Creo recordar que hay estipulado un periodo para solicitar las copias de exámenes puesto que un seretario de un ies me lo dijo ¿sabéis en qué normativa está eso recogido?
El plazo de reclamaciones acabó el viernes pasado ¿aún hay tiempo hábil para pedir las copias de exámenes?
Perdonad el chorrillo mensajes, no he sido claro al principio. Lo pregunto porque ahora me llega por correo corporativo una solicitud de copia de exámenes ¿no estaría fuera de plazo? Las reclamaciones acabaron el viernes.
En mi centro al menos el plazo de reclamaciones no ha terminado, dependerá de cuándo se publicaron las notas.
En todo caso, por sí solo solicitar copia de los exámenes no es una reclamación, con lo que depende más de cómo funcione cada centro concreto.
: Danielillo 29 June, 2021, 09:37:43 +02:00
En mi centro al menos el plazo de reclamaciones no ha terminado, dependerá de cuándo se publicaron las notas.
En todo caso, por sí solo solicitar copia de los exámenes no es una reclamación, con lo que depende más de cómo funcione cada centro concreto.
Por eso preguntaba si hay normativa al respecto porque no vamos a estar haciendo copias de exámenes hasta el 30 de julio porque los niños los vayan pidiendo cuando les dé la gana. En el proyecto educativo no dice nada al respecto.
Esto tiene que ver con el procedimiento administrativo general y no con las leyes educativas. Si piden documentación hay que dársela en un plazo (no se exactamente cuál es). Lo recomendable es que la petición la hagan por escrito con registro de entrada, se hace la copia y la pueden recoger en secretaría. En algunos centros les cobran las copias para que no sea esto pedir por pedir. En estos casos lo que se suele buscar no es ya reclamar, sino hacerle el trabajo al profesor particular o academia de turno, que prepara al alumno a aprobar tus exámenes.
Saludos!!
Creo que en los días de revisión es cuando se pueden pedir copias de los exámenes. El procedimiendo se hace a través de la secretaría virtual y creo que las copias se subirían al punto de recogida en Séneca. Que deban de pagar o no dependerá de como esté establecido en el centro (coste de las fotocopias en caso de que lo quieran en papel y no escaneado).
Lo curioso de pedir copia de los exámenes es que los ejercicios de clase son prácticamente calcados a los que caen en los exámenes. Pero los padres piden copias como si en los exámenes se preguntaran cosas diferentes.
También suelen pedirlos para ver los fallos. ¿Qué fallos pueden ver cuando un alumno saca un 1?. No ha estudiado, y punto.
En fin....es ganas de 'enreaaa' ;D
: pinochofueapescar 29 June, 2021, 10:43:01 +02:00
Esto tiene que ver con el procedimiento administrativo general y no con las leyes educativas. Si piden documentación hay que dársela en un plazo (no se exactamente cuál es). Lo recomendable es que la petición la hagan por escrito con registro de entrada, se hace la copia y la pueden recoger en secretaría. En algunos centros les cobran las copias para que no sea esto pedir por pedir. En estos casos lo que se suele buscar no es ya reclamar, sino hacerle el trabajo al profesor particular o academia de turno, que prepara al alumno a aprobar tus exámenes.
Saludos!!
Pues por eso precisamente, que estará regulado como procedimiento administrativo y eso es lo que quería saber si ese periodo acabó con el de reclamaciones y por tanto ahora se abre el periodo de la buena fé de lo que quiera hacer cada profesor.
: pinochofueapescar 29 June, 2021, 10:43:01 +02:00
Esto tiene que ver con el procedimiento administrativo general y no con las leyes educativas. Si piden documentación hay que dársela en un plazo (no se exactamente cuál es). Lo recomendable es que la petición la hagan por escrito con registro de entrada, se hace la copia y la pueden recoger en secretaría. En algunos centros les cobran las copias para que no sea esto pedir por pedir. En estos casos lo que se suele buscar no es ya reclamar, sino hacerle el trabajo al profesor particular o academia de turno, que prepara al alumno a aprobar tus exámenes.
Saludos!!
Entonces..... En las oposiciones....., Que TAMBIÉN es un acto administrativo....., Dan las fotocopias de lo exámenes corregidos?
Pues hasta entonces, yo lo que doy son los buenos días.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece los derechos de los interesados en los procedimientos administrativos en su artículo 53 creo, por lo que el alumnado/familias tienen derecho a solicitar copia de los documentos (exámenes). No confundir con una reclamación, porque ésta tiene un plazo y forma (48 horas después de comunicar las calificaciones, primero aclaraciones y después, por este orden, revisión primera instancia y reclamación segunda). Yo entiendo que tienen derecho a obtener copia en cualquier momento del procedimiento, es cierto, que ha terminado el curso pero no el procedimiento.
Es solo una interpretación de la ley.
Saludos
En cualquier caso, las solicitudes de copias de exámenes por escrito y especificando materia, tema, control. Nada de solicitudes genéricas ni para todos los exámenes.
igual me lo he leído muy rápido, pero no veo referencia a institutos públicos de educación secundaria en:
http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/guiatransparencia/ciudadania/files/assets/common/downloads/guiaciudadania.pdf (http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/guiatransparencia/ciudadania/files/assets/common/downloads/guiaciudadania.pdf)
o estaré sesgado....
en Castilla-La Mancha parecen tenerlo más claro:
https://educacion.fespugtclm.es/wp-content/uploads/2018/01/Instrucciones-Derecho-Padres-Copia-Examenes.pdf (https://educacion.fespugtclm.es/wp-content/uploads/2018/01/Instrucciones-Derecho-Padres-Copia-Examenes.pdf)
: bareto 29 June, 2021, 22:40:52 +02:00
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece los derechos de los interesados en los procedimientos administrativos en su artículo 53 creo, por lo que el alumnado/familias tienen derecho a solicitar copia de los documentos (exámenes). No confundir con una reclamación, porque ésta tiene un plazo y forma (48 horas después de comunicar las calificaciones, primero aclaraciones y después, por este orden, revisión primera instancia y reclamación segunda). Yo entiendo que tienen derecho a obtener copia en cualquier momento del procedimiento, es cierto, que ha terminado el curso pero no el procedimiento.
Es solo una interpretación de la ley.
Saludos
El derecho nadie lo discute, sé que es así, lo que yo pregunto es qué periodo hábil hay, cuándo termina ese procedimiento ¿o pueden pedirte copias de exámenes el 28 junio, el 2 de julio, el 15 de julio... (los centros están abiertos en julio). Eso no puede ser porque todos los procedimientos administrativos tienen que tener un periodo hábil.
El tema es francamente interesante. En mi instituto hay varios niños-familias-academias que piden un montón de exámenes, y se los dan sin ningún trámite oficial (así nos lo indica la directiva), y se está poniendo de moda, la cuestión es si cualquier cosita escrita o dibujada (o dicha o expuesta) que salga de un niño, como sirve para evaluar, está sujeta a esos derechos del administrado que nos indica la ley.
: Iridium 01 July, 2021, 21:07:01 +02:00
El tema es francamente interesante. En mi instituto hay varios niños-familias-academias que piden un montón de exámenes, y se los dan sin ningún trámite oficial (así nos lo indica la directiva), y se está poniendo de moda, la cuestión es si cualquier cosita escrita o dibujada (o dicha o expuesta) que salga de un niño, como sirve para evaluar, está sujeta a esos derechos del administrado que nos indica la ley.
espérate que no te griten "habéas corpus" si no se lo facilitas..... cafeara
: Iridium 01 July, 2021, 21:07:01 +02:00
El tema es francamente interesante. En mi instituto hay varios niños-familias-academias que piden un montón de exámenes, y se los dan sin ningún trámite oficial (así nos lo indica la directiva), y se está poniendo de moda, la cuestión es si cualquier cosita escrita o dibujada (o dicha o expuesta) que salga de un niño, como sirve para evaluar, está sujeta a esos derechos del administrado que nos indica la ley.
Es un error y una mala praxis entregar estas copias de exámenes sin ningún trámite, se debe hacer por escrito y mediante una solicitud concreta, nada en plan genérico. Después, pues como todo, hay alumn@s a los que les pueden venir bien para su aprendizaje y corregir errores y otros que buscan aprovecharse.
Saludos
: Iridium 01 July, 2021, 21:07:01 +02:00
El tema es francamente interesante. En mi instituto hay varios niños-familias-academias que piden un montón de exámenes, y se los dan sin ningún trámite oficial (así nos lo indica la directiva), y se está poniendo de moda, la cuestión es si cualquier cosita escrita o dibujada (o dicha o expuesta) que salga de un niño, como sirve para evaluar, está sujeta a esos derechos del administrado que nos indica la ley.
A mí me extraña muchísimo esa práctica de dar copias de exámenes porque sí. ¿En base a qué hay que dar esas copias?
Lo mejor es, sin duda, no hacer exámenes y hacer todas las tareas de evaluación en casa o en clase. En el primer caso, se entrega por la Moodle y en formato digital, con lo que queda guardado el tiempo que haga falta y se puede consultar sin problema alguno. En el segundo caso se evalúa en clase y se toma nota en el cuaderno de Séneca, como observación directa.
Ni una copia de nada me han pedido, oiga anaidalegria anaidalegria
: jmcala 02 July, 2021, 06:00:16 +02:00
Lo mejor es, sin duda, no hacer exámenes y hacer todas las tareas de evaluación en casa o en clase. En el primer caso, se entrega por la Moodle y en formato digital, con lo que queda guardado el tiempo que haga falta y se puede consultar sin problema alguno. En el segundo caso se evalúa en clase y se toma nota en el cuaderno de Séneca, como observación directa.
Ni una copia de nada me han pedido, oiga anaidalegria anaidalegria
Aquí está la clave. Mientras sigamos pensando que el examen es la única forma de evaluar, nos seguirán pidiendo copias de los mismos.
: albay 02 July, 2021, 08:32:19 +02:00
: jmcala 02 July, 2021, 06:00:16 +02:00
Lo mejor es, sin duda, no hacer exámenes y hacer todas las tareas de evaluación en casa o en clase. En el primer caso, se entrega por la Moodle y en formato digital, con lo que queda guardado el tiempo que haga falta y se puede consultar sin problema alguno. En el segundo caso se evalúa en clase y se toma nota en el cuaderno de Séneca, como observación directa.
Ni una copia de nada me han pedido, oiga anaidalegria anaidalegria
Aquí está la clave. Mientras sigamos pensando que el examen es la única forma de evaluar, nos seguirán pidiendo copias de los mismos.
Hay institutos donde los exámenes son el pan nuestro, fijando calendarios de 10 días de exámenes parciales, globales y finales por Directiva, como el mío de este año. Días durante los cuales está prohibido dar temario ni avanzar en nada.
Eso no puede fijarse desde directiva alguna.
La metodología, que incluye las herramientas de evaluación, son competencia exclusiva del docente. No hay nadie que pueda obligar a un docente a hacer exámenes y menos aún a imponer unas fechas LECTIVAS en las que se pretenda que la actividad lectiva de esas fechas sea una en concreto.
: jmcala 02 July, 2021, 18:46:06 +02:00
Eso no puede fijarse desde directiva alguna.
La metodología, que incluye las herramientas de evaluación, son competencia exclusiva del docente. No hay nadie que pueda obligar a un docente a hacer exámenes y menos aún a imponer unas fechas LECTIVAS en las que se pretenda que la actividad lectiva de esas fechas sea una en concreto.
Como no puedo editar me cito para añadir:
En mi caso estoy hablando de la etapa de ESO. En la etapa de Bachillerato sí que he hecho exámenes cuando la he dado porque no he encontrado la manera de evaluar sin recurrir a ellos por completo.