Buenos días,
Un familiar de primer grado de consanguinidad se opera de cataratas, es muy mayor y su pareja también, por lo que entiendo que no va a poder valerse por sí mismo los primeros días.
En la circular de permisos y licencias he visto:
"El concepto de enfermedad grave de un familiar comprende:
• Todos los procesos patológicos en que se produzca hospitalización no ambulatoria.
• Aquellos casos en que, una vez terminada la hospitalización (incluso ambulatoria) o la fase de
gravedad, la enfermedad requiera la continuación de especiales cuidados en el domicilio y se
acredite mediante informe médico"
Entiendo que puede ir incluido en el punto de "requiere especiales cuidados en el domicilio".
En cuanto a la duración:
"Duración:
En virtud del artículo 48, a) del TREBEP, citado, hay que distinguir:
• Dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se
produzca en la misma localidad de residencia de la persona con derecho al permiso, y cinco
días hábiles cuando sea en distinta localidad."
La operación y los cuidados son en la misma localidad, pero yo trabajo en otra localidad.
Entonces, qué permiso puedo solicitar ,¿ únicamente el día de la operación, 3 días o 5 días?
Alguien tiene experiencia en algo parecido?
Gracias de antemano
Si vives en la misma localidad, 3 días, si es distinta 5. Pueden ser seguidos o discontinuos.
Aquí se mira tu localidad de residencia, no la de trabajo.
Ejemplos:
-Operación y residencia de tus familiares en Sevilla capital. Tú vives en Sevilla capital pero trabajas en Utrera, 3 días.
-Operación y residencia de tus familiares en Sevilla capital. Tú vives en Dos Hermanas y trabajas en Sevilla capital o Utrera, 5 días.
: albay 09 January, 2023, 12:25:09 +01:00
Si vives en la misma localidad, 3 días, si es distinta 5. Pueden ser seguidos o discontinuos.
Aquí se mira tu localidad de residencia, no la de trabajo.
Ejemplos:
-Operación y residencia de tus familiares en Sevilla capital. Tú vives en Sevilla capital pero trabajas en Utrera, 3 días.
-Operación y residencia de tus familiares en Sevilla capital. Tú vives en Dos Hermanas y trabajas en Sevilla capital o Utrera, 5 días.
Muchas gracias por la respuesta!!
: albay 09 January, 2023, 12:25:09 +01:00
Si vives en la misma localidad, 3 días, si es distinta 5. Pueden ser seguidos o discontinuos.
Aquí se mira tu localidad de residencia, no la de trabajo.
Ejemplos:
-Operación y residencia de tus familiares en Sevilla capital. Tú vives en Sevilla capital pero trabajas en Utrera, 3 días.
-Operación y residencia de tus familiares en Sevilla capital. Tú vives en Dos Hermanas y trabajas en Sevilla capital o Utrera, 5 días.
Ese es el máximo posible, pero el permiso no puede superar lo que el informe médico acredite como días de continuación de especiales cuidados en el domicilio, en el caso en que así lo haga.
Es decir, que si el informe médico acredita cuidados especiales en el domicilio durante 48 horas, aunque el permiso máximo pueda ser de 3 días, solo corresponderían 2.
Saludos.