Hola buenas tardes, tengo una duda a ver si alguien me puede indicar la normativa para infórmame o por si me puede responder. Este año mi pareja y yo vamos a casarnos pero nos gustaría disfrutar los 15 días en otra fecha, saber si si es posible? Muchas gracias.
Saludos
Por experiencia propia te contesto: Los puedes disfrutar en el año NATURAL en que se celebre el matrimonio, es decir, antes del 31 de diciembre del año en que te cases. Aparte hay una condición más, y es que en caso de cogerlos a final de trimestre, tienes que estar de vuelta cinco días antes de las evaluaciones. Que alguien me corrija si me equivoco
Gracias por la respuesta
Y siempre y cuando no te pidas el día de la boda. Ejemplo: si la boda es viernes y te los pides, empiezan a contar desde ese día los 15 días de permiso.
Si es sábado, no hay problema en pedirlos en otro momento.
Yo cogí el día de la boda sin sueldo, y así elegí tranquilamente la fecha del permiso.