Hola
Me gustaría saber si existe algún tipo de normativa que especifique el tiempo mínimo para citar al claustro para las diferentes reuniones de las tardes o bien, queda a criterio de cada centro.
Por ejemplo, ¿Es legal empezar las reuniones a las 15:00 o 15:30 sabiendo que las clases termina a las 14:45, o en cambio marca al menos una hora u hora y media después? No veo lógico que no nos dé tiempo ni a comer, que con un bocadillo se soluciona.