Buenas, tengo una duda respecto a la solicitud de días sin sueldo. Es una situación un poco atípica, sé que si pido el jueves y viernes me descuentan el fin de semana pero si pido dos días antes de las vacaciones de navidad (22 y 23 de diciembre 2020), según lo expuesto en el párrafo de abajo, ¿no cobraría hasta la incorporación de enero?
Muchas gracias.
- El cómputo de días que se han de contabilizar en un permiso por asuntos particula- res sin retribución será el comprendido entre el primer día en que deje de prestarse servicios y el día de la efectiva incorporación. Excepcionalmente, en el supuesto de que se solicite un solo día, el permiso se limitará a ese día.
Lo has entendido muy bien. Te descontarían los dos días que pidas más el periodo hasta que te incorpores.
Saludos.