Un opositor que aprueba las oposiciones este año, ¿para el curso 2021/2022 podría solicitar concursillo? ¿O el primer año de prácticas es donde te toque y ya ese año se solicita concursillo para el curso siguiente (2022/2023)?
Creo que es el segundo caso, a ver si alguien te lo puede confirmar al 100%. Saludos!
Si apruebas este año, en la colocación de efectivos te ordenarán según tu situación. Sin contar con suprimidos y otras situaciones, en primer lugar funcionarios con destino definitivo que tengan comisión de servicio, funcionarios con destino provisional provisional con comisión de servicio, funcionarios con destino provisional, funcionarios en prácticas e interinos.
Efectivamente, no puedes pedir concursillo porque el plazo para hacerlo y su prórroga acabó hace meses; el curso 22/23 sí podrás. De todas formas, si apruebas con plaza en la colocación de efectivos irás delante de todos los interinos que no lo hayan hecho por mucho tiempo de experiencia que tengan; esto hace que aspires a una buena plaza (cercana al menos).
Te adjudican plaza tenuendo en cuenta los destinos y centros que pediste....y tienen en cuenta tu posicion dentro de lis aprobados...no es lo mismo quedar 100 de las 600 plaazas que el 550....
Genial, gracias por las respuestas. Espero verme en esa situación.
El concursillo solo se puede pedir si tienes destino definitivo, ya que la comision que te dan y llamamos concursillo, y por tener destino definitivo en un lugar diferente a tu domicilio habitual. Por lo q no es suficiente tener plaza para pedirlo, tienes q yener destino definitivo
Hola.
El error está en llamarlo "concursillo" sin más.
En realidad se trata de la posibilidad/modalidad de participación en la adjudicación de destinos provisionales, que se resuelve en verano.
A lo que ahora se le llama concursillo es a la participación en este proceso por comisiones de servicio "asequibles", como residir en una localidad diferente a la del centro de trabajo (en destino definitivo), para conciliar la vida laboral y familiar. Estas comisiones de servicio se solicitan durante el curso, en un plazo (en realidad en dos) muy concreto. Solo se participa siendo funcionario de carrera, y se puede solicitar para el curso siguiente siendo funcionario en fase de prácticas (Más concretamente, puede solicitarla quien pueda participar en el concurso de traslados, de modo que pueda participar también en la adjudicación de destinos provisionales)
Por tanto, como te han dicho, un "recién aprobado" participa según su situación, que salvo excepciones es como "funcionario en fase de prácticas"
Saludos
De acuerdo gracias, Entonces si mi primer destino en prácticas es en mi localidad de residencia, no puedo solicitarlo para el siguiente curso porque no cumplo el requisito de tener destino fuera de mi localidad ¿no? (La idea sería pedirlo para asegurarme que no me mandan fuera al curso siguiente)...
Las comisiones de servicio (que es como se llama realmente el concursillo) tienen varias causísticas.
Puedes consultarlas aquí:
https://educacion.ustea.org/dudas-sobre-las-comisiones-de-servicio-o-concursillo-respuestas-a-las-preguntas-mas-frecuentes/
: mipropiocorreo2001 06 July, 2021, 10:13:19 +02:00
Las comisiones de servicio (que es como se llama realmente el concursillo) tienen varias causísticas.
Puedes consultarlas aquí:
https://educacion.ustea.org/dudas-sobre-las-comisiones-de-servicio-o-concursillo-respuestas-a-las-preguntas-mas-frecuentes/
Entonces el concursillo o comisión de servicio siempre debe tener una causa justificada, no es como los interinos que simplemente entran en el proceso de reparto de destinos y no tienen que tener motivaciones para pedir uno u otro sitio, ¿no?
: Iridium 06 July, 2021, 11:00:01 +02:00
: mipropiocorreo2001 06 July, 2021, 10:13:19 +02:00
Las comisiones de servicio (que es como se llama realmente el concursillo) tienen varias causísticas.
Puedes consultarlas aquí:
https://educacion.ustea.org/dudas-sobre-las-comisiones-de-servicio-o-concursillo-respuestas-a-las-preguntas-mas-frecuentes/
Entonces el concursillo o comisión de servicio siempre debe tener una causa justificada, no es como los interinos que simplemente entran en el proceso de reparto de destinos y no tienen que tener motivaciones para pedir uno u otro sitio, ¿no?
No solo hay que cumplir y documentar unos requisitos, sino seguir unos procedimientos y plazos: en noviembre solicitar el CGT, en marzo solicitar la comisión de servicios, y en junio solicitar los destinos provisionales.
Quienes no tienen destino definitivo también pueden participar pero no por el motivo de tener un destino definitivo fuera de su municipio de residencia.
Saludos.
: respublica 06 July, 2021, 11:38:07 +02:00
: Iridium 06 July, 2021, 11:00:01 +02:00
: mipropiocorreo2001 06 July, 2021, 10:13:19 +02:00
Las comisiones de servicio (que es como se llama realmente el concursillo) tienen varias causísticas.
Puedes consultarlas aquí:
https://educacion.ustea.org/dudas-sobre-las-comisiones-de-servicio-o-concursillo-respuestas-a-las-preguntas-mas-frecuentes/
Entonces el concursillo o comisión de servicio siempre debe tener una causa justificada, no es como los interinos que simplemente entran en el proceso de reparto de destinos y no tienen que tener motivaciones para pedir uno u otro sitio, ¿no?
No solo hay que cumplir y documentar unos requisitos, sino seguir unos procedimientos y plazos: en noviembre solicitar el CGT, en marzo solicitar la comisión de servicios, y en junio solicitar los destinos provisionales.
Quienes no tienen destino definitivo también pueden participar pero no por el motivo de tener un destino definitivo fuera de su municipio de residencia.
Saludos.
Vale, gracias. Entiendo que los que no tienen destino definitivo si no poseen causa para comisión de servicio entrarían en el proceso de destinos provisionales simplemente por formar parte de ese colectivo y delante de los funcionarios en prácticas e interinos.
Sí Iridium, así es.
Saludos.