Buenas,
Soy funcionario y quisiera saber si puedo darme de alta como autónomo para preparar oposiciones, ya que voy a ejercer de preparador con un grupo de opositores. La preparación la haré online. Se que los funcionarios tenemos compatibilidad para realizar actividades de preparación de oposiciones (sin pasarnos de 75 horas al año) pero he escuchado que no podemos darnos de alta como autónomos los funcionarios. ¿Es asi? Quiero hacerlo todo legal y no tener ningún problema ni con Hacienda ni con Seguridad Social. Agradezco toda la información que me proporcionéis sobre el tema :) :) :)
Muchas gracias
No puedes darte de alta como autónomo.
Debes solicitar por escrito permiso para la labor de preparador de oposiciones y en ese mismo permiso te dejan claro qué debes cumplir y cómo. Además podrás usar el contrato para librarte de los tribunales de oposición.
Y no te das de alta?
: jmcala 31 July, 2019, 08:56:42 +02:00
No puedes darte de alta como autónomo.
Debes solicitar por escrito permiso para la labor de preparador de oposiciones y en ese mismo permiso te dejan claro qué debes cumplir y cómo. Además podrás usar el contrato para librarte de los tribunales de oposición.
Es que la única forma de ser preparador de oposiciones haciéndolo legal es a través de una academia (por cuenta ajena)?? ¿No existe la posibilidad de ser preparador de oposiciones por cuenta propia (haciéndolo legal)?
Y respecto a la necesidad de solicitar el permiso, en el documento que adjunto de CCOO sobre "Cuestiones fundamentales sobre incompatibilidades" dice en la pregunta 3 lo siguiente
3. ¿Qué actividades se pueden desarrollar sin solicitar compatibilidad?Las actividades exceptuadas del régimen de incompatibilidades contempladas en el artículo 19 de la Ley 53/1984, podrán realizarse sin necesidad de autorización o reconocimiento de compatibilidad:
- Las derivadas de la administración del patrimonio personal o familiar, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de la precitada Ley.
- La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tengan carácter permanente o habitual ni supongan más de setenta y cinco horas al año, así como
la preparación para el acceso a la función pública en los casos y formas que reglamentariamente se determine.- La participación en Tribunales calificadores de pruebas selectivas para ingreso en las Administraciones
Públicas.
- La participación del personal docente en exámenes, pruebas o evaluaciones distintas de las que habitualmente les corresponda, en la forma reglamentariamente establecida.
- ....................................
De ahí deduzco que no es necesario solicitar la compatibilidad ya que se trata de una de las actividades que se incluyen ahí
¿Alguien puede aportar algo de luz sobre este tema?
Muchas gracias
En la normativa te dice que esa formación está impartida desde centros oficiales o reconocidos.
Si vas a trabajar para una academia autorizada, te harán un contrato y, si sobrepasa las horas señaladas, debes pedir el permiso. Si lo que quieres es dar clases de manera particular, lamento comunicarte que no puedes hacerlo de forma legal porque no puedes cotizar como autónomo.
www.ejercicios-fyq.com
Pues de lo que ha escrito rferper16 yo también deduzco que puede ser preparador fuera de un centro de formación. La cosas es mirar si se ha desarrollado la reglamentación a que se alude ahí.
Tendrías que pedir autorización y... NO COBRAR.
Hacienda no tiene nada que ver con la CEJA ;-)
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Dependiendo del volumen de facturación (por debajo del SMI y que no se considere actividad habitual), en algunos casos basta con darse de alta en el IAE y no es imprescindible (una especie de vacío legal) cotizar como autónomo en el RETA.
Mi consejo es que busques asesoramiento profesional y/o cualificado, por supuesto sin despreciar el alto nivel de muchos foreros.
Y si algún compañero trabaja como preparador en una academia, es posible saber si ha solicitado la compatibilidad? Supongo que estará dado de alta (o no?)pero el permiso dudo q lo haya pedido y a 5 horas por semana a lo largo del curso excede ampliamente las 75 horas que habéis comentado....