Hola. Si pido para el próximo curso la reducción de jornada por INTERÉS PARTICULAR al 50% y me la conceden:
A) ¿Cotizo la mitad del tiempo para la jubilación o cotizas como siempre?
B) En relación con la antigüedad como funcionario, ¿me repercute de alguna forma o no le afecta?
C) Teniendo claro la reducción del sueldo, ¿qué inconvenientes tiene en relación con no pedirla?
Gracias.
A finales del curso pasado cambiaron la Circular de Permisos y ahora la reducción de jornada por interés particular es únicamente de un 10 %, de forma proporcional a la parte lectiva y a la no lectiva y con reducción de salario del 10 %.
Saludos.
Así es, nos quitaron opciones para conciliar y organizar nuestro día a día y ni parpadeamos.
anaid4