Buenas tardes.
Soy interina de una especialidad de Secundaria que solamente tiene atribución docente en FP.
Para las próximas oposiciones (examen no eliminatorio y sin parte práctica en el escrito) había dado por hecho que tampoco tendríamos que hacer la parte de problemas en mi especialidad, dado que somos de secundaria. Sí que viene en la normativa que hay que realizar pruebas de habilidades técnicas en las especialidades de carácter práctico y pensaba que se refería a las especialidades de Profesor Técnico (que en las oposiciones van un día aparte del escrito a hacer una prueba práctica de forma individual).
Pero hablando con una compañera ella me dice que nuestra parte práctica se mantiene, al ser de Formación Profesional, que ella lo ha consultado con el sindicato y se lo han confirmado.
¿Es así? Porque realizamos problemas igual que se hace en la especialidad de matemáticas, física, tecnología..., ¿por qué nosotros sí tenemos que examinarnos de esa parte y el resto de secundaria no?
Agradecería que alguien de primera mano me lo confirmara.
Muchas gracias. Un saludo.
Lo que dice el RD 270/2022 es lo siguiente:
Ejercicio de carácter práctico. En el caso de especialidades que incluyan contenidos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas, en esta segunda parte se podrá incorporar la realización de un ejercicio de carácter práctico que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad a la que opten...
En las especialidades de formación profesional deberá realizarse el ejercicio de carácter práctico.
Las administraciones educativas determinarán las características y duración de este ejercicio.
Por tanto, si tu especialidad es de FP habrá ejercicio práctico.
Saludos.
Muchas gracias por la respuesta, @respublica.
Entonces nos tocará preparar esa parte también. Un saludo.
Vuelvo a escribir en este hilo para plantear otra duda que me surge. En las especialidades que tenemos que haber parte práctica, ¿hay que sacar un 2,5 en cada parte para que hagan media? ¿O al ser el examen no eliminatorio, se hará media con cualquier nota?
En el RD me ha parecido que no se especifica nada al respecto.
Gracias!
Hasta que no salgan todas las convocatorias o se pronuncien las CCAA no sabremos cómo será cada una de las convocatorias.
Así lo hicieron en 2010, que el texto era muy similar, quizás sea algo similar, pero habrá que esperar.
Lo que veo complicado es hacer en un mismo año la ligth y la normal si quieren que tengamos la posibilidad de presentarse a todas
A todo esto si no coinciden el lio de reordenar las diferentes bolsas
: DEJAN 16 July, 2022, 15:58:34 +02:00
Lo que veo complicado es hacer en un mismo año la ligth y la normal si quieren que tengamos la posibilidad de presentarse a todas
A todo esto si no coinciden el lio de reordenar las diferentes bolsas
Dudo mucho que podamos presentarnos a varias opciones. Seguramente lo hagan todo el mismo día y así tienes que elegir, si vía light o vía completa o entrega de méritos. Va a ser muy divertido
: respublica 21 June, 2022, 23:40:19 +02:00
Lo que dice el RD 270/2022 es lo siguiente:
Ejercicio de carácter práctico. En el caso de especialidades que incluyan contenidos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas, en esta segunda parte se podrá incorporar la realización de un ejercicio de carácter práctico que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad a la que opten...
En las especialidades de formación profesional deberá realizarse el ejercicio de carácter práctico.
Las administraciones educativas determinarán las características y duración de este ejercicio.
Por tanto, si tu especialidad es de FP habrá ejercicio práctico.
Pues yo no veo tan claro que las especialidades de Secundaria, aunque tenga atribución docente en FP, tengan que hacer obligatoriamente la parte práctica de las oposiciones, precisamente por eso, porque son especialidades de Secundaria; a mí me da la impresión que "las especialidades de formación profesional" a las que se refiere el texto del BOE van dirigidas a las del Cuerpo de PTFP.
Saludos.
Saludos.
: chesspir 17 July, 2022, 16:34:38 +02:00
: respublica 21 June, 2022, 23:40:19 +02:00
Lo que dice el RD 270/2022 es lo siguiente:
Ejercicio de carácter práctico. En el caso de especialidades que incluyan contenidos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas, en esta segunda parte se podrá incorporar la realización de un ejercicio de carácter práctico que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad a la que opten...
En las especialidades de formación profesional deberá realizarse el ejercicio de carácter práctico.
Las administraciones educativas determinarán las características y duración de este ejercicio.
Por tanto, si tu especialidad es de FP habrá ejercicio práctico.
Saludos.
Pues yo no veo tan claro que las especialidades de Secundaria, aunque tenga atribución docente en FP, tengan que hacer obligatoriamente la parte práctica de las oposiciones, precisamente por eso, porque son especialidades de Secundaria; a mí me da la impresión que "las especialidades de formación profesional" a las que se refiere el texto del BOE van dirigidas a las del Cuerpo de PTFP.
Saludos.
Pues no, porque entonces no diría "las especialidades de formación profesional", sino las especialidades del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, que además es un cuerpo a extinguir.
Y de hecho hay muchas especialidades de formación profesional en el cuerpo de profesores de educación secundaria.
Saludos.
O puede que sí. Para empezar, el cuerpo de PTFP será un cuerpo a extinguir pero a día de hoy se le sigue tratando como un cuerpo docente diferente al de Secundaria (último ejemplo, la publicación de la ordenación de bolsas). Y lo de las especialidades de FP pues es interpretable; seguro que las especialidades adscritas al cuerpo de PTFP tienen que hacer el práctico, ahí no hay tu tía porque es un cuerpo específico para FP, lo de las especialidades de Secundaria, ya veremos cómo lo interpretan las personas competentes en la organización de los procesos selectivos a los que nos estamos refiriendo.
Saludos.
: chesspir 17 July, 2022, 17:51:06 +02:00
O puede que sí.
Pues no, porque entonces no diría "las especialidades de formación profesional", sino las especialidades del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional.
Especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria correspondientes a la formación profesional específica (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-22212#aniia)
Saludos.