Buenas tardes:
Tengo ya concedido un permiso sin retribución de una duración considerable. Me acabo de percatar que antes del comienzo del permiso hay un puente más un fin de semana, y me han dicho varias personas que no cobraré ni el puente ni el fin de semana. ¿Alguien sabe si es así? Porque, ¿cómo no voy a cobrar unos días en los que estoy en activo? Es decir, tengo entendido que si tengo concedido el permiso, pongamos que el 2 de mayo, ¿cómo no voy a cobrar el 1 y el fin de semana anterior, si estoy en activo?
¿Qué tiene de cierto? Es la primera vez que lo solicito y no sé si es así.
Dejas de cobrar desde el primer día que hayas pedido hasta el día de la incorporación al centro.
: albay 22 January, 2025, 12:51:15 +01:00Dejas de cobrar desde el primer día que hayas pedido hasta el día de la incorporación al centro.
Muchas gracias.
Duda resuelta entonces.