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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : Tahu 16 April, 2020, 00:09:42 +02:00

: Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: Tahu 16 April, 2020, 00:09:42 +02:00
Hola a todos compañeros.

Me gustaría plantearos si es posible trabajar de legal y sin perder sueldo siendo funcionario y trabajar puntualmente como videógrafo, haciendo bodas, publicidad o documentales.

No me dedico profesionalmente al vídeo pero me gustaría poder hacerlo puntualmente, pagar mis impuestos y percibir mi compensación económica pero todo lo que me encuentro son trabas y problemas.
Entiendo que no es una actividad que pueda interferir ni en tiempo ni en forma en la docencia, por lo que no comprendo, como la única opción viable es renunciar a mi complemento de exclusividad, para lo poco que pueda ganar en la segunda actividad.

Me podéis dar luz a encontrar una salida??
Muchas gracias
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: respublica 16 April, 2020, 00:32:30 +02:00
Lo siento mucho pero es incompatible y no se puede, tenemos exclusividad y no es voluntaria por lo que tampoco hay opción a renunciar a ella.


Saludos.
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: hispalense22 16 April, 2020, 01:43:55 +02:00
y entonces los profes de academia? o los que tienen negocios?
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: respublica 16 April, 2020, 02:14:26 +02:00
: hispalense22  16 April, 2020, 01:43:55 +02:00
y entonces los profes de academia? o los que tienen negocios?

Las clases de preparación de oposiciones son una excepción al régimen de incompatibilidades, pero no era ese el caso del compañero que preguntaba.

En cualquier caso, esto ya lo hemos hablado en otras ocasiones (https://www.ustealdia.org/foro/index.php/topic,111731.msg1292462.html#msg1292462).


Saludos.
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: Tahu 16 April, 2020, 09:40:25 +02:00
: respublica  16 April, 2020, 00:32:30 +02:00
Lo siento mucho pero es incompatible y no se puede, tenemos exclusividad y no es voluntaria por lo que tampoco hay opción a renunciar a ella.


Saludos.
Que te voy a decir a ti que sólo pretendes ayudarme, que muchísimas gracias pero sólo me queda el pataleo.
Así nos va...
Eso es condenarnos a lo mismo y a lo de siempre.... resulta que quieres trabajar sin hacer daño a nadie y respetando, sin alterar, tu jornada laboral ni el tiempo que puedes emplear fuera de ella, y qué pasa que te castigan a no poder hacer nada el resto de tu vida de forma diferente haciendo las cosas bien??
Indignante.
No puedes trabajar y pagar tus impuestos religiosamente en un trabajo completamente compatible y sin afectación horaria. Pues lo de siempre, a trabajar a escondidas, a cotizar en B, a hacer trampas.
Si fuéramos un colectivo como debe ser, ya se habría cambiado esto y otras cosas hace mucho tiempo.

: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: mipropiocorreo2001 16 April, 2020, 12:17:39 +02:00
En los casos generales,  para poder compatibilizar un puesto docente con otro en el sector privado, el complemento específico no debe superar el 30 % de las retribuciones básicas.
Como subieron el complemento específico hace muchos años (15 creo recordar) ya es imposible. Y antes era a costa de que te quitaran el complemento específico.
Otra cosa son las excepciones (como la de dar clases de opos)
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: linus 16 April, 2020, 17:10:04 +02:00
Respecto a las actividades que pueden desarrollarse sin solicitar compatibilidad:

¿Se enmarcaría la programación de una aplicación informática o una web en el supuesto de "Producción Técnica"?

¿Y la publicación de un libro como "Producción Literaria o Científica"?

Muchas gracias.
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: respublica 16 April, 2020, 18:40:55 +02:00
: linus  16 April, 2020, 17:10:04 +02:00
Respecto a las actividades que pueden desarrollarse sin solicitar compatibilidad:

¿Se enmarcaría la programación de una aplicación informática o una web en el supuesto de "Producción Técnica"?

¿Y la publicación de un libro como "Producción Literaria o Científica"?

Muchas gracias.

Lo que dice la ley en ese caso es que "siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios".


Saludos.
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: linus 17 April, 2020, 08:26:18 +02:00
: respublica  16 April, 2020, 18:40:55 +02:00
: linus  16 April, 2020, 17:10:04 +02:00
Respecto a las actividades que pueden desarrollarse sin solicitar compatibilidad:

¿Se enmarcaría la programación de una aplicación informática o una web en el supuesto de "Producción Técnica"?

¿Y la publicación de un libro como "Producción Literaria o Científica"?

Muchas gracias.

Lo que dice la ley en ese caso es que "siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios".


Saludos.

Gracias por la respuesta. Hay una cosa que no entiendo. Cuando en algunos libros de texto aparece que los autores son profesores con una larga experiencia docente, ¿entonces esos profesores no pueden ser funcionarios ni dar clase de la materia objeto del libro?

Por ejemplo, un profesor de electrónica podría escribir un libro de cocina pero no un libro de electrónica, porque podría entenderse que ha tomado sus apuntes de clase y los ha publicado para obtener un beneficio. ¿Estoy en lo cierto?

Un saludo y muchas gracias.
: Re:Trabajar puntualmente como videógrafo siendo funcionario
: albertomalaga 17 April, 2020, 11:08:05 +02:00
Nadie es tan mal pensado como tú ;)


: linus  17 April, 2020, 08:26:18 +02:00
: respublica  16 April, 2020, 18:40:55 +02:00
: linus  16 April, 2020, 17:10:04 +02:00
Respecto a las actividades que pueden desarrollarse sin solicitar compatibilidad:

¿Se enmarcaría la programación de una aplicación informática o una web en el supuesto de "Producción Técnica"?

¿Y la publicación de un libro como "Producción Literaria o Científica"?

Muchas gracias.

Lo que dice la ley en ese caso es que "siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios".


Saludos.

Gracias por la respuesta. Hay una cosa que no entiendo. Cuando en algunos libros de texto aparece que los autores son profesores con una larga experiencia docente, ¿entonces esos profesores no pueden ser funcionarios ni dar clase de la materia objeto del libro?

Por ejemplo, un profesor de electrónica podría escribir un libro de cocina pero no un libro de electrónica, porque podría entenderse que ha tomado sus apuntes de clase y los ha publicado para obtener un beneficio. ¿Estoy en lo cierto?

Un saludo y muchas gracias.