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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Foro general - Enseñanza => : mandragora 04 May, 2020, 23:34:44 +02:00

: Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: mandragora 04 May, 2020, 23:34:44 +02:00
Alguien sabe cuándo hay que hacer este trámite y a quién se dirige?
: Re:Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: juan máximo 05 May, 2020, 13:42:24 +02:00
En el momento en el que empiezas a trabajar en Andalucía lo puedes solicitar.
Mediante un expone-solicita acompañado de la justificación de ese tiempo de servicio de la otra comunidad.
El problema es ahora con el estado de alarma.
De rodas formas cuando salga el tiempo de servicio actualizado a fecha 30 de junio,lo puedes reclamar,que se abre un plazo para ello.
Todo esto a día de hoy,pues parece que con la " fusión" de las órdenes para la adjudicación de destinos (Colocación y Bolsas del personal interino),los "plazos" se van a modificar.

Artículo 46. Ordenación de las bolsas de trabajo.

8. De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, el reconocimiento de los servicios prestados en cualquier Administración educativa tendrá lugar, una vez que la persona interesada, siguiendo el orden con que figure en las bolsas, haya comenzado a prestarlos en la Administración educativa andaluza. Para ello, la Dirección General competente en materia de recursos humanos establecerá un plazo durante el mes de octubre de cada año para
solicitar dicho reconocimiento. A tal efecto, el reconocimiento se hará efectivo por resolución de la Dirección General competente en materia de recursos humanos, previa solicitud de la persona interesada durante el plazo habilitado al efecto. Dicha Resolución de reconocimiento surtirá efectos en las bolsas correspondientes el 1 de septiembre del curso siguiente al de la fecha de la referida
Resolución.

Saludos. cafeara

https://ustea.es/new/wp-content/uploads/2019/12/11-10-19---borrador-sindicatos-proyecto-orden-24-18.pdf
: Re:Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: LUIS2020 06 May, 2020, 13:36:24 +02:00
En teoría es así, pero una cosa curiosa es que en el reparto de vacantes de agosto ya tienen en cuenta este tiempo de servicio que en teoría no debería tenerse en cuenta hasta el 1 de septiembre por lo que dice la normativa. De momento no consigo que nadie me explique porque se produce esto, según consulta que hice a sindicatos esto esta mal hecho, pero así se esta haciendo.

alguien puede aportar algo a este respecto?, porque este hecho hace que se los que ya estamos en las listas bajemos muchos  puestos en este reparto de vacantes con personas con las que no contábamos, que han empezado a trabajar ese curso escolar y se le tiene en cuenta el tiempo de servicio en otras comunidades en ese reparto de agosto.
: Re:Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: mandragora 06 May, 2020, 16:26:14 +02:00
: juan máximo  05 May, 2020, 13:42:24 +02:00
En el momento en el que empiezas a trabajar en Andalucía lo puedes solicitar.
Mediante un expone-solicita acompañado de la justificación de ese tiempo de servicio de la otra comunidad.
El problema es ahora con el estado de alarma.
De rodas formas cuando salga el tiempo de servicio actualizado a fecha 30 de junio,lo puedes reclamar,que se abre un plazo para ello.
Todo esto a día de hoy,pues parece que con la " fusión" de las órdenes para la adjudicación de destinos (Colocación y Bolsas del personal interino),los "plazos" se van a modificar.

Artículo 46. Ordenación de las bolsas de trabajo.

8. De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, el reconocimiento de los servicios prestados en cualquier Administración educativa tendrá lugar, una vez que la persona interesada, siguiendo el orden con que figure en las bolsas, haya comenzado a prestarlos en la Administración educativa andaluza. Para ello, la Dirección General competente en materia de recursos humanos establecerá un plazo durante el mes de octubre de cada año para
solicitar dicho reconocimiento. A tal efecto, el reconocimiento se hará efectivo por resolución de la Dirección General competente en materia de recursos humanos, previa solicitud de la persona interesada durante el plazo habilitado al efecto. Dicha Resolución de reconocimiento surtirá efectos en las bolsas correspondientes el 1 de septiembre del curso siguiente al de la fecha de la referida
Resolución.

Saludos. cafeara

https://ustea.es/new/wp-content/uploads/2019/12/11-10-19---borrador-sindicatos-proyecto-orden-24-18.pdf


Muchas gracias, compañero.
: Re:Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: mandragora 18 June, 2020, 17:27:20 +02:00
En la nueva orden, indica que el tiempo de servicio se presenta en Octubre (apartado 8, orden). ¿Esto es aplicable ahora o no nos afecta a los que lo hemos presentado este curso? Yo lo presenté telemáticamente en Mayo y en diversos grupos están diciendo que hoy es el último día para presentarlo ¿es cierto?
: Re:Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: Carmen__ 19 June, 2020, 09:30:42 +02:00
Una pregunta. Si se tiene tiempo de servicio en otros centros, con el visto bueno de inspección, se pueden alegar también a partir del 30 de junio?
: Re:Incluir tiempo de servicio de otra comunidad
: Profedecomomia 19 June, 2020, 18:01:01 +02:00
: Carmen__  19 June, 2020, 09:30:42 +02:00
Una pregunta. Si se tiene tiempo de servicio en otros centros, con el visto bueno de inspección, se pueden alegar también a partir del 30 de junio?

Si te refieres a concertados/privados, esos no computan.

Saludos