¿Cuál es la normativa, orden o decreto en el que se especifica que si un interino en Andalucía se presenta en otra comunidad queda eximido de presentarse en Andalucía si hay convocatoria de su especialidad?
: Huckel 21 April, 2018, 05:48:30 +02:00
¿Cuál es la normativa, orden o decreto en el que se especifica que si un interino en Andalucía se presenta en otra comunidad queda eximido de presentarse en Andalucía si hay convocatoria de su especialidad?
Hablando con los sindicatos de lo de la exención a presentarse, me comunicaron que el punto de obligatoriedad a presentarse lo han quitado de esta convocatoria, además, literalmente lo que me han dicho:
"Ni en la orden de convocatoria se hace referencia a la obligatoriedad de concurrir, ni se arbitra procedimiento alguno para justificar que uno ha concurrido en otras comunidades autónomas. Ello se corresponde con el compromiso adquirido por la Consejería de no exigir la obligatoriedad, desde esta misma convocatoria" ,por lo que si no piden ningún requisito será porque no exigen la obligación de presentarse.
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La cuestión es la siguiente:
Como bien decís algunos habitualmente el procedimiento de cómo opositar fuera de Andalucía venía explícitamente en la orden que convocaba las oposciones. Ahora bien, en esta orden de 2018 no viene nada, ni a cerca de la obligatoriedad de presentarme, ni por supuesto cómo tramitar el hechpo de haberte presentado fuera de Andalucía. Y sin embargo, lo que si viene en la convocatoría es que el Decreto 302 y la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.
Pues bien, en la Sección III de esta última, Exclusión de las Bolsas de Trabajo, encontramos los motivos de exclusión el primero que encontramos es el siguiente:
a) No presentar solicitud de participación en los procedimientos selectivos del año que corresponda, estando obligado a ello y en los términos del artículo 4, salvo que se trate del personal a que se refiere la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio.
La disposición transitoria se refiere a los mayores de 55 años.
Expuesto esto, y viendo el tema de las FAQ donde un día aparece explícitamente la pregunta de si estamos los interinos a presentarnos y al día siguiente la borran (y nadie es capaz de dar una explicación), la falta de publicación de una nueva orden anunciada a bombo y platillo desde diciembre, mucho me temo que algunos interinos que no pretendan presentarse a las oposiciones o simplemente lo quieran hacer fuera nos podamos encontrar a los pies de los caballos y fuera de la bolsa en junio como ya ocurrió el curso pasado con algunos compañeros por un problema en la solicitud.
Espero que a lo largo de esta semana se pueda empezar a arrojar algo más de luz respecto a este tema, que vfeo que sigue pasando desapercibido, problablemente porque la mayoría piensan presentarse ne Andalucía, como es lógico, pero no es por ello algo depoca importancia encontrarnos ante esta desprotección.
En las convocatorias anteriores se hacía mención a un plazo para presentar justificación de presentarte en otra comunidad para seguir en bolsa.
Eso ya ha desaparecido pues la intención es que nadie debe justificar nada para seguir en bolsa, supuestamente cuando salga el decreto que modifica el 302, se hace mención a que es de aplicación para esta convocatoria de oposiciones.
Cuando salga será cuando veamos como queda finalmente todo.
Saludos