Como en la valoración de méritos que se ha publicado no se índica cuál es el órgano que emite dicha información, no sé a "quién" se debería dirigir una posible alegación.
Es cierto que la tramitación telemática no necesita que sepamos a dónde dirigir la solicitud de revisión pero si se hace como un documento pdf aparte o se presenta en un registro presencial, ¡qué menos que escribir a quién diriges tu queja!
¿Lo sabéis?
: Iridium 13 July, 2021, 16:40:27 +02:00
Como en la valoración de méritos que se ha publicado no se índica cuál es el órgano que emite dicha información, no sé a "quién" se debería dirigir una posible alegación.
Es cierto que la tramitación telemática no necesita que sepamos a dónde dirigir la solicitud de revisión pero si se hace como un documento pdf aparte o se presenta en un registro presencial, ¡qué menos que escribir a quién diriges tu queja!
¿Lo sabéis?
Me imagino que será a la comisión de baremación que aparece cuando ves tus méritos.
En la Orden de 30 de noviembre, en el apartado 8.2.2. se indica que las alegaciones estarán dirigidas a la presidencia de la comisión de baremación.
: pakilla 13 July, 2021, 17:22:52 +02:00
En la Orden de 30 de noviembre, en el apartado 8.2.2. se indica que las alegaciones estarán dirigidas a la presidencia de la comisión de baremación.
Muchas gracias, queda claro.