Hola, a ver si alguien puede resolverme esta duda: si solicito el día 31 de octubre como día sin sueldo, ¿sólo me descuentan ese día o el puente completo (del 1 al 4 de noviembre)?
Gracias.
El puente completo. Se considera que el permiso termina cuando te reincorporas. Es una cacicada que no tiene justificación.
Sabéis si USTEA ha planteado algo a la Administración sobre este tema?
Aquí (http://www.ustealdia.org/foro/index.php?topic=117083.msg1323410#msg1323410) hemos tratado ya ese asunto.
Si es un solo día únicamente te descuentan ese día.
Saludos.
Bueno, respuestas contradictorias...gracias a los dos. ¿Sabéis la normativa que lo regula?
: oricor 20 September, 2018, 20:17:18 +02:00
Bueno, respuestas contradictorias...gracias a los dos. ¿Sabéis la normativa que lo regula?
La normativa es la Circular de Permisos y Licencias (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/permisos-y-licencias), y en su apartado 8 no lo puede dejar más claro:
- El cómputo de días que se han de contabilizar en un permiso por asuntos particulares sin retribución será el comprendido entre el primer día en que deje de prestarse servicios y el día de la efectiva incorporación.
Excepcionalmente, en el supuesto de que se solicite un solo día, el permiso se limitará a ese día.
Saludos.
Tienen razón ellos. No me acordaba: si es un solo día no se aplica la norma general.
Mis disculpas
Gracias de nuevo a los dos. Andalunet, no tienes por qué disculparte, cada uno aporta lo que piensa que es lo correcto. Lo importante es saber rectificar.
Saludos