¿Qué hacer si la dirección de un colegio obliga al profesorado a asistir dos tardes en cada trimestre?
es decir, a parte de asistir al horario de exclusiva tenemos que asistir otro día más. Sería estar en el colegio todos los lunes y una vez al trimestre tenemos que estar el lunes y también el martes de 16.00 horas a 19.30 horas.
¿Esto infringe nuestro horario no?
A parte qué pasa si el horario firmado en séneca es solo de permanencia en el colegio el lunes y tienes un accidente el martes? ¿Se considera accidente laboral?
En base a qué establece dicho horario, las horas de permanencia en el centro deben fijarse en séneca, todo lo que no esté fijado, está fuera de la normativa, y por tanto, no está cubierto.
Saludos
Fuera del horario firmado en Séneca, una vez al trimestre ponen las evaluaciones fuera de dicho horario. Así que tenemos que permanecer en el centro más horas de las correspondientes. Es decir, los lunes tarde es el horario de exclusiva, y el martes establecen
y el martes establecen las evaluaciones, con lo cual permanecemos dos tardes en el centro superando las 30 horas en total.
Entiendo que lo que estás hablando es sobre las juntas de evaluación, nada que ver con que cada semana tengas 2 tardes.
En tu horario de séneca ya viene establecido el horario para esto.
Entiendo que cada semana no estás 30 horas en el centro. Suele haber una o dos horas que no se están en el centro a la semana, y está para claustros, juntas de evaluación, etc. cuyo horario y duración es indeterminada, por eso de las 30 no se están todas en cada semana.
Saludos.
Es evidente que no me he explicado bien. Hay semanas donde el plan de trabajo obLiga a permanecer 39 horas en El centro. Saludos
Cómo va a ser eso si tu jornada total es 37'5???
No tiene sentido. Llama al inspector y sal de dudas