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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => Oposiciones 2025 => : Scipion 20 April, 2018, 11:46:32 +02:00

: ¿Es necesario adjuntar el CAP?
: Scipion 20 April, 2018, 11:46:32 +02:00
Algunos compañeros (interinos) tenemos dudas sobre si es necesario adjuntar el CAP en la tramitación telemática. En el documento de la Consejería sobre documentación a aportar pone que el "personal aspirante" debe hacerlo pero no sé si eso incluye a todos o excluye al personal interino.
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 20 April, 2018, 13:45:33 +02:00
Cuando en la convocatoria pone personal aspirante se refiere al que aspira a superar el procedimiento selectivo, no tiene nada que ver con el aspirante a una interinidad, es decir que aspirantes somos todos los que nos presentamos.

El CAP o el Máster es un requisito para todos salvo para quienes se presenten a las especialidades de Escuelas de Artes o estén dispensados, según establece la base decimoséptima de la convocatoria y la base 3.2.1 establece lo siguiente:

"El personal participante a especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas deberá presentar una fotocopia de la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de conformidad con lo estipulado en la base decimoséptima de esta Orden."

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: Scipion 20 April, 2018, 16:09:50 +02:00
Gracias, respublica
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: fran5 20 April, 2018, 16:15:57 +02:00
: respublica  20 April, 2018, 13:45:33 +02:00

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.

Si nos fiamos de lo que viene en las faq,  también deberiamos hacer la programacion de 2° y 4° con el RD 1631/2006

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: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: nono26 20 April, 2018, 16:49:10 +02:00
: fran5  20 April, 2018, 16:15:57 +02:00
: respublica  20 April, 2018, 13:45:33 +02:00

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.


Si nos fiamos de lo que viene en las faq,  también deberiamos hacer la programacion de 2° y 4° con el RD 1631/2006

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¿?¿?¿?¿?¿?

Quiero entender que no han actualizado las FAQs en ese punto concreto   anaidpreocupados anaidpreocupados  porque espero no ser el único que está adaptando mi PD de 4º a la LOMCE para estas opos
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: albay 20 April, 2018, 16:52:23 +02:00
: nono26  20 April, 2018, 16:49:10 +02:00
: fran5  20 April, 2018, 16:15:57 +02:00
: respublica  20 April, 2018, 13:45:33 +02:00

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.


Si nos fiamos de lo que viene en las faq,  también deberiamos hacer la programacion de 2° y 4° con el RD 1631/2006

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¿?¿?¿?¿?¿?

Quiero entender que no han actualizado las FAQs en ese punto concreto   anaidpreocupados anaidpreocupados  porque espero no ser el único que está adaptando mi PD de 4º a la LOMCE para estas opos

Tú y todo el mundo. Desde luego....
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: ciberale 20 April, 2018, 17:49:24 +02:00
: nono26  20 April, 2018, 16:49:10 +02:00
: fran5  20 April, 2018, 16:15:57 +02:00
: respublica  20 April, 2018, 13:45:33 +02:00

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.


Si nos fiamos de lo que viene en las faq,  también deberiamos hacer la programacion de 2° y 4° con el RD 1631/2006

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¿?¿?¿?¿?¿?

Quiero entender que no han actualizado las FAQs en ese punto concreto   anaidpreocupados anaidpreocupados  porque espero no ser el único que está adaptando mi PD de 4º a la LOMCE para estas opos

Esa FAQ está desactualizada, lo informaron en la charla de USTEA ayer que incluso está desaconsejada por inspectores.
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 20 April, 2018, 17:52:46 +02:00
: ciberale  20 April, 2018, 17:49:24 +02:00
: nono26  20 April, 2018, 16:49:10 +02:00
: fran5  20 April, 2018, 16:15:57 +02:00
: respublica  20 April, 2018, 13:45:33 +02:00

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.


Si nos fiamos de lo que viene en las faq,  también deberiamos hacer la programacion de 2° y 4° con el RD 1631/2006

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¿?¿?¿?¿?¿?

Quiero entender que no han actualizado las FAQs en ese punto concreto   anaidpreocupados anaidpreocupados  porque espero no ser el único que está adaptando mi PD de 4º a la LOMCE para estas opos

Esa FAQ está desactualizada, lo informaron en la charla de USTEA ayer que incluso está desaconsejada por inspectores.
¿En qué respuestas es incorrecta?

De todas formas esas respuestas tienen carácter informativo y lo importante es lo que dice la convocatoria, que a su vez se basa en la normativa en vigor.


Saludos.
   

: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 20 April, 2018, 17:56:07 +02:00
: fran5  20 April, 2018, 16:15:57 +02:00
: respublica  20 April, 2018, 13:45:33 +02:00

Luego dice que no es obligatorio si a 31 de agosto de 2009 se tenían dos cursos completos de docencia o doce meses continuos y alguna aclaración más, pero al margen de eso, sí es obligatorio adjuntar a la solicitud el certificado del CAP o el Máster del profesorado, como también viene en las preguntas frecuentes de la solicitud.


Saludos.

Si nos fiamos de lo que viene en las faq,  también deberiamos hacer la programacion de 2° y 4° con el RD 1631/2006

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Eso está claro que es una copia de las anteriores preguntas frecuentes y que a alguien se le ha pasado revisar.


Saludos.
   

: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: Esmeala 23 April, 2018, 14:16:20 +02:00
Buenos días,
entiendo vuestro razonamiento pero si leemos bien el pdf con la documentación a aportar... sí hacen distinción entre "personal aspirante" y "personal interino con tiempo de servicio". Y cuando se refiere a ambos grupos de personas dice "todos". Eso es lo que me ha llevado a pensar (eso, y que mi título de Máster lo tuve que presentar en su día para poder opositar y digo yo que lo pueden consultar con mi consentimiento igual que consultarán mi título universitario) que no tenía que mandarlo.

El caso es que he llamado a Ustea y piensan como yo, pero no me garantizan al 100% que sea así y me aconsejan personarme en Delegación...  ::) ::) ::)

No sé si el sentido común es de rigor en estos casos. Si alguien tiene más información, la agradecería porque no me apetece verme en la lista de excluidos, aunque luego lo pueda subsanar.

Un saludo y suerte a todos.
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 23 April, 2018, 14:42:03 +02:00
: Esmeala  23 April, 2018, 14:16:20 +02:00
Buenos días,
entiendo vuestro razonamiento pero si leemos bien el pdf con la documentación a aportar... sí hacen distinción entre "personal aspirante" y "personal interino con tiempo de servicio". Y cuando se refiere a ambos grupos de personas dice "todos". Eso es lo que me ha llevado a pensar (eso, y que mi título de Máster lo tuve que presentar en su día para poder opositar y digo yo que lo pueden consultar con mi consentimiento igual que consultarán mi título universitario) que no tenía que mandarlo.

El caso es que he llamado a Ustea y piensan como yo, pero no me garantizan al 100% que sea así y me aconsejan personarme en Delegación...  ::) ::) ::)

No sé si el sentido común es de rigor en estos casos. Si alguien tiene más información, la agradecería porque no me apetece verme en la lista de excluidos, aunque luego lo pueda subsanar.

Un saludo y suerte a todos.

Es que la acreditación de la formación pedagógica no la tenemos que entregar todos sino, como se indica en la guía de la documentación, sólo el personal aspirante a los cuerpos de Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas, incluidos extranjeros y además de ese personal hay quien está exento.

El significado de ser aspirante depende de a lo que se aspire y no es lo mismo un aspirante a interinidad que un aspirante al ingreso en los cuerpos docentes no universitarios. Si uno lee la convocatoria verá que se refiere a todos los que opositamos como aspirantes.

En la fila anterior de ese documento habla del título de acceso y en la columna de excepciones se indica que no lo tienen que adjuntar, quienes consienten la consulta de datos de titulación.

Sin embargo en la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica la columna de excepción está vacía y no se indica por tanto que no haya que entregarla quien consienta en la consulta de datos de titulación.

Y todo esto tiene su lógica porque el sistema de consulta de titulaciones del ministerio no recoge el CAP.


Saludos.
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 23 April, 2018, 18:02:53 +02:00
: Capitán EO  23 April, 2018, 17:17:35 +02:00
: respublica  23 April, 2018, 14:42:03 +02:00
: Esmeala  23 April, 2018, 14:16:20 +02:00
Buenos días,
entiendo vuestro razonamiento pero si leemos bien el pdf con la documentación a aportar... sí hacen distinción entre "personal aspirante" y "personal interino con tiempo de servicio". Y cuando se refiere a ambos grupos de personas dice "todos". Eso es lo que me ha llevado a pensar (eso, y que mi título de Máster lo tuve que presentar en su día para poder opositar y digo yo que lo pueden consultar con mi consentimiento igual que consultarán mi título universitario) que no tenía que mandarlo.

El caso es que he llamado a Ustea y piensan como yo, pero no me garantizan al 100% que sea así y me aconsejan personarme en Delegación...  ::) ::) ::)

No sé si el sentido común es de rigor en estos casos. Si alguien tiene más información, la agradecería porque no me apetece verme en la lista de excluidos, aunque luego lo pueda subsanar.

Un saludo y suerte a todos.

Es que la acreditación de la formación pedagógica no la tenemos que entregar todos sino, como se indica en la guía de la documentación, sólo el personal aspirante a los cuerpos de Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas, incluidos extranjeros y además de ese personal hay quien está exento.

El significado de ser aspirante depende de a lo que se aspire y no es lo mismo un aspirante a interinidad que un aspirante al ingreso en los cuerpos docentes no universitarios. Si uno lee la convocatoria verá que se refiere a todos los que opositamos como aspirantes.

En la fila anterior de ese documento habla del título de acceso y en la columna de excepciones se indica que no lo tienen que adjuntar, quienes consienten la consulta de datos de titulación.

Sin embargo en la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica la columna de excepción está vacía y no se indica por tanto que no haya que entregarla quien consienta en la consulta de datos de titulación.

Y todo esto tiene su lógica porque el sistema de consulta de titulaciones del ministerio no recoge el CAP.


Saludos.
Ya se verá...

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Claro que se verá, en cuanto salga la relación de admitidos y excluidos y habrá quien se queje de que no sabía que tenía que presentar el CAP...


Saludos.
   

: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: sidonie_ 23 April, 2018, 21:34:01 +02:00
El Cap no entra en el sistema de verificación online que tiene el ministerio y por eso, sí o sí, hay que entregar fotocopia. Si queréis acceder a dicho sistema no tenéis que ser la administración, si entráis a este enlace https://www.mecd.gob.es/mecd/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/997950/ficha.html y tenéis certificado digital, vosotros mismos podéis consultar vuestro título universitario y veréis como el cap no aparecer. Ese es el mismo registro que va a consultar la junta. Si no entregas tendrás que subsanar ese error.

Un saludo.

: Capitán EO  23 April, 2018, 17:17:35 +02:00
: respublica  23 April, 2018, 14:42:03 +02:00
: Esmeala  23 April, 2018, 14:16:20 +02:00
Buenos días,
entiendo vuestro razonamiento pero si leemos bien el pdf con la documentación a aportar... sí hacen distinción entre "personal aspirante" y "personal interino con tiempo de servicio". Y cuando se refiere a ambos grupos de personas dice "todos". Eso es lo que me ha llevado a pensar (eso, y que mi título de Máster lo tuve que presentar en su día para poder opositar y digo yo que lo pueden consultar con mi consentimiento igual que consultarán mi título universitario) que no tenía que mandarlo.

El caso es que he llamado a Ustea y piensan como yo, pero no me garantizan al 100% que sea así y me aconsejan personarme en Delegación...  ::) ::) ::)

No sé si el sentido común es de rigor en estos casos. Si alguien tiene más información, la agradecería porque no me apetece verme en la lista de excluidos, aunque luego lo pueda subsanar.

Un saludo y suerte a todos.

Es que la acreditación de la formación pedagógica no la tenemos que entregar todos sino, como se indica en la guía de la documentación, sólo el personal aspirante a los cuerpos de Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas, incluidos extranjeros y además de ese personal hay quien está exento.

El significado de ser aspirante depende de a lo que se aspire y no es lo mismo un aspirante a interinidad que un aspirante al ingreso en los cuerpos docentes no universitarios. Si uno lee la convocatoria verá que se refiere a todos los que opositamos como aspirantes.

En la fila anterior de ese documento habla del título de acceso y en la columna de excepciones se indica que no lo tienen que adjuntar, quienes consienten la consulta de datos de titulación.

Sin embargo en la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica la columna de excepción está vacía y no se indica por tanto que no haya que entregarla quien consienta en la consulta de datos de titulación.

Y todo esto tiene su lógica porque el sistema de consulta de titulaciones del ministerio no recoge el CAP.


Saludos.
Ya se verá...

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: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: Esmeala 24 April, 2018, 00:19:45 +02:00
Siento reiterarme pero, si aspirante en este caso es aspirar a superar el proceso selectivo y aspirantes somos todos... Entonces el documento pondría lo mismo que para el anexo I y el IV. Pondría "todos".

A ver si nos quejamos de que nuestros alumnos no se leen bien los enunciados y ahora hacemos lo mismo. Pero bueno, es MI interpretación y si me quedo excluida no me quejaré de que no lo sabía, me quejaré porque estaba muy mal explicado (de ahí que mucha gente tenga la misma duda).
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 24 April, 2018, 01:02:29 +02:00
: Esmeala  24 April, 2018, 00:19:45 +02:00
Siento reiterarme pero, si aspirante en este caso es aspirar a superar el proceso selectivo y aspirantes somos todos... Entonces el documento pondría lo mismo que para el anexo I y el IV. Pondría "todos".

A ver si nos quejamos de que nuestros alumnos no se leen bien los enunciados y ahora hacemos lo mismo. Pero bueno, es MI interpretación y si me quedo excluida no me quejaré de que no lo sabía, me quejaré porque estaba muy mal explicado (de ahí que mucha gente tenga la misma duda).
Creía haber contestado ya pero, dada tu reiteración, se excusará la mía:

La acreditación de la formación pedagógica no la tenemos que entregar "todos" sino, como se indica en la guía de la documentación, sólo el personal aspirante a los cuerpos de Secundaria, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.

O dicho de otra manera, si pusiera "todos" también tendrían que hacerlo los profesores de Escuelas de Arte y algunos otros colectivos que están exentos.

Por eso no pone todos.


Saludos.
   

: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: Esmeala 24 April, 2018, 09:25:10 +02:00
Vale, creo que ahora sí entiendo lo que quieres decir, aunque me sigue pareciendo confuso por parte de la junta...

Creo que no les cuesta trabajo poner las cosas un poco más claras y sin ánimo de ofenderte, no sé quién de los dos tiene razón. Ya veremos, y gracias. Un saludo!!
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: respublica 24 April, 2018, 13:23:10 +02:00
Apartado 3.1 de la convocatoria:

d) El personal participante a especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas deberá presentar una fotocopia de la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de conformidad con lo estipulado en la base decimoséptima de esta Orden.


¿Dónde está la ambigüedad o duda?


Saludos.
: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: fran5 24 April, 2018, 15:36:52 +02:00
: respublica  24 April, 2018, 13:23:10 +02:00
Apartado 3.1 de la convocatoria:

d) El personal participante a especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas deberá presentar una fotocopia de la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de conformidad con lo estipulado en la base decimoséptima de esta Orden.


¿Dónde está la ambigüedad o duda?


Saludos.

En ese apartado si viene claro pero es que en el documento de ayuda que colgaron aparecía: personal aspirante.  En otros bloques del mismo documento también aparece: personal interino y todos.  Por ahí viene la confusión. Además, del personal interino ya tiene la consejería ese dato pues si formamos parte de las listas en las bolsas de trabajo y tenemos tiempo de servicio,  por logica, alguna vez ya lo tuvimos que presentar aparte de haberlo aportado también en convocatorias pasadas. Cuando cada año compruebo mi posicion en bolsa, me aparece el nombre,  dni,  especialidad y si acredito la formación pedagogica.  Vamos que los datos ya los tienen si quieren mirarlos.

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: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: fran5 24 April, 2018, 15:38:36 +02:00
: fran5  24 April, 2018, 15:36:52 +02:00
: respublica  24 April, 2018, 13:23:10 +02:00
Apartado 3.1 de la convocatoria:

d) El personal participante a especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas deberá presentar una fotocopia de la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de conformidad con lo estipulado en la base decimoséptima de esta Orden.


¿Dónde está la ambigüedad o duda?


Saludos.

En ese apartado si viene claro pero es que en el documento de ayuda que colgaron aparecía: personal aspirante.  En otros bloques del mismo documento también aparece: personal interino y todos.  Por ahí viene la confusión. Además, del personal interino ya tiene la consejería ese dato pues si formamos parte de las listas en las bolsas de trabajo y tenemos tiempo de servicio,  por logica, alguna vez ya lo tuvimos que presentar aparte de haberlo aportado también en convocatorias pasadas. Cuando cada año compruebo mi posicion en bolsa, me aparece el nombre,  dni,  especialidad y si acredito la formación pedagogica.  Vamos que los datos ya los tienen si quieren mirarlos.

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No costaba ningun trabajo haber puesto en el documento: personal participante en los procesos selectivos.... en vez de personal aspirante y mezclarlo con personal interino.

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: Re:¿Es necesario adjuntar el CAP?
: sidonie_ 24 April, 2018, 15:44:26 +02:00
: Esmeala  24 April, 2018, 00:19:45 +02:00
Siento reiterarme pero, si aspirante en este caso es aspirar a superar el proceso selectivo y aspirantes somos todos... Entonces el documento pondría lo mismo que para el anexo I y el IV. Pondría "todos".

A ver si nos quejamos de que nuestros alumnos no se leen bien los enunciados y ahora hacemos lo mismo. Pero bueno, es MI interpretación y si me quedo excluida no me quejaré de que no lo sabía, me quejaré porque estaba muy mal explicado (de ahí que mucha gente tenga la misma duda).

No pone todos porque no todos a los que le afecta la presente convocatoria tienen la obligación del cap.