Pues eso....
Si rechazas el concurso de traslados, puedes pedir "el concursillo"?
Tengo entendido que no puedes participar pero no estoy seguro.
Saludos.
No
Quiero entender que no pierdes el derecho, puesto que has participado en el procedimiento pero no quieres ese destino, de hecho en ninguna convocatoria habla del tema
NO, no puedes renunciar...
Si no, no te dejarían participar en el concursillo...es una de sus normas...
Podrías facilitar el documento que avala esa afirmación?
: javivi81 12 March, 2019, 20:55:04 +01:00Podrías facilitar el documento que avala esa afirmación?
La orden que lo regula:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/118/3
No se puede renunciar.
Me queda claro, gracias
Muchas gracias.
Se entiende también que dentro del concursillo hay varias modalidades, como son cuidar un familiar, enfermedad propia, conciliación familiar o cargo político, y si te Dan destino en el concurso de traslados ahora en las provisionales, no puedes renunciar, sino no puedes participar en el llamado concursillo, verdad??
A aquellos que no nos han dado destino en las provisionales ¿tiene sentido que solicitemos el concursillo ahora? o, en caso que nos den en las definitivas, entonces ¿acogernos al plazo extraordinario de mayo?
: FLAZO 13 March, 2019, 18:59:04 +01:00
A aquellos que no nos han dado destino en las provisionales ¿tiene sentido que solicitemos el concursillo ahora? o, en caso que nos den en las definitivas, entonces ¿acogernos al plazo extraordinario de mayo?
El plazo extraordinario tras la resolución final es únicamente para quienes obtengan su primer destino definitivo.
Saludos.
: respublica 13 March, 2019, 19:57:43 +01:00
: FLAZO 13 March, 2019, 18:59:04 +01:00
A aquellos que no nos han dado destino en las provisionales ¿tiene sentido que solicitemos el concursillo ahora? o, en caso que nos den en las definitivas, entonces ¿acogernos al plazo extraordinario de mayo?
El plazo extraordinario tras la resolución final es únicamente para quienes obtengan su primer destino definitivo.
Saludos.
Lo que entiendo puede suceder en la resolución de los destinos definitivos. ¿cierto?
La Consejería publicó la siguiente nota informativa (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/comisiones-de-servicio-2019-convocatoria):
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive.
Saludos.
: respublica 13 March, 2019, 22:08:45 +01:00
La Consejería publicó la siguiente nota informativa (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/comisiones-de-servicio-2019-convocatoria):
Plazo de presentación extraordinario para el personal que obtenga su primer destino definitivo en el CGT de ámbito nacional: del 24 al 31 mayo, ambos inclusive.
Saludos.
Muy buenas, perdón por mi torpeza, llevo tiempo leyendo órdenes y comentarios del foro y aún sigo sin enterarme. Lo típico, eres interino y quieres la plaza, cuando consigues la plaza, entras en este mundillo y te encuentras de sopetón con esto.
Es mi
primera vez en esto, estoy en fase de prácticas y
me acaban de dar destino definitivo.
La cosa es que no me gusta demasiado mi destino, y quisiera o RENUNCIAR AL DESTINO o hacer CONCURSILLO para lograr algo "mejor".
a) ¿Puedo renunciar al destino que me han dado? (Me suena que no, porque es mi primera vez)
a.1) Si pudiera renunciar, ¿me darían algo por mis preferencias, por oficio o puede que ahora no me dan nada?
b) En base a la nota informativa de la CEJA:
b.1) ¿Entiendo que si quiero concursar debo esperarme a mayo?
b.2) ¿Debo decir ahora que quiero concursar y si me dicen que SÍ, tengo que concursar en mayo?
De verdad que esto es un jaleo.
Si se participa de forma obligatoria, como es el caso de quienes no tienen aún destino definitivo, no se puede renunciar.
Saludos.
: respublica 14 March, 2019, 17:32:54 +01:00
Si se participa de forma obligatoria, como es el caso de quienes no tienen aún destino definitivo, no se puede renunciar.
Saludos.
Mil gracias respublica.
¿Y debo echarlo ya el concursillo? Porque se abre un plazo hasta final de mes, ¿soy yo o me tengo que esperar a mayo?
Si oara solicitar el concursillo vas a alegar algún motivo no relacionado con tu destino definitivo, como tener hijos menores de tres años, es ahora cuando debes solicitarlo.
En cambio, si vas a alegar que tu destino definitivo está en una localidad diferente a la de tu residencia, debes esperar al destino que te dé la resolución definitiva del concurso de traslados.
Todo esto dicho con prudencia en espera de que esa interpretación sea confirmada por la Consejería a las peticiones aclaratorias de los sindicatos.
Saludos.