ForoUSTEA de maestros/as y profesores/as que les gusta la educación

Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : rantanplan 15 April, 2019, 18:21:50 +02:00

: Maestro adscrito y 3ºESO
: rantanplan 15 April, 2019, 18:21:50 +02:00
Me han planteado la siguiente situación y no sé muy bien cuál es la respuesta:

Maestro adscrito en un IES con la diplomatura en Magisterio (no el Grado) y una licenciatura (o Grado no sé, pero importa poco) en Historia. Está dando un 3ºESO. La pregunta es, ¿eso es legal y qué párrafo de qué normativa lo habilita o lo prohíbe?

1) Me he ojeado la LOMCE-LOE-LOGSE y queda claro que esos maestros están adscritos a 1º y 2º de ESO.
2) En la LOMCE-LOE queda claro que el maestro tiene capacitación suficiente: tiene una carrera y la diplomatura de Magisteria vale como Máster en Educación.
3) ¿Es asimilable eso a que un profesor de Francés de circunstancialmente clases de Inglés por necesidades del centro? La diferencia que veo es que el maestro es de otro cuerpo diferente.
4) ¿Qué normativa es la que informa de que un profesor está capacitado para dar una asignatura si el temario formaba parte del currículo de su carrera?  Porque en los decretos de especialidades (Real Decreto 1834/2008/Real Decreto 665/2015) no lo leo.
: Re:Maestro adscrito y 3ºESO
: respublica 15 April, 2019, 18:57:09 +02:00
La cuestión de las especialidades afines, que es en realidad lo que planteas, viene recogida en el RD que regula el CGT.


Saludos.

: Re:Maestro adscrito y 3ºESO
: rantanplan 15 April, 2019, 20:41:14 +02:00
: respublica  15 April, 2019, 18:57:09 +02:00
La cuestión de las especialidades afines, que es en realidad lo que planteas, viene recogida en el RD que regula el CGT.


Saludos.

Gracias, respública, pero yo en ese RD:

https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-16551

no veo nada.
: Re:Maestro adscrito y 3ºESO
: respublica 15 April, 2019, 23:23:50 +02:00
Lo siento, me confundí.

El asunto de las afines no está en el RD que regula el CGT sino en la Instrucción que publican en cada curso y que en esta ocasión ha sido la Instrucción 7/2018, de 22 de junio, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se fijan los criterios para la determinación y reubicación del profesorado con destino definitivo en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria afectado por insuficiencia de horario para el curso académico 2018/2019 (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/instruccion-7-2018-de-22-de-junio-de-la-direccion-general-del-profesorado-y-gestion-de-recursos-humanos-por-la-que-se).

Hace unos años ya hablé de todo esto (http://www.ustealdia.org/foro/index.php/topic,94917.msg1099059.html#msg1099059).


Espero que sirva de ayuda.


Saludos.