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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : opositormat 27 January, 2020, 15:10:33 +01:00

: Entrada al trabajo tras actividad extraescolar finalizada de madrugada.
: opositormat 27 January, 2020, 15:10:33 +01:00
Buenas tardes. Quería saber si alguien me puede informar sobre si hay algún punto en la normativa que indique cuando comenzará la jornada de un profesor que en la jornada anterior finalizó su jornada laboral de madrugada por acompañar a alumnado a una actividad extraescolar.
Por ejemplo, si tras una actividad con los estudiantes se vuelve a las 4:30 de la mañana, ¿el profesor tiene la obligación de empezar a trabajar a las 8:00?
Gracias por vuestra ayuda.
: Re:Entrada al trabajo tras actividad extraescolar finalizada de madrugada.
: opositormat 27 January, 2020, 20:50:12 +01:00
¿Nadie sabría comentarme algo sobre este tema? ¿Los que estáis en equipos directivos sabéis algo? Gracias.
: Re:Entrada al trabajo tras actividad extraescolar finalizada de madrugada.
: Danielillo 27 January, 2020, 23:49:40 +01:00
Yo solo sé, como tercero, que a algún compañero le han dicho que tenía que ir a clase, aunque no recuerdo si llegaba de madrugada, a las seis o a otra hora.
Es un tanto chocante porque en los horarios (que es algo semanal, también es cierto) no se pueden empezar las clases hasta que hayan pasado doce horas de terminarlas.
Entiendo que no está recogido en ningún sitio, y que todo lo más depende de la buena voluntad de los equipos directivos el ignorar las faltas (más que justificarlas) o flexibilizar la incorporación el día siguiente al regreso.
Lamento no ser de más ayuda, a ver si aparece alguien que tenga una base más legalista.
: Re:Entrada al trabajo tras actividad extraescolar finalizada de madrugada.
: Dara 27 January, 2020, 23:53:41 +01:00
Yo creo que, al menos,debe haber 12 horas entre una jornada y la siguiente. Es decir, que si volvéis a las 4 y trabajas de mañana no deberías ir, ya que, como muy pronto, podrías empezar a trabajar  a las 16;00.
Así se hacen los horarios cuando se tiene turnos de mañana y tarde (en fp pasa mucho).
Lo que no te puedo decir es en qué normativa lo he leído pero entiendo que es algo general que afecta a todos los trabajadores.
: Re:Entrada al trabajo tras actividad extraescolar finalizada de madrugada.
: opositormat 28 January, 2020, 14:38:48 +01:00
Gracias por vuestras respuestas. Lo que me comentáis es lo que tengo entendido, lo de las 12 horas viene recogido en el Estatuto de los Trabajadores, pero no sé si en la normativa educativa hay alguna especificación al respecto.
Un saludo.
: Re:Entrada al trabajo tras actividad extraescolar finalizada de madrugada.
: Juan Antonio López 28 January, 2020, 17:01:33 +01:00
Lo de las 12 horas efectivamente viene recogido en el Estatuto de los trabajadores, pero los funcionarios no nos regimos por dicha normativa.
De todas formas el caso que comentas es una excepción y, el sentido común te indica que ese día no vas a trabajar.