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Foro de USTEA. Cuestiones de Enseñanza en Andalucía => Foro general - Enseñanza => : Profedecomomia 26 November, 2024, 18:07:25 +01:00

: Permiso particular SIN retribución
: Profedecomomia 26 November, 2024, 18:07:25 +01:00
Buenas tardes;

He solicitado el permiso a través de Seneca y la directora me lo ha denegado por motivos justificados.

Al hacer mención a la Circular del 11 de junio y que debe tramitarlo a la Delegación me responde que no lo hace, "que si ella dice que NO es que NO.

Le he explicado que ella según normativa no tiene esa potestad y que debe ser Delegación, pero nada.

Ya sé que el informe de dirección es contrario, pero quiero que me sea notificado por quien corresponde.

¿Qué haríais?

He pensado en darle registro entrada telemática a la Delegación...

Gess
: Re:Permiso particular SIN retribución
: trankas 26 November, 2024, 18:31:53 +01:00
Si es un día, creo que con una declaración jurada vale.
Si es para varios días en época de evaluaciones y tal, depende también del motivo: razones como fallecimiento de un familiar cercano, accidente grave, enfermedad grave, o cuidado de un familiar. Si es para ir para disfrutar de una feria o viaje de placer...te pondrán pegas. Y sí, el equipo directivo puede pronunciarse o, en su defecto, la Delegación.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: albay 26 November, 2024, 20:11:35 +01:00
Necesitas su visto bueno, y sin él, aunque lo tramite a Delegación no te lo van a autorizar. Además hay que pedirlo con 15 de antelación.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: Profedecomomia 26 November, 2024, 20:48:42 +01:00
: albay  26 November, 2024, 20:11:35 +01:00Necesitas su visto bueno, y sin él, aunque lo tramite a Delegación no te lo van a autorizar. Además hay que pedirlo con 15 de antelación.

Ya sé que Delegación me lo va a denegar pero quiero que sea la Delegación quien lo haga, por así lo dice la normativa, no una señora que hace lo que le da gana.

La he metido por registro con un expone/solicita, adjuntando además la denegación firmada por ella, no siendo competente para hacerlo.

Es más, acabo de solicitar otros dos días  sin retribución. Espero que esta propuesta le gusta más... angelitoara

Saludos y gracias.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: albay 26 November, 2024, 22:30:01 +01:00
¿Has respetado los 15 días de antelación?
: Re:Permiso particular SIN retribución
: Profedecomomia 26 November, 2024, 22:49:18 +01:00
La solicitud, en modelo normalizado (Anexo I), la presentará la persona interesada en su centro de servicio, con una antelación de al menos quince días para posibilitar la adopción de las necesarias medidas de organización del centro, salvo situaciones sobrevenidas e imprevistas debidamente acreditadas. El responsable del centro remitirá dicha solicitud a la Delegación Territorial correspondiente, acompañada del informe oportuno. En el supuesto de que este sea desfavorable, deberá motivarse.

A pesar de que la normativa abre la puerta a una situación sobrevenida, SI, los he respetado. Es más aunque lo solicitara con 10 días, en mi opinión no se puede negar a tramitarlo.

Día de solicitud: 26/11
Día solicitado: 18/12
: Re:Permiso particular SIN retribución
: albay 26 November, 2024, 23:55:12 +01:00
: Profedecomomia  26 November, 2024, 22:49:18 +01:00La solicitud, en modelo normalizado (Anexo I), la presentará la persona interesada en su centro de servicio, con una antelación de al menos quince días para posibilitar la adopción de las necesarias medidas de organización del centro, salvo situaciones sobrevenidas e imprevistas debidamente acreditadas. El responsable del centro remitirá dicha solicitud a la Delegación Territorial correspondiente, acompañada del informe oportuno. En el supuesto de que este sea desfavorable, deberá motivarse.

A pesar de que la normativa abre la puerta a una situación sobrevenida, SI, los he respetado. Es más aunque lo solicitara con 10 días, en mi opinión no se puede negar a tramitarlo.

Día de solicitud: 26/11
Día solicitado: 18/12


c) Duración:
Se concederá siempre que lo permitan las necesidades del servicio. A tal efecto, se entiende que las
necesidades del servicio no permitirán la autorización de esta modalidad de permiso si fuera por tiempo
de un mes o inferior a un mes y coincidiera, en todo o en parte, con las siguientes fechas:
• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores y posteriores a los períodos no lectivos de Navidad
y Semana Santa.
• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del
mes de junio.
• El mes de septiembre.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: Profedecomomia 27 November, 2024, 00:08:51 +01:00
: albay  26 November, 2024, 23:55:12 +01:00
: Profedecomomia  26 November, 2024, 22:49:18 +01:00La solicitud, en modelo normalizado (Anexo I), la presentará la persona interesada en su centro de servicio, con una antelación de al menos quince días para posibilitar la adopción de las necesarias medidas de organización del centro, salvo situaciones sobrevenidas e imprevistas debidamente acreditadas. El responsable del centro remitirá dicha solicitud a la Delegación Territorial correspondiente, acompañada del informe oportuno. En el supuesto de que este sea desfavorable, deberá motivarse.

A pesar de que la normativa abre la puerta a una situación sobrevenida, SI, los he respetado. Es más aunque lo solicitara con 10 días, en mi opinión no se puede negar a tramitarlo.

Día de solicitud: 26/11
Día solicitado: 18/12


c) Duración:
Se concederá siempre que lo permitan las necesidades del servicio. A tal efecto, se entiende que las
necesidades del servicio no permitirán la autorización de esta modalidad de permiso si fuera por tiempo
de un mes o inferior a un mes y coincidiera, en todo o en parte, con las siguientes fechas:
• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores y posteriores a los períodos no lectivos de Navidad
y Semana Santa.
• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del
mes de junio.
• El mes de septiembre.

Ya dije que estaba justificada la denegación, pero tiene que remitir la solicitud a la Delegación.

NO TIENE RECONOCIDA ESA POTESTAD.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: albay 27 November, 2024, 08:27:03 +01:00
Pues nada, comunícalo a tu inspector. Él te dirá que tienes que hacer.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: respublica 27 November, 2024, 19:47:28 +01:00
: Profedecomomia  27 November, 2024, 00:08:51 +01:00Ya dije que estaba justificada la denegación

Si reconoces que está justificada la denegación de tu solicitud, ¿para qué la pides?


Saludos.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: albay 27 November, 2024, 19:50:13 +01:00
Para dar más burocracia a un equipo directivo que estará hasta arriba de burocracia.
: Re:Permiso particular SIN retribución
: Profedecomomia 28 November, 2024, 10:25:15 +01:00
: albay  27 November, 2024, 19:50:13 +01:00Para dar más burocracia a un equipo directivo que estará hasta arriba de burocracia.

Se tarda lo mismo en dar al botón de TRAMITAR que al de DENEGAR.

La justificación se tiene que hacer en cualquiera de los dos casos.

Ya lo he hablado con la inspectora, me ha pedido que lo envíe de nuevo a la firma por Seneca, que el trámite del registro va a tardar más.

Os iré contando...
: Re:Permiso particular SIN retribución
: Estela1 30 November, 2024, 09:56:21 +01:00
: trankas  26 November, 2024, 18:31:53 +01:00Si es un día, creo que con una declaración jurada vale.
Si es para varios días en época de evaluaciones y tal, depende también del motivo: razones como fallecimiento de un familiar cercano, accidente grave, enfermedad grave, o cuidado de un familiar. Si es para ir para disfrutar de una feria o viaje de placer...te pondrán pegas. Y sí, el equipo directivo puede pronunciarse o, en su defecto, la Delegación.
Cuando pides un día sin sueldo no tienes que especificar para qué lo pides a nadie.  Otra cosa es que coincida en esas fechas en las que no se permiten y sea por un motivo de fuerza mayor como los que comentas y la directora lo justifique por ese motivo para intentar que DT te lo conceda. En todo caso, tiene que tramitarse a Delegación.