Hola.
He participado en el CGT para trasladarme a otra comunidad desde Andalucía y es posible que en las definitivas me den plaza.
Pero mi situación familiar ha cambiado desde noviembre y quiero quedarme en Andalucía y he solicitado Comisión de servicios.
¿Pueden adjudicarrme la comisión si me dan plaza fuera de Andalucía?
Si. Yo he tenido una compañera en esa situación.
: asteroide 16 March, 2019, 01:32:30 +01:00
Hola.
He participado en el CGT para trasladarme a otra comunidad desde Andalucía y es posible que en las definitivas me den plaza.
Pero mi situación familiar ha cambiado desde noviembre y quiero quedarme en Andalucía y he solicitado Comisión de servicios.
¿Pueden adjudicarrme la comisión si me dan plaza fuera de Andalucía?
Desconozco si tienes ya plaza aquí. En ese caso ¿no sería mejor renunciar este año y esperar al siguiente?
Yo creo que lo mejor es renunciar, como dice albay. Me suena raro eso de poder hacer uso del concursillo andaluz teniendo destino definitivo en otra comunidad autónoma, la verdad.
Desconozco si tienes ya plaza aquí. En ese caso ¿no sería mejor renunciar este año y esperar al siguiente?
En principio sí, pero mi plaza está a 400 km de donde yo tengo mi residencia. Estoy con comisión de servicio. Si renuncio al CGT, no puedo pedir comisión y tengo que ir a donde tengo mi plaza. De ahí mi pregunta.
Gracias.
A mí me parce más que evidente que la respuesta es no:
La orden que regular el procedimiento dice (Orden de 24 de mayo de 2011 (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/108/1)[1]):
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. La presente Orden será de aplicación al personal funcionario de carrera, en prácticas e interino de los cuerpos docentes a que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, perteneciente al ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación.
2. Asimismo, será de aplicación al personal funcionario de carrera de los referidos cuerpos docentes dependiente de otras Administraciones educativas al que se haya concedido una comisión de servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
O sea, puedes participar en el procedimiento:
- Si se encarga de tu gestión la Junta (punto 1).
- Si tienes una comisión intercomunitaria (punto 2).
Así que, si te dan destino fuera de Andalucía, dejas de cumplir el punto 1, y sólo puedes participar pidiendo una comisión intercomunitaria.
[1]Esa orden está modificada por otra del 18 de junio de 2016 (la que habilitó el concursillo, precisamente), pero el apartado que he citado sólo lo modifica para incluir a los aspirantes a internidad.
: rantanplan 16 March, 2019, 15:37:31 +01:00
A mí me parce más que evidente que la respuesta es no:
La orden que regular el procedimiento dice (Orden de 24 de mayo de 2011 (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/108/1)[1]):
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. La presente Orden será de aplicación al personal funcionario de carrera, en prácticas e interino de los cuerpos docentes a que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, perteneciente al ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación.
2. Asimismo, será de aplicación al personal funcionario de carrera de los referidos cuerpos docentes dependiente de otras Administraciones educativas al que se haya concedido una comisión de servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
O sea, puedes participar en el procedimiento:
- Si se encarga de tu gestión la Junta (punto 1).
- Si tienes una comisión intercomunitaria (punto 2).
Así que, si te dan destino fuera de Andalucía, dejas de cumplir el punto 1, y sólo puedes participar pidiendo una comisión intercomunitaria.
[1]Esa orden está modificada por otra del 18 de junio de 2016 (la que habilitó el concursillo, precisamente), pero el apartado que he citado sólo lo modifica para incluir a los aspirantes a internidad.
Vale, gracias. Se me complica la cosa.