferente ya que hay una novedad importante, no era necesario presentarse a las oposiciones.
Gracias.
: bamiportillo1977 13 June, 2018, 17:33:19 +02:00
: sidonie_ 12 June, 2018, 22:56:26 +02:00
: albay 12 June, 2018, 13:02:07 +02:00
Repito lo que puse en otro hilo.
Te cito lo que decía la Orden de Colocación de efectivos del año pasado, Base octava, punto 2, párrafo 2:
"Sin perjuicio de lo anterior, el personal participante en los procedimientos selectivos a que se refiere el apartado 1 de esta base ya ha debido presentar, en el plazo habilitado al efecto, el anexo correspondiente a la petición de destino, por lo que no podrá hacerlo al amparo de esta Resolución."
Te pego también la Orden por si quieres comprobarlo.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/ac8ab636-1f25-49f0-a21d-9a49b7a6e12e
Y por supuesto, me refiero a la del año pasado, pero supongo que la de este, será en los mismos términos.
La misma Orden más adelante decía en su Base 10, punto 2:
"No habrá de participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 29 y 31 de marzo de 2017, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes o se desee consignar una nueva relación de centros, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia, a la vista de la inclusión en los Anexos IV y VI de nuevos centros y puestos específicos, respectivamente. En estos casos se deberá participar en este procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, por lo que la solicitud presentada al amparo del referido procedimiento selectivo quedará anulada."
Por lo cual se permite para cambiar el número de provincias, para añadir centros de nueva creación o quitar los suprimidos (Anexo IV) o para pedir puestos específicos (Anexo VI). EXCLUSIVAMENTE.
Lo que pone ahí es que PUEDES pedir destinos otra vez, volviendo a rellenar todo y quedando anulada la otra.
¿Donde podríamos consultar esto para que nos quede claro a todos?. Entiendo que este año es diferente ya que hay una novedad importante, no era necesario presentarse a las oposiciones.
Gracias.
Ya digo ahí que esta es la norma del año pasado. La de este habrá que esperar a que salga, y podría cambiar. Yo solo argumenté en base a lo del año pasado y se me ha puesto en duda. En fin.
: albay 13 June, 2018, 17:36:44 +02:00
: bamiportillo1977 13 June, 2018, 17:33:19 +02:00
: sidonie_ 12 June, 2018, 22:56:26 +02:00
: albay 12 June, 2018, 13:02:07 +02:00
Repito lo que puse en otro hilo.
Te cito lo que decía la Orden de Colocación de efectivos del año pasado, Base octava, punto 2, párrafo 2:
"Sin perjuicio de lo anterior, el personal participante en los procedimientos selectivos a que se refiere el apartado 1 de esta base ya ha debido presentar, en el plazo habilitado al efecto, el anexo correspondiente a la petición de destino, por lo que no podrá hacerlo al amparo de esta Resolución."
Te pego también la Orden por si quieres comprobarlo.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/ac8ab636-1f25-49f0-a21d-9a49b7a6e12e
Y por supuesto, me refiero a la del año pasado, pero supongo que la de este, será en los mismos términos.
La misma Orden más adelante decía en su Base 10, punto 2:
"No habrá de participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 29 y 31 de marzo de 2017, salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para obtención de vacantes o se desee consignar una nueva relación de centros, localidades o servicios educativos, por orden de preferencia, a la vista de la inclusión en los Anexos IV y VI de nuevos centros y puestos específicos, respectivamente. En estos casos se deberá participar en este procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, por lo que la solicitud presentada al amparo del referido procedimiento selectivo quedará anulada."
Por lo cual se permite para cambiar el número de provincias, para añadir centros de nueva creación o quitar los suprimidos (Anexo IV) o para pedir puestos específicos (Anexo VI). EXCLUSIVAMENTE.
Lo que pone ahí es que PUEDES pedir destinos otra vez, volviendo a rellenar todo y quedando anulada la otra.
¿Donde podríamos consultar esto para que nos quede claro a todos?. Entiendo que este año es diferente ya que hay una novedad importante, no era necesario presentarse a las oposiciones.
Gracias.
Ya digo ahí que esta es la norma del año pasado. La de este habrá que esperar a que salga, y podría cambiar. Yo solo argumenté en base a lo del año pasado y se me ha puesto en duda. En fin.
Toda la información que se aporte siempre es de agradecer.
Saludos.
En la relación de preguntas frecuentes a la hora de presentar la solucitud a través del portal web te indicaban la forma de proceder en el caso de cometer algún error en la cumplimentacion de la solicitud. Cualquier campo puede ser modificado mediante subsanacion de errores, presentando un escrito a la dirección gral de recursos humanos.
No encuentro el texto citado puesto que la página expiró cuando terminó el plazo. En mi caso particular, presenté ese escrito, y me aseguraron desde allí que todas las peticiones eran tramitadas y que se podía modificar cualquier campo. Si por lo que fuera no se tramitara tienes derecho a presentar alegaciones con la copia del escrito presentado.
: maravical 14 June, 2018, 11:25:21 +02:00
En la relación de preguntas frecuentes a la hora de presentar la solucitud a través del portal web te indicaban la forma de proceder en el caso de cometer algún error en la cumplimentacion de la solicitud. Cualquier campo puede ser modificado mediante subsanacion de errores, presentando un escrito a la dirección gral de recursos humanos.
No encuentro el texto citado puesto que la página expiró cuando terminó el plazo. En mi caso particular, presenté ese escrito, y me aseguraron desde allí que todas las peticiones eran tramitadas y que se podía modificar cualquier campo. Si por lo que fuera no se tramitara tienes derecho a presentar alegaciones con la copia del escrito presentado.
De acuerdo, pero una cosa es subsanar un error, y otra distinta cambiar de opinión a la hora de echar los códigos.
Pues no pongas que has cambiado de opinión sino que te has equivocado (aunque creo que da lo mismo).