Si soy funcionario en prácticas, sin destino definitivo y con una comisión concedida, ¿qué colectivo elijo? El 1.6, el 1.7 o el 1.8?? Es que el 1.6 se refiere a funcionarios de carrera y no lo soy, pero en la resolución no se contempla que haya funcionarios en prácticas con comisión de servicio concedida. anaid3
Yo creo que eres funcionario de carrera a partir del 1 de Septiembre de 2019.
: andjifer 24 June, 2019, 13:57:35 +02:00
Si soy funcionario en prácticas, sin destino definitivo y con una comisión concedida, ¿qué colectivo elijo? El 1.6, el 1.7 o el 1.8?? Es que el 1.6 se refiere a funcionarios de carrera y no lo soy, pero en la resolución no se contempla que haya funcionarios en prácticas con comisión de servicio concedida. anaid3
Sí has superado la fase de prácticas para el curso 19/20 no eres funcionario en prácticas.... La 1.6.
Efectivamente, funcionarios en prácticas serán solo los maestros que aprueben las opos ahora y aquellos profes que por la razón que sea aplazaron su fase de prácticas al próximo curso.
Gracias por la ayuda. Efectivamente, el 1.6 está descartado. En realidad soy 1.7 pero con comisión de servicio, y esa opción no se indica en la resolución, no? Qué follón.
: andjifer 24 June, 2019, 18:12:49 +02:00
Gracias por la ayuda. Efectivamente, el 1.6 está descartado. En realidad soy 1.7 pero con comisión de servicio, y esa opción no se indica en la resolución, no? Qué follón.
1.6.
Yo también seré funcionaria con comisión, pero he elegido la de funcionaria a secas.
: andjifer 24 June, 2019, 18:12:49 +02:00
Gracias por la ayuda. Efectivamente, el 1.6 está descartado. En realidad soy 1.7 pero con comisión de servicio, y esa opción no se indica en la resolución, no? Qué follón.
Gracias, zocter. Quería decir que está descartado el 1.8, pues ya no consto como en prácticas. Cogeré el 1.6 como dices, aunque en realidad soy 1.7, pero como tengo comisión...
Si no tienes destino definitivo y estás en provisional, ¿cómo es que tienes una comisión de servicio? Corrígeme si me equivoco pero hasta donde tengo entendido la comisión de servicio se concede para poder cambiar de centro una vez que ya tienes asignado un destino definitivo, con lo cual serías el 1.7 (Provisional)
Esto ha cambiado este año, creo, pero ni yo mismo lo tengo claro, la verdad
: Practicum 25 June, 2019, 09:07:02 +02:00
Si no tienes destino definitivo y estás en provisional, ¿cómo es que tienes una comisión de servicio? Corrígeme si me equivoco pero hasta donde tengo entendido la comisión de servicio se concede para poder cambiar de centro una vez que ya tienes asignado un destino definitivo, con lo cual serías el 1.7 (Provisional)
Mira. Este es mi caso.
https://anpeandalucia.es/notices+el+profesorado+funcionario+en+destino+provisional+podra+solicitar+comision+de+servicio+por+conciliacion-id=69155
Sin embargo, la resolución no hace mención a esto por ningún sitio y de ahí mi duda.
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
: respublica 25 June, 2019, 17:38:00 +02:00
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
A la hora de asignar puestos ¿quién va primero, un provisional sin destino definitivo con mucha antigüedad en el cuerpo o uno en prácticas sin destino pero con comisión de servicio?
: respublica 25 June, 2019, 17:38:00 +02:00
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
La duda es que la resolución no menciona a personal sin destino definitivo y con comisión de servicios. Solo habla de funcionarios de carrera con comisión (1.6) y de funcionarios en destino provisional (1.7). Entiendo que debo elegir el 1.6, pero la resolución creo que no lo deja muy claro.
: TUISTO 25 June, 2019, 18:01:02 +02:00
: respublica 25 June, 2019, 17:38:00 +02:00
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
A la hora de asignar puestos ¿quién va primero, un provisional sin destino definitivo con mucha antigüedad en el cuerpo o uno en prácticas sin destino pero con comisión de servicio?
Yo creo que el que tiene comisión de servicios va delante.
En la normativa y en la convocatoria deja claro que los beneficiarios de comisión de servicios, salvo las intercomunitarias, van por delante de provisionales y éstos del personal en prácticas, que serán quienes aprueben en estas oposiciones de 2019 o aprobados de 2018 que repitan o retrasaran las prácticas.
Saludos.
: andjifer 25 June, 2019, 18:11:34 +02:00
: respublica 25 June, 2019, 17:38:00 +02:00
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
La duda es que la resolución no menciona a personal sin destino definitivo y con comisión de servicios. Solo habla de funcionarios de carrera con comisión (1.6) y de funcionarios en destino provisional (1.7). Entiendo que debo elegir el 1.6, pero la resolución creo que no lo deja muy claro.
Los provisionales son funcionarios de carrera y si han obtenido una comisión de servicio pertenecen al colectivo:
1.6. Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio.
Sigo sin ver dónde está la duda.
Saludos.
: respublica 25 June, 2019, 18:21:35 +02:00
: andjifer 25 June, 2019, 18:11:34 +02:00
: respublica 25 June, 2019, 17:38:00 +02:00
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
La duda es que la resolución no menciona a personal sin destino definitivo y con comisión de servicios. Solo habla de funcionarios de carrera con comisión (1.6) y de funcionarios en destino provisional (1.7). Entiendo que debo elegir el 1.6, pero la resolución creo que no lo deja muy claro.
Los provisionales son funcionarios de carrera y si han obtenido una comisión de servicio pertenecen al colectivo:
1.6. Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio.
Sigo sin ver dónde está la duda.
Saludos.
Gracias por la aclaración. La duda está en que en el 1.7 se indica claramente que ahí van los que serán nombrados funcionarios de carrera en septiembre, que es mi caso. Por eso no sabía si elegir el 1.6 o el 1.7, aunque, por lógica, me hubiera decantado por el 1.6, que para eso tengo la comisión concedida :-) Gracias de nuevo.
: andjifer 25 June, 2019, 18:31:01 +02:00
: respublica 25 June, 2019, 18:21:35 +02:00
: andjifer 25 June, 2019, 18:11:34 +02:00
: respublica 25 June, 2019, 17:38:00 +02:00
Hemos comentado en varias ocasiones que, a consecuencia de una sentencia, este curso los provisionales también han podido solicitar el concursillo, aunque no por razones relacionadas con la localidad de su destino definitivo, pues carecen de él.
Así que tanto los definitivos como los provisionales pueden ser beneficiarios de una comisión de servicio por conciliación.
¿Cuál es el problema o duda?
Saludos.
La duda es que la resolución no menciona a personal sin destino definitivo y con comisión de servicios. Solo habla de funcionarios de carrera con comisión (1.6) y de funcionarios en destino provisional (1.7). Entiendo que debo elegir el 1.6, pero la resolución creo que no lo deja muy claro.
Los provisionales son funcionarios de carrera y si han obtenido una comisión de servicio pertenecen al colectivo:
1.6. Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio.
Sigo sin ver dónde está la duda.
Saludos.
Gracias por la aclaración. La duda está en que en el 1.7 se indica claramente que ahí van los que serán nombrados funcionarios de carrera en septiembre, que es mi caso. Por eso no sabía si elegir el 1.6 o el 1.7, aunque, por lógica, me hubiera decantado por el 1.6, que para eso tengo la comisión concedida :-) Gracias de nuevo.
Ya lo he dicho 3 veces... La 1.6. No liéis más!!!!
Aunque no haya salido en BOJA, habiendo superado la fase de práticas, sin tener destino definitivo para el curso próximo ni comisión concedida, nos incluiríamos en el Colectivo de PROVISIONALES, ¿cierto?
A estas horas mi neurona no da para más, perdón si después de leerlo todo sigo necesitando que alguien me apostille o de confirmación.
Gracias de antemano por vuestra paciencia
Cuidado con estos errores. Por una cosa parecida de una casilla a un compañero le desestimaron la petición y acabo de oficio en Almeria.
Hola a todos, pues yo sigo con la duda... os vuelvo a plantearla:
- Este curso he superado las prácticas, por lo tanto, soy PERSONAL FUNCIONARIO EN PRÁCTICAS. Hasta el 1 de Septiembre de 2019 no seré PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA.
- Después del concurso de traslados, no tengo destino definitivo.
- Me conceden Comisión de Servicio.
- ¿Qué apartado elijo en la solicitud del concursillo? ¿El 1.8 de PERSONAL FUNCIONARIO EN PRÁCTICAS o el 1.6 de PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA QUE HAYA OBTENIDO UNA COMISIÓN DE SERVICIO?
Lo que hay siempre que hacer es leer la normativa, y para este caso basta con la propia convocatoria, en la que se define a qué colectivo pertenece cada uno:
Octava. Personal funcionario en prácticas.
1. Ámbito personal.
Forma parte del ámbito personal de esta base el personal seleccionado en procedimientos selectivos anteriores al del presente ejercicio, autorizado a realizar la fase de prácticas en el curso académico 2019/2020, por cualquier causa, así como el personal que resulte seleccionado en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de marzo de 2019 para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
¿Queda claro quién forma parte del colectivo 1.8: personal funcionario en prácticas?
Saludos.
: respublica 26 June, 2019, 01:11:34 +02:00
Lo que hay siempre que hacer es leer la normativa, y para este caso basta con la propia convocatoria, en la que se define a qué colectivo pertenece cada uno:
Octava. Personal funcionario en prácticas.
1. Ámbito personal.
Forma parte del ámbito personal de esta base el personal seleccionado en procedimientos selectivos anteriores al del presente ejercicio, autorizado a realizar la fase de prácticas en el curso académico 2019/2020, por cualquier causa, así como el personal que resulte seleccionado en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de marzo de 2019 para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
¿Queda claro quién forma parte del colectivo 1.8: personal funcionario en prácticas?
Saludos.
Parece que no...
Cuando se accede telemáticamente, en el colectivo 1.6, no indica Personal FUNCIONARIO DE CARRERA CON COMISIÓN DE SERVICIO, indica PERSONAL CON COMISIÓN DE SERVICIO CONCEDIDA.
Insisto... ¿Qué colectivo hay que elegir?
: TUISTO 26 June, 2019, 09:32:46 +02:00
Cuando se accede telemáticamente, en el colectivo 1.6, no indica Personal FUNCIONARIO DE CARRERA CON COMISIÓN DE SERVICIO, indica PERSONAL CON COMISIÓN DE SERVICIO CONCEDIDA.
Insisto... ¿Qué colectivo hay que elegir?
Según normativa parece claro que es el 1.8, pero según la solicitud, parece claro que es el 1.6
: TUISTO 26 June, 2019, 09:40:02 +02:00
: TUISTO 26 June, 2019, 09:32:46 +02:00
Cuando se accede telemáticamente, en el colectivo 1.6, no indica Personal FUNCIONARIO DE CARRERA CON COMISIÓN DE SERVICIO, indica PERSONAL CON COMISIÓN DE SERVICIO CONCEDIDA.
Insisto... ¿Qué colectivo hay que elegir?
Según normativa parece claro que es el 1.8, pero según la solicitud, parece claro que es el 1.6
No eres del colectivo 1.8 sino del 1.6 tanto con la normativa como con la aplicación.
Pero si te empeñas tú pon el que quieras.
Saludos.
: respublica 26 June, 2019, 10:45:29 +02:00
: TUISTO 26 June, 2019, 09:40:02 +02:00
: TUISTO 26 June, 2019, 09:32:46 +02:00
Cuando se accede telemáticamente, en el colectivo 1.6, no indica Personal FUNCIONARIO DE CARRERA CON COMISIÓN DE SERVICIO, indica PERSONAL CON COMISIÓN DE SERVICIO CONCEDIDA.
Insisto... ¿Qué colectivo hay que elegir?
Según normativa parece claro que es el 1.8, pero según la solicitud, parece claro que es el 1.6
No eres del colectivo 1.8 sino del 1.6 tanto con la normativa como con la aplicación.
Pero si te empeñas tú pon el que quieras.
Saludos.
Sigue sin estar claro....
Repito el 1 de septiembre de 2019 tu serás práctico? En ese caso, 1.8.
Pero si ya has hecho tu año de prácticas, cómo vas a ponerte como personal en prácticas? Absurdo del todo.
Si has aprobado las prácticas este año (te lo habrán comunicado en tu centro), aunque aún no estemos en el boletín, eres funcionario de carrera.
Eliges funcionario en prácticas solamente si no has aprobado este año.
El 1.6 es una cuestión distinta, no importa lo que seas, lo seleccionas si has pedido comisión de servicios y te lo han aceptado.
Yo soy funcionario que ha aprobado las prácticas este año, me han dado definitivo, he echado la comisión y me la aceptaron. Voy a elegir el 1.6