Buenos días.
Les comento mi situación: después de un año y medio con sustituciones intermitentes me han asignado mi primera vacante. Dado que no me esperaba esto tan pronto no me he informado de antemano sobre el tema, así que ahora estoy desesperado buscando información, a ver si algún alma caritativa puede echarme un cable:
1) Lo que está publicado en la consejería es una adjudicación "provisional". ¿Se sabe, aunque sea aproximadamente, cuándo saldrá la definitiva?
2) ¿Es necesario cumplimentar algún trámite por mi parte? Por ejemplo, antes del SIPRI, para las sustituciones había que ir a la delegación provincial a entregar documentos y firmar papeles. Con el SIPRI, uno adjunto los documentos necesario (p.ej.informe médico) telemáticamente. ¿Con las vacantes cómo va?
3) El curso pasado acabé mi ultima sustitución a fin de curso, y mis compañeros de allí me dicen que si me daban vacante tenía que volver allí a hacer los exámenes de septiembre. Sin embargo por otros sitios leo que sólo tienen que hacer esto los que ya estaban de vacantes el año anterior, así que estoy algo confuso al respecto.
3) En general, ¿Qué normativa regula todo el tema de las vacantes? Hay algún texto informativo donde pueda entender cómo funciona el tema?
¡Muchas gracias de antemano!
: pegnunez 02 August, 2019, 10:31:33 +02:00
Buenos días.
Les comento mi situación: después de un año y medio con sustituciones intermitentes me han asignado mi primera vacante. Dado que no me esperaba esto tan pronto no me he informado de antemano sobre el tema, así que ahora estoy desesperado buscando información, a ver si algún alma caritativa puede echarme un cable:
1) Lo que está publicado en la consejería es una adjudicación "provisional". ¿Se sabe, aunque sea aproximadamente, cuándo saldrá la definitiva?
2) ¿Es necesario cumplimentar algún trámite por mi parte? Por ejemplo, antes del SIPRI, para las sustituciones había que ir a la delegación provincial a entregar documentos y firmar papeles. Con el SIPRI, uno adjunto los documentos necesario (p.ej.informe médico) telemáticamente. ¿Con las vacantes cómo va?
3) El curso pasado acabé mi ultima sustitución a fin de curso, y mis compañeros de allí me dicen que si me daban vacante tenía que volver allí a hacer los exámenes de septiembre. Sin embargo por otros sitios leo que sólo tienen que hacer esto los que ya estaban de vacantes el año anterior, así que estoy algo confuso al respecto.
3) En general, ¿Qué normativa regula todo el tema de las vacantes? Hay algún texto informativo donde pueda entender cómo funciona el tema?
¡Muchas gracias de antemano!
Lo que te escribo solo son respuestas "provisionales", aquí hay gente que se lo sabe todo todo y ellos son los que van a sacarte las "definitivas".
1) La definitiva será en unos días, aquí se está apostando más bien por el día 7. Yo me he vuelto cabalista por una serie de cosas que no vienen a cuento y por eso mantengo mi día 5 a las 5. Estate atento al hilo "Porra colocación efectivos 2019" ahí estamos pendientes del gran día y hay uno que vende un Opel Corsa.
2) No hay que hacer nada, te vas a tu trabajo el día 2 y listo. (A ver si responde otro porque lo mismo estoy equivocado, esto es lo que yo iba a hacer al menos).
3) Esto tiene su pequeña polémica porque la normativa NO es nada clara, despacha este asunto en una frasecita que puestos a interpretar puede significar varias cosas. La opinión dominante es que si has sido sustituto y no vacantino tienes que ir al centro que se te asigne en unos días. Hay un hilo en el que te puedes ilustrar más: "Fecha incorporación al centro".
3 bis) Que yo sepa hay dos normas esenciales en esto de las bolsas de trabajo y las vacantes, aquí van: Orden de 18 de junio de 2018, por la que se regulan las bolsas de trabajo docentes y se establecen las bases aplicables al personal integrante de las mismas, y Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
Para el punto 2:
Te vas directamente al centro y allí rellenas directamente lo que te pidan y les entregas el informe médico.
No sé cómo funciona ahora pero la última vez que tuve vacante en agosto lo único que había que hacer es llevar la documentación al centro nuevo. Ellos la gestionan y la envían.
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Pues no sé de qué documentación habláis, tampoco sé qué es ese informe médico. Tenía la idea de que no había documentación que preparar, que la obligación es ir al centro que te corresponda el día 2 de septiembre para tomar posesión, pero sin papel alguno que llevar (excepto DNI, claro). Ahora, leyendo rápido las órdenes de adjudicación de destinos y de bolsas de trabajo, las resoluciones provisionales de adjudicación del año pasado y de este y la resolución definitiva del pasado no veo que pidan que se lleve ningún documento al centro, pero puede ser porque lea rápido, eso sí.
¿Qué documentos son los que indicáis que hay que llevar?
Solo debes llevar tu DNI y tu certificado médico, y tendrás que rellenar los papeles que te den allí. Simplemente eso.
: mariajob 02 August, 2019, 12:02:58 +02:00
Solo debes llevar tu DNI y tu certificado médico, y tendrás que rellenar los papeles que te den allí. Simplemente eso.
Ok, pero el certificado médico... tampoco he encontrado que haya que llevarlo.
Lo del certificado médico creo que no.
Pues yo llevo varios años encadenando vacantes y siempre me lo piden en el instituto cuando me incorporo.
Hola, sí sí, el certificado médico hay que llevarlo todos los cursos. Yo llevo 3 años en el mismo instituto y siempre me lo han pedido.
Un saludo!
Pues a mi el curso pasado no me pidieron nada. Ni certificado médico ni nada. Me dieron una serie de papeles para rellenar. Y llevaba todo, porque siempre había trabajado en otra provincia y pensaba que me los iban a pedir al cambiar de provincia.
Por lo visto depende de la delegación que te toque supongo.
A mi el año pasado me pidieron el certificado médico para YA y tuve que ir a mi médico sin cita (porque ya no quedaba hueco libre) a pedirle el favor que me dejara pasar y me diera un P10.
Porque paso de gastarme 20-30€ en un certificado médico cuando médico de cabecera me lo hace.
: Morgan 02 August, 2019, 18:19:02 +02:00
Por lo visto depende de la delegación que te toque supongo.
A mi el año pasado me pidieron el certificado médico para YA y tuve que ir a mi médico sin cita (porque ya no quedaba hueco libre) a pedirle el favor que me dejara pasar y me diera un P10.
Porque paso de gastarme 20-30€ en un certificado médico cuando médico de cabecera me lo hace.
¿Hablas de una toma de posesión de vacante obtenida en colocación de efectivos?
Yo llevé el certificado médico y el de penales.
Enviado desde mi Redmi S2 mediante Tapatalk
Tres vacantes llevo consecutivas y tres certificados médicos.
Dos veces en el mismo instituto y también. Y al ser yo de otra comunidad autónoma cuando se lo pido a mi médico me pone cara rara.
No hemos librado del de penales porque firmamos que lo puede mirar la administración.
: candidita 02 August, 2019, 17:44:39 +02:00
Hola, sí sí, el certificado médico hay que llevarlo todos los cursos. Yo llevo 3 años en el mismo instituto y siempre me lo han pedido.
Un saludo!
¿Y nadie sabe de dónde sale esta obligación a que se somete a unos sí y a otros no? Repito que ni en órdenes ni en resoluciones se alude a ningún tipo de documentación a aportar para la toma de posesión en estos casos.
Yo sólo llevaba los certificados cuando hacía sustituciones, cuando comencé con las vacantes ya nunca me lo pidieron. Habrá cambiado.
: Iridium 02 August, 2019, 20:01:33 +02:00
: candidita 02 August, 2019, 17:44:39 +02:00
Hola, sí sí, el certificado médico hay que llevarlo todos los cursos. Yo llevo 3 años en el mismo instituto y siempre me lo han pedido.
Un saludo!
¿Y nadie sabe de dónde sale esta obligación a que se somete a unos sí y a otros no? Repito que ni en órdenes ni en resoluciones se alude a ningún tipo de documentación a aportar para la toma de posesión en estos casos.
O lo mismo sí se alude y el repasillo que les he dado no ha sido suficiente.
Una vacante de estas que dan ahora en agosto. Los primeros días estuve en el centro del curso anterior, y cuando llegué al nuevo me pidieron el certificado médico.
: Iridium 02 August, 2019, 18:26:05 +02:00
: Morgan 02 August, 2019, 18:19:02 +02:00
Por lo visto depende de la delegación que te toque supongo.
A mi el año pasado me pidieron el certificado médico para YA y tuve que ir a mi médico sin cita (porque ya no quedaba hueco libre) a pedirle el favor que me dejara pasar y me diera un P10.
Porque paso de gastarme 20-30€ en un certificado médico cuando médico de cabecera me lo hace.
¿Hablas de una toma de posesión de vacante obtenida en colocación de efectivos?
Ok
: Morgan 03 August, 2019, 12:52:21 +02:00
Una vacante de estas que dan ahora en agosto. Los primeros días estuve en el centro del curso anterior, y cuando llegué al nuevo me pidieron el certificado médico.
: Iridium 02 August, 2019, 18:26:05 +02:00
: Morgan 02 August, 2019, 18:19:02 +02:00
Por lo visto depende de la delegación que te toque supongo.
A mi el año pasado me pidieron el certificado médico para YA y tuve que ir a mi médico sin cita (porque ya no quedaba hueco libre) a pedirle el favor que me dejara pasar y me diera un P10.
Porque paso de gastarme 20-30€ en un certificado médico cuando médico de cabecera me lo hace.
¿Hablas de una toma de posesión de vacante obtenida en colocación de efectivos?
Sí, a mí con vacantes informatizadas me los han pedido también. Yo de ti lo pedía y así te quitas de andar luego con las prisas.
Yo llevo ya mas de diez años de secretario y nunca he pedido certificado médico a los nuevos ni me lo han pedido de Delegación (Cádiz).
: Iridium 02 August, 2019, 11:58:17 +02:00
Pues no sé de qué documentación habláis, tampoco sé qué es ese informe médico. Tenía la idea de que no había documentación que preparar, que la obligación es ir al centro que te corresponda el día 2 de septiembre para tomar posesión, pero sin papel alguno que llevar (excepto DNI, claro). Ahora, leyendo rápido las órdenes de adjudicación de destinos y de bolsas de trabajo, las resoluciones provisionales de adjudicación del año pasado y de este y la resolución definitiva del pasado no veo que pidan que se lleve ningún documento al centro, pero puede ser porque lea rápido, eso sí.
¿Qué documentos son los que indicáis que hay que llevar?
Creo que en las FAQ del sipri dice el nombre espeífico, pero básicamente es pedirle al médico de cabecera que te redacte un documento donde se refleje que no tienes ninguna condición clínica que te impida realizar tu trabajo.
: pegnunez 05 August, 2019, 15:34:52 +02:00
: Iridium 02 August, 2019, 11:58:17 +02:00
Pues no sé de qué documentación habláis, tampoco sé qué es ese informe médico. Tenía la idea de que no había documentación que preparar, que la obligación es ir al centro que te corresponda el día 2 de septiembre para tomar posesión, pero sin papel alguno que llevar (excepto DNI, claro). Ahora, leyendo rápido las órdenes de adjudicación de destinos y de bolsas de trabajo, las resoluciones provisionales de adjudicación del año pasado y de este y la resolución definitiva del pasado no veo que pidan que se lleve ningún documento al centro, pero puede ser porque lea rápido, eso sí.
¿Qué documentos son los que indicáis que hay que llevar?
Creo que en las FAQ del sipri dice el nombre espeífico, pero básicamente es pedirle al médico de cabecera que te redacte un documento donde se refleje que no tienes ninguna condición clínica que te impida realizar tu trabajo.
El hilo no se refiere a nada de SIPRI, no es cosa de sustituciones o vacantes sobrevenidas, la duda del compañero que abre el hilo es la documentación a aportar en la toma de posesión de su vacante informatizada (la vacante que se te otorga, los que la pillen, en la colocación de efectivos de agosto).
En mis dos únicas vacantes informatizadas, una en Cádiz y otra en Sevilla, en Cádiz no me pidieron el certificado a pesar de llevarlo y en Sevilla me confié y no lo hice y me lo pidieron en jefatura. Así que creo que depende del centro o de las Delegaciones, mejor tenerlo listo por si acaso que si te toca en otra provincia es un lío pedir cita y que te lo hagan a tiempo.
Me pregunto qué utilidad tiene ese certificado médico. ¿Qué tiene el médico que demostrar? ¿Qué estás preparado para dar clases? De otro lado ¿cuáles serían las "enfermedades" o "minusvalías" que impiden la docencia?
Mi médico escribe algo así "no presenta enfermedad infecto-contagiosa que le impida...Bla Bla Bla"
Así es que supongo que hará referencia a enfermedades infecciosas graves, como la tuberculosis ... No lo sé, la verdad
: albay 05 August, 2019, 16:23:50 +02:00
Me pregunto qué utilidad tiene ese certificado médico. ¿Qué tiene el médico que demostrar? ¿Qué estás preparado para dar clases? De otro lado ¿cuáles serían las "enfermedades" o "minusvalías" que impiden la docencia?
Ese es el tema... Mi médico de cabecera me dijo hace ya 7 u 8 años que lo que nos pedían era ilegal, primero por protección de datos y segundo porque si no nos contrataban por tener alguna enfermedad, eso podía ser considerado discriminación.
: potnia 06 August, 2019, 11:01:21 +02:00
: albay 05 August, 2019, 16:23:50 +02:00
Me pregunto qué utilidad tiene ese certificado médico. ¿Qué tiene el médico que demostrar? ¿Qué estás preparado para dar clases? De otro lado ¿cuáles serían las "enfermedades" o "minusvalías" que impiden la docencia?
Ese es el tema... Mi médico de cabecera me dijo hace ya 7 u 8 años que lo que nos pedían era ilegal, primero por protección de datos y segundo porque si no nos contrataban por tener alguna enfermedad, eso podía ser considerado discriminación.
Exacto. Y además hay contradicciones. Algunas enfermedades o minusvalías son válidas para ejercer la profesión, pero de otro lado, si fueren sobrevenidas, podrían darnos baja por enfermedad por ellas. Por ejemplo, la ceguera.