Buenas,
veo en el CGT que en el apartado 6.6.b se considera haber sido miembro de la comisión de evaluación de centros en la fase de prácticas.
El tema es que, el año pasado tutoricé las prácticas a mi compañero tras hacer aprobado las opos, y no tengo claro si se contempla en ese apartado, u otro, y en especial, donde podría tener el certificado para justificarlo en el concurso.
Si, es en ese apartado y creo que barema 0,3. El certificado te lo debió dar tu inspector el día que se formó la comisión, al menos eso fue lo que pasó en mi caso.
¿Es incompatible si puntúas por ser tutor?
Es incompatible. Te puntúa la tutoría porque vale más.
Pero puedes desactivar la tutoría de ese curso y poner el certificado de tutor de prácticas-
: Bosón 27 November, 2019, 16:01:33 +01:00
Es incompatible. Te puntúa la tutoría porque vale más.
Pero puedes desactivar la tutoría de ese curso y poner el certificado de tutor de prácticas-
No estoy seguro de que lo que dices sea cierto. Yo creo que van en dos apartados diferentes y que bareman ambos
: lucerino 27 November, 2019, 16:09:07 +01:00
: Bosón 27 November, 2019, 16:01:33 +01:00
Es incompatible. Te puntúa la tutoría porque vale más.
Pero puedes desactivar la tutoría de ese curso y poner el certificado de tutor de prácticas-
No estoy seguro de que lo que dices sea cierto. Yo creo que van en dos apartados diferentes y que bareman ambos
Son incompatibles.
Pues además de increíble me parece insultante, pues ten en cuenta que para ser tutor de un funcionario en prácticas lo normal es que seas el jefe de dpto (si es incompatible con el cargo de tutor también lo será con este no?)
: lucerino 27 November, 2019, 19:26:17 +01:00
Pues además de increíble me parece insultante, pues ten en cuenta que para ser tutor de un funcionario en prácticas lo normal es que seas el jefe de dpto (si es incompatible con el cargo de tutor también lo será con este no?)
También, incluso con cargo directivo.
Lo hice el año pasado y me contaron ambas
: lucerino 27 November, 2019, 19:26:17 +01:00
Pues además de increíble me parece insultante, pues ten en cuenta que para ser tutor de un funcionario en prácticas lo normal es que seas el jefe de dpto (si es incompatible con el cargo de tutor también lo será con este no?)
De acuerdo contigo. Presenté ese año ambos méritos y no me lo contaron. Reclamé e, incluso, hablé con los que estaban baremando. No hubo nada que hacer. Sólo tienen en cuenta la que tenga más puntos.
: Bosón 27 November, 2019, 23:45:59 +01:00
: lucerino 27 November, 2019, 19:26:17 +01:00
Pues además de increíble me parece insultante, pues ten en cuenta que para ser tutor de un funcionario en prácticas lo normal es que seas el jefe de dpto (si es incompatible con el cargo de tutor también lo será con este no?)
De acuerdo contigo. Presenté ese año ambos méritos y no me lo contaron. Reclamé e, incluso, hablé con los que estaban baremando. No hubo nada que hacer. Sólo tienen en cuenta la que tenga más puntos.
Pero si lo dice la propia orden del CGT, solo que hay que leerla entera:
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Cuarta. Valoración de los cargos directivos y otras funciones.
página 77
a) Por los subapartados 4.1, 4.2, 4.3, 6.4 y 6.6 solo se valorará su desempeño en el caso del personal funcionario de carrera. Cuando se haya desempeñado simultáneamente más de un cargo o función no se podrá acumular la puntuación, valorándose el que pudiera resultar mas ventajoso. A estos efectos, en el caso del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño, se tendrán en cuenta los servicios prestados en dichos cargos como personal funcionario de carrera de los correspondientes Cuerpos de Profesores, incluidos los prestados como personal funcionario de los antiguos Cuerpos de Catedráticos de Bachillerato, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Término de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.