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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Foro general - Enseñanza => : jaheira_inma 03 July, 2018, 22:44:48 +02:00

: Días reclamación
: jaheira_inma 03 July, 2018, 22:44:48 +02:00
Hola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?
: Re:Días reclamación
: albay 03 July, 2018, 23:06:32 +02:00
: jaheira_inma  03 July, 2018, 22:44:48 +02:00
Hola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

Desde el día siguiente.
: Re:Días reclamación
: rantanplan 03 July, 2018, 23:17:04 +02:00
: jaheira_inma  03 July, 2018, 22:44:48 +02:00Hola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

Dos días hábiles a partir del día en que se dan las calificaciones, o sea, que los dos días siguientes, y el tercer día resuelven los departamentos las reclamaciones. Por ese motivo, todos los centros, que creo que han sido bastantes, que han entregado notas el día 27 lo han hecho mal, ya que el 29 era el último día de plazo para recibir reclamaciones, con lo que la resolución de reclamaciones y el claustro habría que haberlo pospuesto al 2 de julio.
: Re:Días reclamación
: albay 03 July, 2018, 23:40:52 +02:00
: rantanplan  03 July, 2018, 23:17:04 +02:00
: jaheira_inma  03 July, 2018, 22:44:48 +02:00Hola! Los días para reclamar una nota en secundaria tengo entendido que son 2, pero desde cuándo? ¿Desde el día que se entrega el boletín de calificaciones o desde el dia siguiente?

Dos días hábiles a partir del día en que se dan las calificaciones, o sea, que los dos días siguientes, y el tercer día resuelven los departamentos las reclamaciones. Por ese motivo, todos los centros, que creo que han sido bastantes, que han entregado notas el día 27 lo han hecho mal, ya que el 29 era el último día de plazo para recibir reclamaciones, con lo que la resolución de reclamaciones y el claustro habría que haberlo pospuesto al 2 de julio.

La resolución de reclamaciones sí, el 2 de julio. El claustro no tiene por qué aplazarse, son cuestiones diferentes.
: Re:Días reclamación
: jaheira_inma 04 July, 2018, 00:48:21 +02:00
Muchas gracias!!!
: Re:Días reclamación
: rantanplan 04 July, 2018, 17:11:51 +02:00
: albay  03 July, 2018, 23:40:52 +02:00La resolución de reclamaciones sí, el 2 de julio. El claustro no tiene por qué aplazarse, son cuestiones diferentes.

En lo referente al horario, quizás tengas razón y el claustro pueda legalmente realizarse antes de que acabe todo. No sé muy bien dónde se establecen cuáles son las reuniones ordinarias del claustro (no me ha parecido verlo en el decreto 327/2010).

Lo que no tengo tan claro es que las reclamaciones (que forman parte del proceso de evaluación del alumno) pueda resolverlas el departamento en julio. El decreto 301/2009, que regula el calendario escolar, establece que:

lEl período comprendido entre la finalización del régimen ordinario de clase y el 30 de junio se dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de las actividades relacionadas con la finalización del curso escolar previstas en la normativa vigente.

y, además afirma que el curso académico acaba el 30 de junio, con lo que yo entiendo que más allá de esta fecha, la única actividad académica referente al curso que existe  en el centro  es  la prueba extraordinaria de septiembre, que para algo se llama extraordinaria.
: Re:Días reclamación
: albay 04 July, 2018, 18:00:42 +02:00
: rantanplan  04 July, 2018, 17:11:51 +02:00
: albay  03 July, 2018, 23:40:52 +02:00La resolución de reclamaciones sí, el 2 de julio. El claustro no tiene por qué aplazarse, son cuestiones diferentes.

En lo referente al horario, quizás tengas razón y el claustro pueda legalmente realizarse antes de que acabe todo. No sé muy bien dónde se establecen cuáles son las reuniones ordinarias del claustro (no me ha parecido verlo en el decreto 327/2010).

Lo que no tengo tan claro es que las reclamaciones (que forman parte del proceso de evaluación del alumno) pueda resolverlas el departamento en julio. El decreto 301/2009, que regula el calendario escolar, establece que:

lEl período comprendido entre la finalización del régimen ordinario de clase y el 30 de junio se dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de las actividades relacionadas con la finalización del curso escolar previstas en la normativa vigente.

y, además afirma que el curso académico acaba el 30 de junio, con lo que yo entiendo que más allá de esta fecha, la única actividad académica referente al curso que existe  en el centro  es  la prueba extraordinaria de septiembre, que para algo se llama extraordinaria.

Puedo decirte que recibimos desde la Inspección el calendario de final de curso y todo podía hacerse antes del 29 d junio (viernes). Entrega de notas el 25, y 26 y 27 el periodo de revisiones, pasado el cual el interesado podría poner reclamación a la Inspección en fechas, que ya sí excedían el mes de junio, puesto que hay plazo en días posteriores y la inspección no resuelve hasta por lo menos mediados de julio. En septiembre igual, las reclamaciones a la Inspección (lo que antes se llamaba segunda instancia), también se meten en fechas de curso ya empezado, incluso hasta noviembre.
: Re:Días reclamación
: jmcala 04 July, 2018, 20:54:21 +02:00
Creo que es como dice albay. Si una reclamación es desestimada por el departamento oportuno, es inspección la que entra a resolver y puede recabar información y solicitar su presencia a los implicados para poder resolver.

Es mes de julio estamos a disposición de la delegación y creo que este tipo de actuaciones también entran dentro de ese plazo.

www.ejercicios-fyq.com

: Re:Días reclamación
: rantanplan 04 July, 2018, 23:22:05 +02:00
: jmcala  04 July, 2018, 20:54:21 +02:00Creo que es como dice albay. Si una reclamación es desestimada por el departamento oportuno, es inspección la que entra a resolver y puede recabar información y solicitar su presencia a los implicados para poder resolver[

Por supuesto que es así, pero lo que yo entiendo es que esa evaluación que hace el departamento debe hacerse en junio. Si la reclamaciión prosigue, en el centro no se hace evaluación alguna más (la hace una comisión extena), y, de hecho, al centro lo único que se le requiere es que remita documentación para poder llevar a cabo esta evaluación externa.

El instituto de albay entregó las notas el día 25, según entiendo, y claro, no hubo ningún problema. Pero en Huelva el 25 era lectivo. Como los institutos se niegan a que ninguna evaluación se realice antes, las evaluaciones en muchos institutos fueron el 25 por la tarde y el 26, de modo que el 27 se entregaron las notas. Y ese fue el problema: que junio se acabó antes de que los departamentos pudieran evaluar las reclamaciones.

Otro problema que hay es que por lo que se ve las directivas confunden aclaraciones con reclamaciones. La ley lo único que establece es el plazo de reclamaciones (2 días), pero no el de aclaraciones que, además, ni siquiera obliga a que se hagan después de la entrega de notas. La consecuencia es que las directivas negaban los días de asuntos propios apelando a la ley, cuando, en realidad, estaban haciendo lo que les venía en gana, porque por lo general los planes de centro no recogen cuándo y en qué plazo deben llevarse a cabo estas reclamaciones.
: Re:Días reclamación
: albay 04 July, 2018, 23:34:58 +02:00
: rantanplan  04 July, 2018, 23:22:05 +02:00
: jmcala  04 July, 2018, 20:54:21 +02:00Creo que es como dice albay. Si una reclamación es desestimada por el departamento oportuno, es inspección la que entra a resolver y puede recabar información y solicitar su presencia a los implicados para poder resolver[

Por supuesto que es así, pero lo que yo entiendo es que esa evaluación que hace el departamento debe hacerse en junio. Si la reclamaciión prosigue, en el centro no se hace evaluación alguna más (la hace una comisión extena), y, de hecho, al centro lo único que se le requiere es que remita documentación para poder llevar a cabo esta evaluación externa.

El instituto de albay entregó las notas el día 25, según entiendo, y claro, no hubo ningún problema. Pero en Huelva el 25 era lectivo. Como los institutos se niegan a que ninguna evaluación se realice antes, las evaluaciones en muchos institutos fueron el 25 por la tarde y el 26, de modo que el 27 se entregaron las notas. Y ese fue el problema: que junio se acabó antes de que los departamentos pudieran evaluar las reclamaciones.

Otro problema que hay es que por lo que se ve las directivas confunden aclaraciones con reclamaciones. La ley lo único que establece es el plazo de reclamaciones (2 días), pero no el de aclaraciones que, además, ni siquiera obliga a que se hagan después de la entrega de notas. La consecuencia es que las directivas negaban los días de asuntos propios apelando a la ley, cuando, en realidad, estaban haciendo lo que les venía en gana, porque por lo general los planes de centro no recogen cuándo y en qué plazo deben llevarse a cabo estas reclamaciones.

Alguna puntualización:
- Las directivas no nos empeñamos en que la evaluación sea después del último día lectivo. Son las inspecciones. En mi caso, nuestro inspector es más benévolo y nos permite evaluar las tardes de la última semana lectiva.
- Ahora las reclamaciones no son tales. Me explico. Antes se llamaban en 1ª instancia (se reclamaba al profesor), y si seguía después se elevaba a 2ª instancia (a Inspección). Ahora a la 1ª instancia se le llama Revisión, y a la 2ª instancia se le llama Reclamación, aunque el procedimiento sigue siendo el mismo.
- Recuerda también, como ya ha dicho jmcala, que julio no es de vacaciones, sino que estamos a "disposición de la administración", así que cualquier asunto que haya que hacer julio (reuniones, claustros, reclamaciones, etc) son perfectamente legales y no nos queda más remedio que aceptarlo. Y no es capricho de los equipos directivos. Pero el papeleo hay que hacerlo, y no tenemos culpa de que la Administración retrase cada vez más el última día lectivo.
: Re:Días reclamación
: jmcala 05 July, 2018, 05:27:24 +02:00
¿Quiere decir eso que ahora no es el departamento el que hace la revisión sino que es el docente en cuestión?

¿Esa revisión hay que hacerla en esos dos días de plazo o se hace cuando se acaba el plazo de las 48 horas?

Es que es muy importante ese extremo. Si se ha de hacer después del plazo de dos días, esos dos días se pueden pedir como días de permiso retribuido.

www.ejercicios-fyq.com

: Re:Días reclamación
: albay 05 July, 2018, 08:22:10 +02:00
: jmcala  05 July, 2018, 05:27:24 +02:00
¿Quiere decir eso que ahora no es el departamento el que hace la revisión sino que es el docente en cuestión?

¿Esa revisión hay que hacerla en esos dos días de plazo o se hace cuando se acaba el plazo de las 48 horas?

Es que es muy importante ese extremo. Si se ha de hacer después del plazo de dos días, esos dos días se pueden pedir como días de permiso retribuido.

www.ejercicios-fyq.com

La revisión la hace el profesor (igual con hablar con él es suficiente) pero si no, es el departamento el que se reúne, dos días después. A ver el calendario este año fue: 25  entrega notas, 26 y 27 revisiones. 28 Reunión Departamento (no tuvimos ningún caso, por cierto). No hay ningún problema para dar asuntos propios esos días, en mi centro el 28 prácticamente todo el mundo lo pidió. Si hubiera revisión hubiéramos llamado al implicado (os) y punto. No fue el caso. Y de permiso retribuido incluso alguien tuvo el 29, el día de claustro. La ley solo dice que los días de asuntos propios han de ser en días no lectivos. Del resto no dice nada de nada.
: Re:Días reclamación
: rantanplan 05 July, 2018, 09:00:56 +02:00
Contesto a ambos, sin citaros expresamente:

a) Sé pèrfectamente que julio no es mes de vacaciones. No estoy poniendo en duda eso: lo que estoy poniendo en duda es que en julio en el centro se puedan hacer actividades de evaluación de un curso académico que ya ha acabado. Y he citado el decreto 301/2009 para apoyar mi tesis.

b) Yo no he dicho que las directivas hagan lo que les da la gana en lo referente a las fechas de evaluaciones, sino en lo referente a negar los días de asuntos propios durante el periodo de reclamaciones, apelando a que durante ellos hay que atender aclaraciones, cuando la ley no prescribe tal cosa (ver punto siguiente).

c) Las aclaraciones no son las reclamaciones: y de hecho la normativa no usa la misma palabra. Es ,más, ni siquiera se explica uno y otro procedimiento en el mismo artículo. albay alegremente, que es lo que hacen la mayoría de las directivas los confunden, de ahí que haya afirmado que 26 y 27 fueron en su centro días de aclaraciones, cuando lo que fueron es días de reclamaciones.

d) En F.P. ni siquiera existen aclaraciones puesto que la orden (2010) está redactada en los términos en que estaban redactadas las derogadas órdenes de ESO (2007) y Bachillerato (2008).

Traigo la ley para discutir sobre ella. En concreto la orden de 14 de julio de 2016, que regula la evaluación de ESO (la de bachillerato está redactada exactamente en los mismos términos):

Artículo 33. Procedimiento de revisión en el centro docente.

1. En el caso de que, a la finalización de cada curso, una vez recibidas las aclaraciones a las que se refiere el artículo 17.4, exista desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia, o con la decisión de promoción adoptada, el alumno o la alumna, o su padre, madre o quienes ejerzan su tutela legal, podrán solicitar la revisión de dicha calificación o decisión de acuerdo con el procedimiento que se establece en este artículo.

2. La solicitud de revisión deberá formularse por escrito y presentarse en el centro docente en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en el que se produjo la comunicación de la calificación final o de la decisión de promoción y contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con dicha calificación o con la decisión adoptada.

[...]

Esta claro que el plazo se prescribe para la solicitud de revisión de la calificación o la decisión de promoción, o sea, para lo que hemos llamado nosotros  "hacer la reclamación". Las aclaraciones, en las que interviene personalmente el profesor, son previas y se explican en el 17.4 sin que en ese párrafo se establezca cuándo y en qué plazo se llevan a cabo:

4. Los alumnos y alumnas podrán solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de la información que reciban sobre su proceso de aprendizaje y las evaluaciones que se realicen, así como sobre las calificaciones o decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso. Dichas aclaraciones deberán proporcionar, entre otros aspectos, la explicación razonada de las calificaciones y orientar sobre posibilidades de mejora de los resultados obtenidos. Asimismo, los centros docentes establecerán en su proyecto educativo el procedimiento por el cual los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado podrán solicitar estas aclaraciones a través del profesor tutor o profesora tutora y obtener información sobre los procedimientos de revisión de las calificaciones y de las decisiones sobre promoción.

En la orden no se dice más, por lo que si, por ejemplo, se estableciera que el día de entrega de notas se permite a los alumnos pedir estas aclaraciones, no se estaría incumpliendo la ley. O incluso hacerlo antes: mis alumnos ya saben de antemano qué van a sacar y han podido ver y comentar todas las pruebas que han hecho (yo no hago examen final jamás en atención a que la evaluación es continua).  Pero sin embargo se hace coincidir el plazo de aclaraciones con el de reclamaciones, que por supuesto, también se ajusta a la ley. ¿Por qué? ¿Por qué lo dice la ley?. No. ¿Por que lo dice el Plan de Centro? No creo, no al menos en mi instituto y en otros dos institutos que he revisado y se hizo lo mismo. ¿Por que lo dijo el inspector? Tampoco en los casos que tuve conocimiento. Se hizo así, porque le dio la gana a dirección. Que, es cierto, también se ajusta a ley, pero lo que me parece inadmisible es que la justificación que dieran fuera porque la ley obliga a ello, cuando la justificación es porque lo digo yo.

Todo esto, además, lo digo a cuenta de que en el centro de albay, por las fechas, se pudieron pedir días propios; pero en otros centros en los que la entrega de notas se hizo después, no se pudo pedir ninguno por haber obligado a hacer aclaraciones los días de reclamación.
: Re:Días reclamación
: albay 05 July, 2018, 09:41:02 +02:00
Rantanplan, siempre hablas de mi como si desconociera la ley o no sé porqué tienes esa obsesión conmigo basada en el hecho baladí de ser equipo directivo. A lo mejor, lo que te hace falta a ti es serlo para darte cuenta de muchas cosas. Y no te digo que no hay directivas que es mejor no econtrártelas, yo mismo pedí traslado de centro precisamente por enfrentarme al director de mi centro anterior.

Sí, primero están las ACLARACIONES, antes mejor de la evaluación o el mismo día de las notas. Después las REVISIONES, dos días hábiles después de la entrega de notas, luego va la Reunión de Departamento y la comunicación de la decisión. De seguir disconforme, entonces empieza la RECLAMACIÓN. Dos días hábiles después de la comunicación de la revisión. Y de ahí ya se envía la documentación a Inspección que suele tardar unos 10 días en resolver (a veces más, ahí sí que se relajan los plazos). El proceso de matriculación (en selectividad, curso siguiente, etc.) debe continuar con normalidad como si se hubiera ganado la reclamación, porque de ocurrir esto no podríamos perjudicar al alumno.

Por lo que respecta a los días de asuntos propios, nada tiene que ver con lo anterior, y si hay directivas que lo usan para no darlos, están mintiendo. No es mi problema. Lo siento. El comentario "alegremente" sobra, porque yo utilizo el calendario que me envía la inspección y que he estado remirando para escribir mis últimas intervenciones en el foro.
Saludos
: Re:Días reclamación
: rantanplan 05 July, 2018, 10:42:28 +02:00
: albay  05 July, 2018, 09:41:02 +02:00Rantanplan, siempre hablas de mi como si desconociera la ley o no sé porqué tienes esa obsesión conmigo basada en el hecho baladí de ser equipo directivo. A lo mejor, lo que te hace falta a ti es serlo para darte cuenta de muchas cosas. Y no te digo que no hay directivas que es mejor no econtrártelas, yo mismo pedí traslado de centro precisamente por enfrentarme al director de mi centro anterior.

No es el caso, de verdad. Siento si has podido sentir tal cosa. En esta discusión, he entendido que tú defendías que durante los dos días de revisión, se obligara a atender aclaraciones, que veo que no es el caso. Es muy común que en muchas directivas si se dé esa confusión.
: Re:Días reclamación
: albay 05 July, 2018, 11:12:50 +02:00
: rantanplan  05 July, 2018, 10:42:28 +02:00
: albay  05 July, 2018, 09:41:02 +02:00Rantanplan, siempre hablas de mi como si desconociera la ley o no sé porqué tienes esa obsesión conmigo basada en el hecho baladí de ser equipo directivo. A lo mejor, lo que te hace falta a ti es serlo para darte cuenta de muchas cosas. Y no te digo que no hay directivas que es mejor no econtrártelas, yo mismo pedí traslado de centro precisamente por enfrentarme al director de mi centro anterior.

No es el caso, de verdad. Siento si has podido sentir tal cosa. En esta discusión, he entendido que tú defendías que durante los dos días de revisión, se obligara a atender aclaraciones, que veo que no es el caso. Es muy común que en muchas directivas si se dé esa confusión.

No, pero se intenta hacer. Es mejor una aclaración directa con el profesor antes que una Revisión-Reclamación, sobre todo la cantidad de papeleo y trámites que hay que hacer tanto el profesor, el departamento y la directiva. Por eso, en la medida de lo posible prefiero que se aclare todo en las ACLARACIONES, mucho mejor para todos.
: Re:Días reclamación
: jmcala 05 July, 2018, 14:58:49 +02:00
Durante el curso empleo mucho tiempo y esfuerzo en poner todas las tareas de evaluación a las familias en PASEN y a los alumnos en sus aulas virtuales. Luego las calificaciones, atiendo sus dudas en los foros de dudas y, a las familias que lo requieren, en el rato de atención a padres o por PASEN-SÉNECA. Antes de cada evaluación saben mis alumnos sus calificaciones.

El plazo ese de aclaraciones, para los que hacemos las cosas como dice la norma, sobra. De hecho, me niego a reunirme con nadie un par de días antes de las evaluaciones y los días de después. Si alguien no está de acuerdo, que reclamé y punto.

Nunca me han puesto una reclamación pero tengo claro que, tras el trabajazo de que todo el que quiera pueda saber hasta el último detalle durante el curso, no estoy dispuesto a tener que aguantar las presiones y sandeces de última hora.

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