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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : fcollprats 07 August, 2019, 23:33:48 +02:00

: Baja en agosto
: fcollprats 07 August, 2019, 23:33:48 +02:00
Hola compañeros. Pues eso, no sé si se ha hablado alguna vez aquí, pero la pregunta es: ¿qué pasa si estás de baja el 2 de septiembre y te han dado vacante?
: Re:Baja en agosto
: lunadeabril 07 August, 2019, 23:38:44 +02:00
Lo comunicas al centro el día 2. Y tienes derecho a disfrutar los días de vacaciones una vez te den el alta. Espero q te recuperes
: Re:Baja en agosto
: lunadeabril 07 August, 2019, 23:40:53 +02:00
: lunadeabril  07 August, 2019, 23:38:44 +02:00
Lo comunicas al centro el día 2. Y tienes derecho a disfrutar los días de vacaciones una vez te den el alta. ( Siendo funcionario, como interino no lo sé)Espero q te recuperes
: Re:Baja en agosto
: jose4791 08 August, 2019, 09:26:48 +02:00
Gracias por la respuesta pero soy interina.
: Re:Baja en agosto
: albay 08 August, 2019, 09:39:51 +02:00
El derecho a recuperar los días de agosto es para todos los trabajadores: interinos, funcionarios, personal laboral, incluso los que trabajen en empresas.
: Re:Baja en agosto
: saracha 08 August, 2019, 10:06:17 +02:00
Sabeis si hay un plazo para recuperar el mes de agosto de vacaciones?
: Re:Baja en agosto
: albay 08 August, 2019, 10:40:17 +02:00
: saracha  08 August, 2019, 10:06:17 +02:00
Sabeis si hay un plazo para recuperar el mes de agosto de vacaciones?

18 meses.
: Re:Baja en agosto
: bass 08 August, 2019, 10:54:34 +02:00
Anda! Pues no sabía que se recuperaban las vacaciones en caso de baja.
Pronto seré padre y creía que la baja por paternidad se "comía" las vacaciones.
Gracias.
: Re:Baja en agosto
: orff 08 August, 2019, 17:56:44 +02:00
Creo que los días de agosto se recuperan al finalizar la baja o permiso que tuvieras seguidamente al último día de baja o permiso,  no es así?
: Re:Baja en agosto
: albay 08 August, 2019, 18:15:20 +02:00
: orff  08 August, 2019, 17:56:44 +02:00
Creo que los días de agosto se recuperan al finalizar la baja o permiso que tuvieras seguidamente al último día de baja o permiso,  no es así?

No. Será de mutuo acuerdo con la dirección del centro.
: Re:Baja en agosto
: orff 14 August, 2019, 16:37:04 +02:00
Gracias Albay.  Puedes poner el enlace de la ley que lo regula?  Es decir donde puedo encontrarlo por escrito para demostrar que los días de agosto coincidentes con un permiso pueden disfrutarse en otro més estando de acuerdo el director del centro.
Muchas gracias
Saludos
: Re:Baja en agosto
: Andaluz 04 14 August, 2019, 17:23:31 +02:00
¿Y si la dirección no quiere?
: Re:Baja en agosto
: albay 14 August, 2019, 17:27:37 +02:00
: orff  14 August, 2019, 16:37:04 +02:00
Gracias Albay.  Puedes poner el enlace de la ley que lo regula?  Es decir donde puedo encontrarlo por escrito para demostrar que los días de agosto coincidentes con un permiso pueden disfrutarse en otro més estando de acuerdo el director del centro.
Muchas gracias
Saludos

En la Ley 3/2012, que fue la que reguló la última Reforma Laboral.
Ahí en la Disposición Final Primera, punto 4, copio:


4. El apartado 3 del artículo 38 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactado del siguiente modo:

«3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48.bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.»



Interesa el último párrafo.
: Re:Baja en agosto
: albay 14 August, 2019, 17:30:04 +02:00
: andaluz_jc  14 August, 2019, 17:23:31 +02:00
¿Y si la dirección no quiere?

Pues, si no quiere, tendrá que querer, porque es por ley. Y para todos los trabajadores, funcionarios o no.

Ahora bien, puede que te digan que te las tomes en julio, o coincidiendo con Navidad o Semana Santa, períodos que para nosotros no son de "vacaciones oficiales".

Es decir, para las vacaciones recuperables son solamente los días del mes de agosto, no los de julio. Igualmente si el director es "cabroncete" puede decir que te las cojas en julio.

Yo en 2016 recuperé un mes de vacaciones porque estuve de baja en agosto. Me tomé el mes de marzo.
: Re:Baja en agosto
: respublica 14 August, 2019, 18:01:50 +02:00
: albay  08 August, 2019, 18:15:20 +02:00
: orff  08 August, 2019, 17:56:44 +02:00
Creo que los días de agosto se recuperan al finalizar la baja o permiso que tuvieras seguidamente al último día de baja o permiso,  no es así?

No. Será de mutuo acuerdo con la dirección del centro.
Tendría que revisarlo pero yo creo que la autorización para disfrutar las vacaciones en un periodo alternativo a agosto es de la Delegación, no de dirección.

Y Delegación, salvo en caso de maternidad, lo que autoriza es al disfrute de los días de vacaciones de agosto de baja médica en días no lectivos, como Navidad, Semana Santa, Semana Blanca o en julio.


Saludos.

: Re:Baja en agosto
: orff 14 August, 2019, 18:04:28 +02:00
Gracias de nuevo Albay.
Queda claro que las vacaciones de agosto se pueden disfrutar después, siempre que no hayan transcurrido 18 meses y aunque el año natural haya acabado.
Pero lo de ponerse de acuerdo con el director del centro?
Y si pudiste cogerlo en marzo,  entonces no es obligatorio cogerlo inmediatamente seguido al final del permiso no?
Saludos!
: Re:Baja en agosto
: albay 14 August, 2019, 18:59:37 +02:00
Como dice respublica la autorización la hace la Delegación Provincial, mediando informe favorable del director del centro. Por tanto, es este quien decide aunque la última palabra es de Delegación.
Por lo que respecta a las fechas yo me tomé marzo que incluía ese año la Semana Santa entera. Otro compañero el año pasado se tomó dos períodos de quince días en abril y mayo. Por lo que sé, al menos la Delegación de Sevilla las aprueba en cualquier fecha, mediando como digo el informe del director del centro.
: Re:Baja en agosto
: potnia 14 August, 2019, 19:44:00 +02:00
: bass  08 August, 2019, 10:54:34 +02:00
Anda! Pues no sabía que se recuperaban las vacaciones en caso de baja.
Pronto seré padre y creía que la baja por paternidad se "comía" las vacaciones.
Gracias.

Los 15 primeros días del permiso de paternidad son consecutivos a la fecha de nacimiento y solo se pueden disfrutar en ese momento, así que esos sí que los "pierdes".
: Re:Baja en agosto
: suerte 14 August, 2019, 21:48:24 +02:00
: potnia  14 August, 2019, 19:44:00 +02:00
Los 15 primeros días del permiso de paternidad son consecutivos a la fecha de nacimiento y solo se pueden disfrutar en ese momento, así que esos sí que los "pierdes".

No, fue a delegación en almeria para que me aclararan el permiso de paternidad, y esos dias son los que se recuperan al final del permiso por paternidad.
: Re:Baja en agosto
: potnia 15 August, 2019, 17:02:06 +02:00
: suerte  14 August, 2019, 21:48:24 +02:00
: potnia  14 August, 2019, 19:44:00 +02:00
Los 15 primeros días del permiso de paternidad son consecutivos a la fecha de nacimiento y solo se pueden disfrutar en ese momento, así que esos sí que los "pierdes".

No, fue a delegación en almeria para que me aclararan el permiso de paternidad, y esos dias son los que se recuperan al final del permiso por paternidad.

No entiendo tu mensaje... ¿Se recuperan al final del permiso por paternidad?
: Re:Baja en agosto
: suerte 16 August, 2019, 01:50:38 +02:00
: potnia  15 August, 2019, 17:02:06 +02:00
: suerte  14 August, 2019, 21:48:24 +02:00
: potnia  14 August, 2019, 19:44:00 +02:00
Los 15 primeros días del permiso de paternidad son consecutivos a la fecha de nacimiento y solo se pueden disfrutar en ese momento, así que esos sí que los "pierdes".

No, fue a delegación en almeria para que me aclararan el permiso de paternidad, y esos dias son los que se recuperan al final del permiso por paternidad.

No entiendo tu mensaje... ¿Se recuperan al final del permiso por paternidad?

Si, si tu baja por paternidad (por maternidad me imagino que también) coincide con dias de agosto, que sí son vacaciones, esos dias se recuperan al final de la baja, que durante este año son en total 15 semanas.
: Re:Baja en agosto
: potnia 16 August, 2019, 10:56:04 +02:00
Ok. Tenía entendido que los 15 días de baja por paternidad se cogían obligatoriamente tras el nacimiento, y no se podían postponer bajo ningún concepto.
: Re:Baja en agosto
: jmcala 16 August, 2019, 11:21:30 +02:00
En Almería, albay, la delegación lleva mucho tiempo haciendo recuperar las vacaciones en navidades o semana santa.

www.ejercicios-fyq.com

: Re:Baja en agosto
: who 30 August, 2019, 14:51:24 +02:00
Hola. Una duda, mi baja de maternidad será desde mayo a septiembre. Me dan un mes más por estar en agosto de baja? Gracias
: Re:Baja en agosto
: Juanma82 30 August, 2019, 17:40:31 +02:00
: jmcala  16 August, 2019, 11:21:30 +02:00
En Almería, albay, la delegación lleva mucho tiempo haciendo recuperar las vacaciones en navidades o semana santa.

www.ejercicios-fyq.com

¿Eso ha ocurrido solo en las IT o también ha sido aplicado a los permisos?
: Re:Baja en agosto
: albay 30 August, 2019, 18:23:34 +02:00
: jmcala  16 August, 2019, 11:21:30 +02:00
En Almería, albay, la delegación lleva mucho tiempo haciendo recuperar las vacaciones en navidades o semana santa.

www.ejercicios-fyq.com

¿Las maternales también? Porque lo que habitualmente está ocurriendo es que las vacaciones de agosto no disfrutadas por coincidir con bajas maternales, se posponen y enganchan automáticamente al final de la baja maternal.
Si eso es así, ¿no se estaría cometiendo una discriminación con el resto de bajas laborales que no tienen que ver con la maternidad?
: Re:Baja en agosto
: jmcala 30 August, 2019, 21:20:29 +02:00
De las bajas maternales no te puedo decir nada, albay, pero las IT sí que las recuperan en esos periodos.

www.ejercicios-fyq.com

: Re:Baja en agosto
: albay 30 August, 2019, 22:08:09 +02:00
: jmcala  30 August, 2019, 21:20:29 +02:00
De las bajas maternales no te puedo decir nada, albay, pero las IT sí que las recuperan en esos periodos.

www.ejercicios-fyq.com

Pues no se sustenta legalmente por agravio comparativo.
: Re:Baja en agosto
: orff 02 September, 2019, 17:12:31 +02:00
Albay, sabes si una baja maternal de agosto ha de cogerse obligatoriamente tras el permiso maternal o puede ser en otra fecha?,  ya que si tuviera que ser todo seguido, coincidiría con las vacaciones de Navidad y se pierde más de la mitad del mes natural a disfrutar.
Muchas gracias
: Re:Baja en agosto
: albay 02 September, 2019, 17:43:32 +02:00
: orff  02 September, 2019, 17:12:31 +02:00
Albay, sabes si una baja maternal de agosto ha de cogerse obligatoriamente tras el permiso maternal o puede ser en otra fecha?,  ya que si tuviera que ser todo seguido, coincidiría con las vacaciones de Navidad y se pierde más de la mitad del mes natural a disfrutar.
Muchas gracias

Eso debes acordarlo con tu equipo directivo. Recuperar las vacaciones es un derecho que no te pueden negar, pero las fechas deben ser consensuadas con la dirección. Normalmente en las maternales se enganchan al finalizar el período de baja.
Pero a partir de ahora, va a ocurrir un nuevo supuesto, por las bajas paternales. Como sabéis muchas las semanas adicionales del padre deben tomarse justo al finalizar la baja de la madre. Pero no la baja+vacaciones+lactancia, sino solamente la licencia por maternidad.
Es decir, en adelante se producirá lo siguiente: Parto y licencia maternal, la madre se incorpora para que el padre se tome las semanas que no se tomó al principio (si se acogió a ese supuesto). A continuación las vacaciones de la madre no disfrutadas (y las del padre si también coincidieron las 5 semanas con el mes de agosto), y finalmente la lactancia.
Sí es un lío, pero debéis calcularlo todo bien, para que no perdáis ningún día.