Hola. En la circular sobre permisos, licencias y reducciones se habla de un tercio o de media jornada de reducción semanal voluntaria por interés particular. Entiendo que es trabajar a dos tercios -no a uno- o a media jornada. Lo que no veo es si se puede elegir entre los dos tipos de reducción o te dan lo que toque. ¿Alguien sabe esto?
Tú solicitas el que te interese.
Eliges tú el tipo de reducción que quieres.
Muy obligado.
La opción la eliges tú, lo único decirte que si te la pides por interés particular tienes, con respecto al sueldo, una reducción y si te la pides por tema de cuidado de hijos tienes una reducción menor.
TAmbién te recuerdo el plazo que pone en la normativa:
"Al objeto de planificar adecuadamente el funcionamiento de los centros educativos y
garantizar la continuidad pedagógica de los alumnos que el derecho a la educación requiere,
esta reducción de jornada deberá solicitarse antes del 1 de julio de cada año, si se trata de
personal funcionario de carrera con destino definitivo o personal laboral indefinido. El personal
funcionario que haya de participar en el procedimiento de adjudicación de destinos
provisionales deberá indicar tal pretensión en la solicitud de participación en dicho
procedimiento."
Hola, ¿para solicitar la reducción por interés particular hay que presentar algún tipo de justificante o dar alguna justificación del motivo de la solicitud? ¿Pueden denegarla?
: mariajob 06 May, 2019, 00:25:31 +02:00
Hola, ¿para solicitar la reducción por interés particular hay que presentar algún tipo de justificante o dar alguna justificación del motivo de la solicitud? ¿Pueden denegarla?
¿Nadie sabe?
Que yo sepa, no hay que justificarlo.
Muchas gracias Farfanus.
Me han surgido varias dudas más a raíz de leer otro hilo...
1. ¿Si solicito reducción de jornada por interés particular luego me contaría para la bolsa solo la mitad del tiempo o me contaría completo?
2. Entiendo que cotizaría solo la mitad, ¿pero podría solicitar cotizar la otra mitad por el inem?
Saludos
: mariajob 30 June, 2019, 20:35:44 +02:00
Me han surgido varias dudas más a raíz de leer otro hilo...
1. ¿Si solicito reducción de jornada por interés particular luego me contaría para la bolsa solo la mitad del tiempo o me contaría completo?
2. Entiendo que cotizaría solo la mitad, ¿pero podría solicitar cotizar la otra mitad por el inem?
Saludos
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