Hola, buenas tardes.
Tengo una duda que trato de resolver, pero por más que busco en la normativa no encuentro respuesta al respecto.
Mis padres son ya muy mayores y mi padre, por problemas de visión, ya no puede conducir y mi madre, también mayor, no tiene carnet de conducir. Cada vez son más dependientes y para cualquier cosa tengo que llevarlos yo en coche, acompañarlos a consultas hospitalarias con el consiguiente desplazamiento en coche.
Mi duda es, si siendo familiares de primer grado de consanguinidad, se considera deber inexcusable para poder ausentarse del trabajo para acompañarlos, o si no hay nada al respecto y no se puede justificar.
Saludos y muchas gracias.
Me interesa, tengo un problema similar con madre discapacitada de más del 50% y padre con movilidad reducida. Cada uno de ellos alguno de los días deben ir al ambulatorio. ¿Es posible en mi horario tenerlo en cuenta?
Gracias.
: ciberale 21 August, 2018, 16:06:21 +02:00
Me interesa, tengo un problema similar con madre discapacitada de más del 50% y padre con movilidad reducida. Cada uno de ellos alguno de los días deben ir al ambulatorio. ¿Es posible en mi horario tenerlo en cuenta?
Gracias.
En tu caso seguro que si. Tiene la discapacidad concedida. Tienes que aportar los documentos al centro hasta el 5 de septiembre por lo del horario. En cuanto a las citas medicas, si es una persona discapacitada si es un deber inexcusable. En otros casos no tengo experiencia. Un saludo
Muchísimas gracias me quedo más tranquilo por ellos y por los hermanos, hacemos todo los que podamos y vemos pasar su vejez ya con los 80 que ambos ya casi tienen. Gracias.
: ciberale 21 August, 2018, 17:05:07 +02:00
Muchísimas gracias me quedo más tranquilo por ellos y por los hermanos, hacemos todo los que podamos y vemos pasar su vejez ya con los 80 que ambos ya casi tienen. Gracias.
Voy a aportar:
- dni madre
- certificado de discapacidad madre
Algo más creéis conveniente?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
: ciberale 21 August, 2018, 18:09:03 +02:00
: ciberale 21 August, 2018, 17:05:07 +02:00
Muchísimas gracias me quedo más tranquilo por ellos y por los hermanos, hacemos todo los que podamos y vemos pasar su vejez ya con los 80 que ambos ya casi tienen. Gracias.
Voy a aportar:
- dni madre
- certificado de discapacidad madre
Algo más creéis conveniente?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
En el Acuerdo de 3 de junio de 2013, sobre medidas en materia de jornada laboral, ausencias y permisos para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y empleados públicos.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/142/2
Se cita:
1. El personal empleado público que tengan a su cargo hijos menores de doce años, un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, personas mayores o con discapacidad que tengan reconocida la condición de dependientes, tendrán derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia.
Estamos a la espera de la aprobación de la subvención por la ley de dependencia para mí madre, ¿creéis conveniente aportar algo más en la documentación antes del 5-sept?