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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Secundaria, Fp, Especiales... => : Melbal 04 September, 2023, 01:10:47 +02:00

: Finiquito
: Melbal 04 September, 2023, 01:10:47 +02:00
Como tantos interinos, me encuentro en el paro desde el uno de septiembre, mi pregunta es si cobramos algún tipo de indemnización por despido. Gracias.
: Re:Finiquito
: derfel 04 September, 2023, 03:27:33 +02:00
Creo tener entendido que a los finalización de contrato no procede finiquito sino liquidación. Deben haber pagado la parte proporcional de vacaciones, pagas extra, etc.
Corríjanme si me equivoco.
: Re:Finiquito
: fernandete 04 September, 2023, 08:27:59 +02:00
Sí, corresponde finiquito.

El finiquito solo contempla lo que aún no se haya cobrado, que por regla general es una parte de la próxima extra de navidad (la parte correspondiente a junio, julio y agosto) y se incluye en la nómina de agosto (que se cobra a final de septiembre)

No se contempla indemnización

Saludos
: Re:Finiquito
: Melbal 05 September, 2023, 14:10:35 +02:00
¿ Entonces la indemnización de 20 días por año trabajado no nos corresponde ?. Antes de la enseñanza trabajé para empresas de trabajo temporal y creo recordar que en el finiquito se contemplaba este pago como indemnización por despido.

: Re:Finiquito
: nono26 05 September, 2023, 14:16:18 +02:00
No se trata de un despido, sino de un final de contrato. En agosto se cesa, y se suele cobrar el mes y la parte de la paga de diciembre que corresponde a julio y agosto. Con eso te liquidan tu relación contractual con la Junta.
: Re:Finiquito
: baldopo 05 September, 2023, 14:27:02 +02:00
Hablando de finiquitos y nóminas tengo una duda. Si coges una vacante de las que salen ahora en Sipri, ¿cobras como con vacante informatizada o cobras a mes vencido como en sustituciones?
: Re:Finiquito
: Abi_GH 05 September, 2023, 14:53:52 +02:00
: baldopo  05 September, 2023, 14:27:02 +02:00Hablando de finiquitos y nóminas tengo una duda. Si coges una vacante de las que salen ahora en Sipri, ¿cobras como con vacante informatizada o cobras a mes vencido como en sustituciones?
Vacantes siempre el mes en curso. Sustituciones el mes siguiente.
: Re:Finiquito
: Chazamis 06 September, 2023, 15:20:22 +02:00
: Abi_GH  05 September, 2023, 14:53:52 +02:00
: baldopo  05 September, 2023, 14:27:02 +02:00Hablando de finiquitos y nóminas tengo una duda. Si coges una vacante de las que salen ahora en Sipri, ¿cobras como con vacante informatizada o cobras a mes vencido como en sustituciones?
Vacantes siempre el mes en curso. Sustituciones el mes siguiente.
La primera nómina para vacante la cobras a mes vencido si no eres asignado a principios de mes
: Re:Finiquito
: baldopo 06 September, 2023, 15:31:05 +02:00
: Chazamis  06 September, 2023, 15:20:22 +02:00
: Abi_GH  05 September, 2023, 14:53:52 +02:00
: baldopo  05 September, 2023, 14:27:02 +02:00Hablando de finiquitos y nóminas tengo una duda. Si coges una vacante de las que salen ahora en Sipri, ¿cobras como con vacante informatizada o cobras a mes vencido como en sustituciones?
Vacantes siempre el mes en curso. Sustituciones el mes siguiente.
La primera nómina para vacante la cobras a mes vencido si no eres asignado a principios de mes

Gracias! Eso suponía.
: Re:Finiquito
: rents 06 September, 2023, 22:03:10 +02:00
: Melbal  05 September, 2023, 14:10:35 +02:00¿ Entonces la indemnización de 20 días por año trabajado no nos corresponde ?. Antes de la enseñanza trabajé para empresas de trabajo temporal y creo recordar que en el finiquito se contemplaba este pago como indemnización por despido.



Me parece interesante tu inocencia porque va a la raíz del problema: el estado tiene una norma para las empresas y otra para sí mismo. La empresa no puede tener personal temporal indefinidamente. El estado (y sus administraciones autonómicas o locales) sí. La empresa tiene que pagar si despide. El estado no porque no le llama despido sino cese.

Están cambiando muchas cosas en estos últimos años y tal vez es el momento en el que deba acabar "lo que siempre se ha hecho" con los interinos. Por supuesto, hablo de mejorar la situación de ese colectivo, en el que me encuentro, no de icetazos ni montorazos ni vilchesazos (hablo con esto de Teresa Vilches, compañera de Secundaria a la que siendo Consejera de Educación se le ocurrió que todos los interinos se ordenasen por nota de oposición cada dos años).

De todos modos, por ahora, la respuesta es la que se te ha dado. Se paga lo que se debe y adiós. Y eso es así llevando un año en esto o 20 años.
: Re:Finiquito
: scout 06 September, 2023, 23:47:01 +02:00

: Melbal  05 September, 2023, 14:10:35 +02:00¿ Entonces la indemnización de 20 días por año trabajado no nos corresponde ?. Antes de la enseñanza trabajé para empresas de trabajo temporal y creo recordar que en el finiquito se contemplaba este pago como indemnización por despido.


Diferencia entre jurisdicción social y contencioso-administrativa.

La tendencia de las directivas europeas es eliminar estas diferencias patrias e igualar derechos y deberes de "trabajadores" pero de momento asín está la cosa.
: Re:Finiquito
: Melbal 07 September, 2023, 01:57:08 +02:00
La pregunta no era inocente, como bien ha explicado el compañero, no entiendo como a nosotros nos cesan y nos manda al para hasta averigua cuando y no nos dan indemnización y a la mayoría de los trabajadores les corresponden los veinte días por año trabajado. No entiendo que diferencia entre despido y cese porque en realidad es lo mismo. Que a la administración le hacemos falta para cubrir bajas nos contrata que ya no le servimos nos despido hasta que le volvamos a servir. La situación de los interinos es mala desde hace tiempo, pero tras el proceso de desestabilización es mucho peor y debemos darnos cuenta y hacer presión o esto no va a cambiar.
: Re:Finiquito
: respublica 08 September, 2023, 18:16:23 +02:00
: rents  06 September, 2023, 22:03:10 +02:00Me parece interesante tu inocencia porque va a la raíz del problema: el estado tiene una norma para las empresas y otra para sí mismo. La empresa no puede tener personal temporal indefinidamente. El estado (y sus administraciones autonómicas o locales) sí. La empresa tiene que pagar si despide. El estado no porque no le llama despido sino cese.

No es así exactamente, sino que las administraciones públicas tienen dos categorías diferenciadas de plantilla, una es la laboral, que es como en cualquier empresa, y otra es el funcionariado, bien sea de carrera o en interinidad, y los docentes no universitarios somos funcionarios, no laborales, con alguna excepción.

Y es mejor que sea así porque tiene muchas más ventajas ser funcionario que laboral.


Saludos.
: Re:Finiquito
: Juanjo 10 September, 2023, 17:04:04 +02:00
: Melbal  05 September, 2023, 14:10:35 +02:00¿ Entonces la indemnización de 20 días por año trabajado no nos corresponde ?. Antes de la enseñanza trabajé para empresas de trabajo temporal y creo recordar que en el finiquito se contemplaba este pago como indemnización por despido.



Eso sería por despido, en los contratos temporales creo recordar que la indemnización era de ocho días por año trabajado.